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Un trozo de madera de pino es más valioso que una mujer

Sobre el joven juzgado y multado en Jaén por realizar un montaje con una talla de Semana Santa

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análisis

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Suena chocante, por lo llamativo que pueda parecer, pero en pleno siglo XXI algunas personas aún se rajan las vestiduras contra lo que entienden que pueda ser un ataque contra su fe religiosa, cuando en realidad no es más que una imagen inocua que no atenta contra ningún sentimiento que deba ser objeto de protección jurídica, más allá de los propios derechos de autor que la talla o la fotografía manipulada pudieran tener.

Punto y aparte merece el hecho de que se pueda entender la devoción a una talla de Semana Santa con la fe cristiana o religiosa y que se vinculen, cuando la fe cristiana, en puridad, es el antagonismo a estos espectáculos, más relacionados con las costumbres populares y artísticas que a un verdadero afán religioso cristiano, tan alejado -en su base- de estas representaciones escénicas que chirría nada más que pensarlo.

Más bien, la Semana Santa -entendida en toda su opulencia y artificialidad- se podría encuadrar en una cuestión cultural y artística (bellísima por cierto), más que en un sentimiento religioso, pues a menudo, nada tienen que ver los valores primigenios del cristianismo con esta fiesta tan apartada de la realidad social que provocan condenas tan surrealistas como la de este joven de Jaén. Indudablemente, ese Cristo al que tanto veneran algunos y supuestamente defienden, hubiese evitado un juicio contra este jiennense, lo hubiera escuchado y comprendido y, finalmente, perdonado. Pero no, sus autoproclamados discípulos, aquellos que creen tener la batuta de todo lo concerniente a la fe cristiana, en la creencia de recibir un ataque contra su más que probada fe cristiana desnaturalizada, han puesto toda la carne en el asador por la vía penal para que ese muchacho escarmiente y, de paso, han creado una bola a nivel mundial que ha generado un efecto totalmente opuesto al inquisidor que han llevado a cabo con su acción penal. Ya saben, aquello de perdonar al prójimo no va en estas lides y todo castigo, por simbólico que parezca, es bien merecido y se queda corto.

¿Y si estos cristianos, que se sienten tan propensos a la ofensa allá donde no existe, siguieran penalmente los actos que verdaderamente atentan contra los valores y la defensa de la persona en toda su plenitud?

Por todo lo vivido en los últimos días con respecto a este asunto, me llama la atención el hecho de que pudiera parecer que supuestos atentados contra las libertades o sentimientos subjetivos (en este caso el religioso) tienen más repercusión y mayor protección efectiva que una lacra como la violencia machista, la que cientos de miles de mujeres deben soportar día a día. En este país hay temas que se pueden tocar, mancillar, violar, maltratar y poner en tela de juicio en el panorama social y judicial, estigmatizándolo, pero con lo relativo a la cuestión religiosa no cabe ningún tipo de libertades, ni tan siquiera, de expresión o artísticas.

Pues sí, habrá que decirlo, este cristianismo tan escénico y excéntrico hace un flaco favor a los sentimientos religiosos, aquellos basados en el reconocimiento de la persona como el elemento principal de protección, al sentimiento de solidaridad y al reconocimiento de la igualdad entre mujeres y hombres, con la máxima protección a la infancia, a los desfavorecidos y a los Derechos Humanos, pero no por medio de la caridad proveniente de fondos sobrantes de la compra de una corona de piedras preciosas y la demagogia, sino aquella que emplea todos sus medios para crear un mundo más justo e igualitario. Y todo esto, con pasos, tallas, oro y diamantes de valor incalculable, perdónenme, ni se consigue ni se predica.

El cristianismo no reluce ni se engalana con una imagen tallada en un trozo de madera de pino, la fe cristiana y su religiosidad es algo demasiado complejo y profundo como para simplificarlo de esta manera tan frívola. La protección jurídica que han de tener los sentimientos religiosos va encaminada al sentimiento religioso en sentido estricto y, el Derecho Penal como última ratio, no puede ni debe amparar la desnaturalización de ese sentimiento, pues de lo contrario, cualquier sentimiento podría encuadrarse en el religioso y ello provocaría la ineficacia del tipo penal previsto.

 

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