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Montero: «El consentimiento de la mujer debe estar en el centro de nuestra mirada»

El Consejo de Ministros da luz verde a la norma que convierte “todo acto contra la libertad sexual que no cuente con un consentimiento libre y claro” en agresión o violación

Agustín Millán
Agustín Millánhttp://pompona22.wixsite.com/agustinmillan
Foto periodista especializado en manifestaciones y actos sindicales. Desde 2011 fotografiando la crisis más dura de la historia moderna. Responsable de redes sociales de la Cumbre Social España. Fotógrafo con 5 campañas electorales entre ellas la de Manuela Carmena y la de Enrique Santiago en IU Madrid.
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análisis

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La ministra de Hacienda y portavoz del Gobierno, María Jesús Montero, ha presentado en rueda de prensa, la aprobación del anteproyecto de Ley Orgánica de la Libertad Sexual afirmando que las violencias sexuales vulneran la igualdad, la dignidad de las personas e incluso el derecho a la vida, contra los valores de nuestra Constitución. «El consentimiento de la mujer debe estar en el centro de nuestra mirada«, ha remarcado Montero, quien ha incluido en dicha ley una mención especial a la educación, que está contemplado en el texto aprobado.

El Consejo de Ministros ha aprobado el proyecto de Ley Orgánica de Garantía de la Libertad Sexual, más conocido como ley del ‘solo sí es sí’. Un triunfo del feminismo en España. Al Gobierno de coalición les ha costado 15 meses llegar a un consenso y limar sus discrepancias.

La manada

El texto definitivo convierte “todo acto contra la libertad sexual que no cuente con un consentimiento libre y claro” en agresión o violación. El proyecto de ley se aprueba la víspera del quinto aniversario del salvaje ataque de La Manada en Sanfermines, cuando cinco jóvenes sevillanos acorralaron y violaron reiteradamente a una mujer de 18 años.

La indignación por este acto de violencia machista extrema desató decenas de manifestaciones y concentraciones de condena y repulsa contra estos violadores. Por el contrario, la Audiencia Provincial de Pamplona solo vio abuso y no violación, “por no apreciar ni violencia ni intimidación, cuando se puso en marcha la actual reforma legal, con el objeto de que aquello no se volviese a repetir”.

Capítulo de delitos sexuales del Código Penal

El proyecto, que comenzará su tramitación parlamentaria en septiembre y que podría estar aprobado en los primeros meses de 2022, cambia todo el capítulo de delitos sexuales del Código Penal. La existencia o no de consentimiento por parte de la víctima es el centro de la nueva regulación.

Desaparece el abuso y todo acto no consentido será agresión sexual y toda agresión con penetración, violación. Ya no será preciso que medie violencia o intimidación para condenar por ambas categorías.

Pero la ley no se limita solo a los delitos sexuales. Se ocupa también de todas las violencias contra las mujeres por el hecho de serlo. Extiende la asistencia y protección que ya existe para las víctimas de la violencia de género a todas las víctimas de las violencias machistas y legisla contra los que se lucran con la prostitución, volviendo a convertir en delincuentes a los proxenetas y a los dueños de prostíbulos.

Principales puntos de la ley:

Sin consentimiento es agresión

El consentimiento es la clave del delito. Para acotar el margen de interpretación judicial, el Código Penal incluirá desde ahora la definición de consentimiento sexual. «Solo se entenderá que hay consentimiento cuando se haya manifestado libremente mediante actos que, en atención a las circunstancias del caso, expresen de manera clara la voluntad de la persona», aclara la nueva norma. En definitiva, si no hay consentimiento «libre» y «claro» habrá agresión sexual.

Desaparece el abuso sexual

El abuso sexual desaparece. Todo acto contra la libertad no consentido es agresión sexual, aunque no haya por medio violencia o intimidación como se exige en la actualidad.

Toda penetración no consentida es violación

Ya solo existen dos delitos contra la libertad sexual. Agresión sexual, que engloba los tocamientos y todo tipos de asaltos y atentados contra esta libertad. Y la violación, que será cualquier agresión con penetración.

Toda agresión tiene cárcel

Con la desaparición de los abusos también se evaporan las multas. Toda agresión se paga al menos con un año de cárcel. Con la nueva estructura, las penas ni bajan ni suben con respecto al código actual, pero se prevé un agravamiento progresivo tasado según la gravedad del hecho.

Delitos y agravantes

La nueva regulación establece dos delitos: la agresión sexual (con 1 a 4 años de cárcel) y la violación (de 4 a 10). A partir de ahí, incluye un catálogo de agravantes que elevan la pena en un grado (si se aprecia una) o en dos (si dan dos o más). Estos significa que una agresión sexual agravada puede llegar a los 6 años de cárcel y con doble agravación a los 7. En el caso de las violaciones, la agravada se movería en una pena de 7 a 12 años y la muy agravada, entre 9 y 15 años.

Forzar a la pareja, un agravante

Una parte de los agravantes específicos ya existen en el actual Código Penal, como la agresión grupal, el uso de armas o la violencia extrema, pero otros son nuevos, como el que el agresor sea pareja o expareja. Así, agredir a una expareja supone un mínimo de dos años más de cárcel y el violarla, al menos tres más. También agrava la pena emborrachar o drogar a la víctima.

Evitar revictimización

Se desarrollan medidas procesales de acompañamiento a las víctimas, incluyendo la posibilidad de evitar contacto visual con el presunto agresor o la declaración en salas especiales.

Acoso callejero

Es un nuevo delito. Castiga con localización, multa o trabajos comunitarios comportamientos o proposiciones sexuales hostiles, humillantes o intimidatorias. Exige denuncia y no incluye piropos que merezcan tal nombre.

Cárcel para proxenetas

Se recupera el delito de tercería locativa. Es decir, se sanciona a las personas no solo que obligan a las mujeres a prostituirse (como ahora) sino también a quienes se lucran a costa de ellas. Los dueños de prostíbulos y los chulos serán encarcelados y los locales podrán ser clausurados.

Protección de vulnerables

Se crea un delito específico para castigar la solicitud de favores sexuales por parte funcionarios que trabajan en prisiones y centros de menores o de inmigrantes.

Contra todas las violencias sexuales

Pero la ley no se limita a la agresión sexual. Es una norma integral contra toda violencia contra las mujeres por el hecho de serlo. Incluye todas las recogidas en el Convenio de Estambul. Previene, ayuda y protege a las víctimas de mutilación genital, matrimonios forzados, acoso o trata y persigue a quienes las violentan. No obstante, deja la prohibición de la gestación subrogada y de la esterilización forzada para ser reguladas en la próxima reforma de la ley del aborto que ya prepara el Gobierno.

Igualación de todas las víctimas

Implantará para las víctimas de estos delitos, haya o no denuncia, un sistema de asistencia, ayudas, acompañamiento y protección que les den una cobertura muy similar a la que ya tienen las víctimas de la violencia de género. Serán protegidas por agentes, forenses y jueces especializados, todas las violencias serán atendidas en el teléfono 016, se crean centros de crisis de 24 horas para los mayores de 16 años y casas de niños para los menores. Habrá un fondo de reparación nutrido con los decomisos a los proxenetas, y se darán ayudas a las más desfavorecidas, que, además, tendrán, por ejemplo, acceso preferente a la vivienda pública.

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