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Para UGT las empresas deben regular el teletrabajo por convenio, también en verano

Para Paula Ruiz Torres, coordinadora de la UTC-UGT, que celebra este su 35 aniversario, “resulta incuestionable que nuestro sistema de relaciones laborales requería de una ley del trabajo a distancia y del teletrabajo que llenase el vacío de una regulación insuficiente”, pero a pesar de las nueva regulación, las empresas no están negociando esta modalidad

Agustín Millán
Agustín Millánhttp://pompona22.wixsite.com/agustinmillan
Foto periodista especializado en manifestaciones y actos sindicales. Desde 2011 fotografiando la crisis más dura de la historia moderna. Responsable de redes sociales de la Cumbre Social España. Fotógrafo con 5 campañas electorales entre ellas la de Manuela Carmena y la de Enrique Santiago en IU Madrid.
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Para Paula Ruiz Torres, coordinadora de la UTC-UGT “resulta incuestionable que nuestro sistema de relaciones laborales requería de una ley del trabajo a distancia y del teletrabajo que llenase el vacío de una regulación insuficiente, y ordenara esta forma de organización del trabajo”, pero a pesar de ello, las empresas no están negociando esta modalidad, lo que generará conflictividad en términos de prevención de riesgos, dotación de medios, conectividad y derecho a la desconexión

El teletrabajo en las segundas residencias

Para el responsable de Digitalización de UGT, José Varela el periodo estival está “incrementando el número de personas que teletrabajan fuera de su domicilio habitual. A pesar de las nueva regulación, las empresas no están negociando esta modalidad, lo que generará conflictividad en términos de prevención de riesgos, dotación de medios, conectividad y derecho a la desconexión.

Con la llegada del verano, “la mayoría de las empresas no están entrando a negociar acuerdos colectivos sobre Teletrabajo”, ha denunciado reiteradamente el sindicato. “La cultura presentista del empresariado español se ejemplariza así, esperando a que remita la pandemia para no abordar la negociación del trabajo a distancia en su seno”, afirma Varela.

“El teletrabajo ha venido para quedarse”, o NO

El machacón lema de “el teletrabajo ha venido para quedarse” era en realidad un pretexto que han usado la mayoría de las empresas para ganar tiempo, prevaleciendo así la obsoleta cultura de la presencialidad por defecto.

Sin embargo, la ley de trabajo a distancia garantiza que la persona trabajadora tiene los mismos derechos, tanto si está en su centro de trabajo como si teletrabaja; incluso si dicho teletrabajo se realice fuera de su domicilio habitual.

“Teletrabajar en una segunda residencia presenta particularidades que la negociación colectiva debe abordar para evitar conflictos”, ha señalado el responsable de Digitalización de UGT.

Prevención de riesgos laborales

Por ejemplo, en la aplicación de la prevención de riesgos laborales, y más específicamente, en el apartado de los accidentes de trabajo. Así, la ley subraya que un accidente laboral es todo aquel que se produce “durante el tiempo y lugar de trabajo”. Y una segunda residencia, cuando se está teletrabajando, es un lugar de trabajo a todos los efectos.

Sin embargo, muchas empresas están empezando a cuestionar esta realidad, “lo que incurrirá en una innecesaria judicialización, que se evitaría si la negociación colectiva regulara esta particularidad”, afirma Varela.

Dotación de medios

La obligación de dotar de los medios, equipos y herramientas necesarias no se desvanece en caso de teletrabajo en segunda residencia, ni deja de aplicarse la compensación de gastos que establece el artículo 12 del RD 28/2020 de trabajo a distancia.

Derecho a la desconexión

Lo mismo es aplicable al derecho a la desconexión, al registro de jornada y al horario de trabajo. Las prácticas que están desplegando muchas empresas, que permiten el teletrabajo en segundas residencias para soslayar la duración máxima de la jornada son inaceptables y directamente ilegales.

Todos los derechos citados, así como otros como el derecho a la formación, al horario flexible o a la intimidad y protección de los datos, o la obligación de formalizar un contrato de teletrabajo que contenga todas las condiciones para trabajar a distancia, son de plena aplicación tanto en el domicilio habitual como en una segunda residencia.

El responsable de digitalización de UGT reclama a las empresas “sentarse a negociar con la representación legal de las personas trabajadoras al objeto de articular el teletrabajo en toda su extensión, incluyendo la opción del trabajo a distancia fuera del domicilio habitual”.

