El Gobierno ha solicitado a la Abogacía General del Estado que interponga un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo contra la decisión adoptada por la Junta de Castilla y León que adelanta las horas de comienzo y finalización de la limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno.

Tal y como se anunció en el día de ayer, el presidente de la Junta de Castilla y León adoptó un acuerdo por el que se determinan las horas de comienzo y finalización de la limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno, de aplicación en todo el territorio de la Comunidad de Castilla y León desde las 20 horas del día 16 de enero. Dicho acuerdo fue publicado en una edición extraordinaria del “Boletín de Castilla y León” el 16 de enero.

El Gobierno de España ha considerado que la regulación contenida en este acuerdo vulnera el Real Decreto del estado de alarma que determinó expresamente en su artículo 5 como período para las limitaciones de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno el comprendido entre las 23:00 y las 6:00, posibilitando tan solo que las autoridades competentes delegadas, es decir, las comunidades autónomas, pudieran determinar en su ámbito territorial «que la hora de comienzo de la limitación prevista [.…] sea entre las 22:00 y las 00:00 horas y la hora de finalización de dicha limitación sea entre las 5:00 y las 7:00 horas».

Al fijar como hora de comienzo de la limitación las 20:00 horas, el acuerdo infringe nítidamente la regulación mencionada, sin que tal infracción pueda negarse acogiéndose a las facultades de «modulación» que tanto el artículo 10 del Real Decreto como la disposición transitoria única del mismo otorgan a las autoridades competentes delegadas, toda vez que dicha modulación comporta la posibilidad de suspender, flexibilizar o relajar las limitaciones, pero no de intensificarlas o agravarlas. Se trata, en consecuencia, de una restricción de un derecho fundamental que no está amparada por el instrumento jurídico del estado de alarma definido en el Real Decreto.

Mañueco, el caído en desgracia

Todo esto coincide con la caída en desgracia de Alfonso Fernández Mañueco, presidente de la Junta de Castilla y León. El acuerdo presidencial recurrido por el Gobierno coincide con la apertura de un expediente sancionador contra él, tal y como publicamos en Diario16, por contratar de asesor a Pedro Viñarás después de que en la sede del PP de la calle Génova lo despidiera con una indemnización de 70.000 euros.

Óscar Puente, muy crítico con el Acuerdo de Mañueco

El alcalde de Valladolid, Óscar Puente, fue muy crítico el pasado viernes con el acuerdo hoy recurrido por el Gobierno. Según el dirigente socialista, el adelanto del toque de queda «No se trasladó a los consejeros del gobierno autonómico que se celebró en el día de ayer. Ni siquiera se trató en el consejo de gobierno»:

El edil vallisoletano denunció también que «No se le comunicó al jefe de la oposición al que se convocó ayer de urgencia a Presidencia y con el que se mantuvo una reunión en la que no se dijo ni palabra de adelantar el toque de queda».

Y, finalmente, Puente denunció que «No se le ha comunicado a los alcaldes de la comunidad a los que no se nos ha dicho una sola palabra una reunión que se ha prolongado por más de dos horas. Esa reunión por videoconferencia ha sido íntegramente grabada por la propia Junta por si alguien dijese lo contrario».

2 COMENTARIOS

  1. no se trata nada mas que una guerra de poderentre el PP y el PSOE para dirimir quien realmente tiene el poder, pues tan argbitrario es poner el toque de queda a las 20 horas como a las 22 o a las 23, sobretodo si tenemos en cuenta que no creo que existan informes tecnicos que puedan decir en que horario se contagia de coronavirus la gente exactamente.

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