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El fiscal también pidió que la Audiencia Nacional investigara el ático de González pero se rechazó

La Audiencia Provincial de Málaga enmienda la plana a la jueza de Estepona, que instruye el caso y que quiso enviar el asunto a Madrid, al asegurar que solo tiene conocimiento del sumario Lezo por “informaciones periodísticas”

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análisis

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El fiscal del caso Ático, al igual que la jueza de instrucción que lleva el asunto, también solicitó que el juzgado de Estepona se inhibiera de las investigaciones por la compra del chalé de lujo de Ignacio González y que pasara todas las diligencias al Juzgado Central Número 6 de la Audiencia Nacional, que instruye el sumario Lezo por supuestas mordidas en la gestión del Canal Isabel II. Sin embargo, pese a que el fiscal era partidario de la acumulación de ambos procedimientos en uno solo para tratar de averiguar si la compra del dúplex está relacionado con la trama Lezo, la Audiencia Provincial de Málaga ha estimado que no procede tal acumulación, por lo que será la Justicia andaluza, tal como reclamaban los abogados del ex presidente de la Comunidad de Madrid, la que siga investigando el asunto.

Fuentes judiciales interpretan la decisión de la Audiencia Provincial como una primera batalla judicial ganada por Ignacio González, cuyos abogados pretenden evitar a toda costa que el expediente sobre el famoso ático llegue a la Audiencia Nacional y entre con toda su poderosa maquinaria legal. Los letrados del ex político madrileño consideran, sin duda, que es mejor para los intereses del expresidente que el caso de su chalé de lujo quede confinado en la Justicia andaluza. Y de momento ya lo han conseguido.

El fiscal mantenía la misma tesis de la acumulación que Isabel Conejo, titular del Juzgado de Instrucción Número 5 de Estepona, que investiga las circunstancias que rodearon la supuesta compra del ático de lujo de Ignacio González. Según se desprende del auto de la Audiencia Provincial de Málaga que rechaza la inhibición de la jueza instructora, “el fiscal, tras hacer un recorrido por los avatares del procedimiento, resalta como indicios de la existencia de un posible delito el valor del ático inferior al precio pagado, el hecho de que solo el matrimonio González se interesara por la vivienda o el testimonio de los comisarios de Policía que destacan el interés de este de que nadie tuviera conocimiento de su adquisición”. El ministerio público venía sosteniendo que “al seguirse en el Juzgado Central de Instrucción Número 6 de la Audiencia Nacional un procedimiento por los delitos de malversación y cohecho pasivo contra Ignacio González, cometidos entre los años 2003 y 2012, queda dentro de este periodo la adquisición de la vivienda objeto de autos, que lo fue en el 2008”, por lo que entendía que debía procederse a la “inhibición de estas diligencias para su acumulación a las de cohecho y malversación del Juzgado Central 6 de la Audiencia Nacional”.

La tesis del fiscal tampoco ha prosperado. Según la Audiencia Provincial de Málaga, la instructora Isabel Conejo pretende la inhibición del caso Ático para que se acumule a las diligencias que se siguen en el Juzgado Central de Instrucción de Madrid, pero “no se concreta en las peticiones hechas por las acusaciones las alusiones a la dificultad de conocer quién se encontraba tras la sociedad interpuesta que vendió el inmueble a Ignacio González y a su esposa”. Los magistrados del tribunal malagueño aseguran que tanto la jueza como la acusación “parece” que solicitan la inhibición a la espera de que “las pruebas que se vayan descubriendo en el procedimiento que se sigue en la Audiencia Nacional por el caso Lezo” puedan esclarecer las circunstancias que rodearon la compra del ático de González. No obstante, para la Audiencia Provincial el Juzgado Central de Madrid ya ha dicho que en el caso Lezo no se investiga la compra del ático, es decir, asegura que los hechos que se investigan en Estepona “nada tienen que ver con sus diligencias, y es claro que por ello no ha respondido a la invitación realizada” por Isabel Conejo para que se produjera la acumulación.

Además, la Audiencia Provincial de Málaga enmienda la plana a Isabel Conejo al constatar que tampoco el juzgado de Estepona conoce cuál es el objeto de las diligencias que se siguen en el Juzgado Central, ya que son secretas, y el conocimiento que tiene la jueza acerca de la instrucción del caso Lezo “deriva única y exclusivamente de informaciones periodísticas”.

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