35 años de la Unión de Técnicos y Cuadros (UTC-UGT)

Desde hace 35 años, la Unión de Técnicos y Cuadros de UGT representa a un importante número de personas trabajadoras en las empresas; en 1986, los y las profesionales, técnicos y cuadros constituían el 17% de la población activa, en 2021 alcanzan el 35% de la misma. Este grupo de personas asalariadas representan, aproximadamente, el 15% de la afiliación de UGT y UTC está implantada en todas las estructuras del sindicato. Una organización imprescindible en la lucha por la implantación del teletrabajo y por el cumplimiento por parte de las empresa de sus obligaciones.

Para Paula Ruiz Torres, coordinadora de la UTC-UGT “resulta incuestionable que nuestro sistema de relaciones laborales requería de una ley del trabajo a distancia y del teletrabajo que llenase el vacío de una regulación insuficiente, y ordenara esta forma de organización del trabajo, proporcionando a esta forma de prestación de servicios la dignidad y la seguridad jurídica que necesitaba, especialmente ante un mundo en contínuo cambio y evolución”.

La Unión de Técnicos y Cuadros de UGT

Paula Ruiz Torres, coordinadora confederal de la Unión de Técnicos y Cuadros (UTC) de UGTes consciente de la relevancia de los 35 años trayectoria de la organización, así como del papel crucial que ha desempeñado en los avances cosechados en el terreno social y laboral en los últimos años en nuestro país. “Resultado de un duro proceso de diálogo social” ha explicado, “hoy por fin tenemos una regulación extensa, transversal y equilibrada que, por un lado, rompe con la idea que el trabajo a distancia es una fórmula de conciliación en sí misma y, por otro, aporta seguridad jurídica y mayor protección a los derechos y las condiciones laborales de las personas trabajadoras a distancia”.

Los trabajadores se pagan su conexión a internet

Continuando por la dotación de medios y abono de costes, el 80% de las personas trabajadoras confirman que se paga su conexión a Internet, porcentaje que sube hasta el 91% en el caso del personal administrativo de manera que, de nuevo, las inobservancias empresariales se ceban con los más débiles y con los salarios más bajos.

Los empresarios tampoco están cumpliendo con el deber de facilitar un soporte técnico de apoyo al teletrabajo, como confirma el 28% de los preguntados (un 33,5% en el caso del personal de servicios y vendedores de comercios).

Desconexión digital

Esta huida de la ley alcanza también a dos elementos esenciales e íntimamente interrelacionados: la desconexión digital y la prolongación de jornada: un 58% confirma que tiene dificultades para desconectar del trabajo, lo que deviene en que un 63,4% trabaje más horas de las contratadas. De forma que, de nuevo, los empresarios incumplen la legislación española, al no establecer un método para el obligatorio registro de jornada a todas las personas trabajadoras, incluso con la modalidad de trabajo sea a distancia.

Los incumplimientos abarcan todos los aspectos de la relación laboral

UGT recuerda que todos y cada uno de estos elementos de la relación laboral están perfectamente desarrollados en la ley de trabajo a distancia del 22 de septiembre de 2020, así como en la ley de garantías digitales (LOPD-GDD) y el RD-Ley 8/2019, en su apartado de registro de jornada. Desde la dotación de medios y asunción de costes hasta la prevención de riesgos, pasando por la no discriminación profesional, la desconexión laboral y el registro de jornada. Todos estos elementos están tasados por ley y deben cumplirse a rajatabla. Sin embargo, las empresas se empeñan en ignorar sus obligaciones legales.

Buena prueba de ello son los datos de negociación colectiva correspondientes a 2020, puesto que, a pesar de que durante el año pasado se multiplicó por tres el volumen de teletrabajo, el número de personas trabajadoras amparadas por un convenio que regule esta modalidad descendió un 2%, con respecto a 2019. De los 16,2 millones de personas asalariadas que existen en España, solo 143.432 están bajo convenios colectivos que regulen el teletrabajo.

Desconexión digital

En cuanto a la desconexión digital, solo veinte convenios firmados en 2020 contenían cláusulas a tal efecto (un 3,8% del total frente al 2,8% del año anterior), de lo que se concluye que la regulación de la desconexión laboral por convenio colectivo ha pasado prácticamente desapercibida en 2020, en plena extensión del Teletrabajo, algo que deja muy clara la poca sensibilización del ámbito empresarial al respecto y sus inexplicables reticencias a acometer colectivamente este aspecto laboral.

UGT advierte de que no va a aquedarse de brazos cruzados mientras se incumplen las leyes de una forma tan generalizada y flagrante y que pondrá en marcha todos los mecanismos para denunciar ante la Autoridad Laboral esta forma de proceder y activará los procedimientos internos de negociación colectiva para obligar a las empresas a cumplir, por un lado, las normativas vigentes, y por otro, a sentarse a negociar en donde la ley así lo estipula.

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