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La condena de “La Manada” por abuso es “insostenible”

Así de claro lo tiene la defensa de la joven que fue víctima de los abusos sexuales de los cinco jóvenes sevillanos, y que cree que la sentencia olvida que quedó probado que hubo intimidación

Jorge Martín
Jorge Martín
Graduado en periodismo y con un Máster en Locución. Creador y escritor de Rebobinando el cine. Cinéfilo y fotógrafo.
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análisis

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El recurso en el que la víctima de La Manada pide que se eleve la pena de nueve años de prisión impuesta a los cinco sevillanos asegura que la condena impuesta sólo por abuso es “insostenible”. Así de tajantes se han mostrado los abogados de la víctima, que creen que se está obviando en la sentencia que queda probado que existió intimidación, y por tanto un delito de agresión sexual, no de abuso.

Aseguran los abogados de la joven víctima que en la sentencia la “intimidación” que caracteriza el delito de agresión sexual “no tiene que ser necesariamente intimidación explícita”, dice el recurso antes de enunciar afirmaciones de los jueces en la sentencia que apoyarían la existencia “de un contexto claramente intimidatorio”.

Irónicamente la propia sentencia incluye constantemente fragmentos que prueban y demuestran que hubo un “contexto claramente intimidatorio” en todo momento, y el recurso de la joven destaca: […]en el lugar recóndito y angosto descrito, con una sola salida, rodeada por cinco varones, de edades muy superiores y fuerte complexión[…]; […]la denunciante en estos dos últimos vídeos está agazapada, acorralada contra la pared[…]; […]después de la encerrona que habían tendido[…]; […]escenario de opresión configurado por los procesados[…].

Unas contradicciones que existen entre el texto de la sentencia y la propia condena emitida por los jueces, y del que la defensa de la víctima aclara que “nos parece un error enorme, dicho sea con los debidos respetos y en términos de defensa, que, con semejantes pronunciamientos de la sentencia, ésta haya concluido que nos encontramos ante una situación de prevalimiento”.

Y otro error de la sentencia que ha tenido que ser recogido en el recurso de la joven: el texto emitido por los jueces entiende que la joven recibió tratamiento psicológico en septiembre de 2017, lo cual sería un año después de la agresión; los hechos son que la joven empezó a recibir ayuda profesional en septiembre de 2016, tan sólo dos meses después de la agresión. En un informe incluido en el recurso, los profesionales que atienden a la joven, quienes no declararon en el juicio oral, aseguran que presenta la sintomatología propia de las víctimas de violencia sexual.

El recurso de la acusación particular coincide con las peticiones de la Fiscalía, que también solicita agresión sexual, delito contra la intimidad y robo con intimidación. Los abogados de la chica pidieron en total 24 años y nueve meses de cárcel.

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