Juan Carlos

El rey Juan Carlos cometió un delito fiscal cuando ya no gozaba de la medieval inviolabilidad. Así se deduce del reconocimiento implícito que supone la presentación ante la Agencia Tributaria de una declaración para regularizar su situación fiscal en referencia al uso de tarjetas de crédito, tanto por él como por diferentes miembros de la Familia Real, con fondos opacos procedentes del empresario mexicano Allen Sanginés-Krause que están siendo investigado por la Fiscalía del Tribunal Supremo.

La cuantía del dinero utilizado por Juan Carlos I a través de estas tarjetas de crédito superaría el medio millón de euros y, en consecuencia, está por encima de los 120.000 euros que marcan el límite para la comisión de un delito fiscal. Por tanto, el rey Juan Carlos, al pedir voluntariamente la regularización, está reconociendo que cometió un delito y, como cualquier ciudadano español, tendría que afrontar las consecuencias que se indican en el artículo 305 del Código Penal:

«El que, por acción u omisión, defraude a la Hacienda Pública estatal, autonómica, foral o local, eludiendo el pago de tributos, cantidades retenidas o que se hubieran debido retener o ingresos a cuenta, obteniendo indebidamente devoluciones o disfrutando beneficios fiscales de la misma forma, siempre que la cuantía de la cuota defraudada, el importe no ingresado de las retenciones o ingresos a cuenta o de las devoluciones o beneficios fiscales indebidamente obtenidos o disfrutados exceda de ciento veinte mil euros será castigado con la pena de prisión de uno a cinco años y multa del tanto al séxtuplo de la citada cuantía, salvo que hubiere regularizado su situación tributaria en los términos del apartado 4 del presente artículo.

» La mera presentación de declaraciones o autoliquidaciones no excluye la defraudación, cuando ésta se acredite por otros hechos.

» Además de las penas señaladas, se impondrá al responsable la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y del derecho a gozar de los beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social durante el período de tres a seis años».

Sin embargo, lo que realmente pretende esta declaración por parte del rey Juan Carlos es la paralización de la acusación de delito fiscal, tal y como ya han hecho otras grandes fortunas de España, como, por ejemplo, los 2.000 millones de euros que la familia Botín mantuvo durante décadas ocultos a Hacienda en el HSBC de Suiza. Pagaron la multa y el juez Fernando Andreu archivó la causa.

El mismo artículo 305 del Código Penal señala, precisamente, a lo que se quiere agarrar el rey emérito para evitar una acusación de delito fiscal: «Se considerará regularizada la situación tributaria cuando se haya procedido por el obligado tributario al completo reconocimiento y pago de la deuda tributaria, antes de que por la Administración Tributaria se le haya notificado el inicio de actuaciones de comprobación o investigación tendentes a la determinación de las deudas tributarias objeto de la regularización o, en el caso de que tales actuaciones no se hubieran producido, antes de que el Ministerio Fiscal, el Abogado del Estado o el representante procesal de la Administración autonómica, foral o local de que se trate, interponga querella o denuncia contra aquél dirigida, o antes de que el Ministerio Fiscal o el Juez de Instrucción realicen actuaciones que le permitan tener conocimiento formal de la iniciación de diligencias.

» Asimismo, los efectos de la regularización prevista en el párrafo anterior resultarán aplicables cuando se satisfagan deudas tributarias una vez prescrito el derecho de la Administración a su determinación en vía administrativa.

» La regularización por el obligado tributario de su situación tributaria impedirá que se le persiga por las posibles irregularidades contables u otras falsedades instrumentales que, exclusivamente en relación a la deuda tributaria objeto de regularización, el mismo pudiera haber cometido con carácter previo a la regularización de su situación tributaria».

Ante este reconocimiento de haber cometido un delito fiscal, Hacienda no puede permitir que el pago de una multa y de la correspondiente tributación, más intereses, evite que el Juan Carlos de Borbón pase por el trago de verse imputado penalmente, sólo por ser el rey emérito.

El Gobierno, en general, y el Ministerio de Hacienda, en particular, estarían vulnerando los principios fundamentales que sustentan el régimen democrático y la Constitución de 1978 que, en su artículo 31, dice claramente lo siguiente: «Todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio».

Ahí está la clave: el principio de igualdad. Mientras Hacienda actúa sin piedad con contribuyentes de las clases medias y trabajadoras y con los pequeños y medianos empresarios, aplicando embargos sin posibilidad de negociación más allá de una fragmentación de los pagos, con las grandes fortunas, empresas y personalidades actúa de otra manera. Eso conculca el principio de igualdad que reconoce la Constitución en su artículo 14: «Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social».

Si la inviolabilidad del rey ya es contraria a este principio de igualdad, el hecho de que el Gobierno, a través del Ministerio de Hacienda, pueda estar negociando un acuerdo con los abogados que defienden los intereses de Juan Carlos de Borbón para evitar que la Agencia Tributaria notifique la incoación de actuaciones de comprobación o investigación tendentes a la determinación de los delitos fiscales cometidos, podría ser también catalogado como delito porque se estaría marcando el camino a seguir por los grandes defraudadores o los grandes delincuentes fiscales de España.

Es absolutamente irresponsable que, en un país en el que las grandes fortunas y empresas logran eludir el pago de sus impuestos ocultando su dinero en paraísos fiscales o países de la Unión Europea que funcionan como tal o que tienen secreto bancario, fuera la propia Agencia Tributaria la que evitara que se juzgara a un ciudadano que ha reconocido implícitamente que ha cometido un delito contra la Hacienda Pública.

La democracia española ya ha sufrido demasiados golpes por la protección de los organismos públicos, Justicia incluida, hacia determinadas familias, personas o empresas en lo referente al pago de sus impuestos o a la utilización de dinero opaco. Iniciar la operación «Salvar al ciudadano Juan Carlos» sería causa de dimisión de todo el Gobierno y la convocatoria de elecciones inmediatas porque estaría demostrando que es incapaz de gobernar protegiendo los intereses de la ciudadanía. Llegar a un acuerdo con Juan Carlos de Borbón sería un insulto para los 47 millones de personas que viven en España porque, ¿qué pasaría si un pequeño empresario estuviera utilizando tarjetas opacas? Caería sobre él todo el peso de la ley.

Finalmente, la ministra de Hacienda debería saber que la posible vulneración del derecho a la igualdad recogido en el artículo 14 de la Constitución que supondría cerrar un acuerdo con Juan Carlos de Borbón para evitarle ser acusado de un delito fiscal, también conllevaría una violación del mismo derecho contemplado en las diferentes convenciones internacionales de los derechos humanos y, en consecuencia, el Gobierno estaría expuesto a que les fueran aplicados los mecanismos internacionales de denuncia y protección establecidos para la defensa del derecho a la igualdad.

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