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El voto por correo, decisivo en las elecciones catalanas

El miedo al contagio, el éxodo a otras comunidades que ha facilitado el teletrabajo y, los jubilados que no han retornado tras las vacaciones pueden ser la clave de los resultados del 14 de febrero

Eva Maldonado
Eva Maldonado
Redactora en Diario16, Asesora de la Presidencia de la Conferencia Eurocentroamericana.
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análisis

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El voto por correo en las elecciones del 14 de febrero en Cataluña posiblemente sea decisivo para decantar los resultados de los comicios. Por una parte el miedo a ir físicamente a votar por la Covid y, por otra, decenas de miles de ciudadanos que,  aunque figuren como residentes en la Comunidad Autónoma, por la pandemia han abandonado el territorio a sus ciudades de origen o residencias vacacionales  y solo podrán ejercer su derecho a votar de esta manera.

El teletrabajo ha facilitado el éxodo de catalanes a otras comunidades como Extremadura, Galicia, Andalucía y Castilla y León principalmente y, los ajustados resultados que arrojan las encuestas pueden poner en manos del voto por correo el resultado final.

También un número importante de jubilados, que pasaban las vacaciones en otras comunidades en segundas viviendas, no han retornado a Cataluña y no podrán votar de manera presencial el 14 de febrero.

La solicitud del voto por correo para cualquier votante que se encuentre dentro del Estado español se puede realizar hasta las 14.00 horas del viernes 5 de febrero. Para poder participar en los comicios el votante deberá dirigirse a una oficina de Correos donde rellenará un impreso. Allí se acreditará con el DNI, pasaporte o carnet de conducir. También se puede rellenar este impreso de forma telemática con certificado digital.

Una vez Correos tramita la solicitud del voto por correo, la Oficina del Censo Electoral, consultados los datos, ya admite que el solicitante votará de esa manera y no será posible votar de forma presencial. Tras esto, se enviará al solicitante, por correo certificado, un sobre que contiene el certificado de inscripción en el censo, todas las papeletas de las candidaturas que se presentan por la circunscripción del solicitante, el sobre de votación, un sobre dirigido al presidente de la mesa en la que le corresponde votar y una explicación del procedimiento a seguir. El cartero necesitará comprobar la identidad de la persona que recibe la documentación aunque, excepcionalmente, y debido al covid, no tendrá que firmar ningún acuse de recibo.

Si la persona que tiene derecho a voto ya conoce cuál es la formación política en la que quiere depositar su confianza, podrá, en el mismo momento de recibir la documentación, colocar la papeleta en el sobre de votación y entregársela al cartero junto con la documentación dirigida a la mesa,  recibirá un justificante que acredita su participación en los comicios y así evitará trasladarse a la oficina de Correos.

De lo contrario, podrá hacerlo de manera presencial, llevando el sobre de la votación y la documentación a Correos  siempre antes de las 2 de la tarde del día 12 de febrero.  

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