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Tráfico sancionará con 3.004 euros a los conductores que no lleven la documentación obligatoria

Son obligatorios el permiso de conducir, el permiso de circulación, la Tarjeta de la ITV y el seguro obligatorio

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análisis

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La Dirección General de Tráfico (DGT) sancionará con 3.004 euros a los conductores que no lleven la documentación obligatoria consistente en el permiso de conducir, el permiso de circulación, la Tarjeta de inspección técnica del vehículo (ITV) y el seguro obligatorio. Para facilitar el control de los documentos, la DGT ha lanzado una nueva aplicación que permite al conductor llevar tanto el carnet como el resto de papeles en el móvil, evitando así una multa de 500 euros

No poner a nadie en riesgo

Además de la “supermulta”, a los conductores que no lleven la documentación obligatoria se les inmovilizará el vehículo con el objetivo de no poner en riesgo al resto de los usuarios. La DGT pretende asegurar de este modo que los conductores respeten completamente la normativa de seguridad.

Carnet de conducir

Los documentos obligatorios tienen unas características específicas. En el caso del carnet de conducir: es obligatorio llevarlo a la hora de conducir, la mínima multa por no llevarlo será de 10 euros; si hay algún dato incorrecto o no está actualizado, ascenderá a 80 euros; si además, el carnet está caducado, la multa será de 200 euros y si no se está autorizado para conducir un vehículo por la retirada del mismo, la sanción es de 500 euros y la retirada de 4 puntos.

Permiso de circulación e ITV

En el caso del permiso de circulación, es obligatorio llevarlo siempre que se conduzca y la multa por no llevarlo encima será únicamente de 10 euros, pero si el vehículo no cuenta con el permiso vigente la sanción puede ascender hasta los 500 euros. En el caso de la tarjeta de la ITV, es obligatorio llevarla pegada al parabrisas. En caso de no llevarla son 10 euros de multa y si está caducada serán 200 euros.

El seguro obligatorio

En el caso del seguro obligatorio se imponen las multas de mayor cuantía. Ya que la ley exige al conductor del vehículo llevar este documento para que en caso de accidente se cubran los posibles daños a terceros. Desde 2008 no es obligatorio llevarlo en el coche, puesto que los agentes lo pueden comprobar la existencia del mismo. Pero en el caso de que el conductor circule sin el seguro en regla la multa puede  oscilar desde los 601 euros a los 3.005.

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