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Superliga: la Justicia pone contra las cuerdas a la UEFA y la FIFA

El magistrado del Juzgado de lo Mercantil 37 de Madrid ha elevado una cuestión prejudicial al TJUE para que el tribunal europeo decida si UEFA y FIFA vulneran la libre competencia

José Antonio Gómez
José Antonio Gómez
Director de Diario16. Escritor y analista político. Autor de los ensayos políticos "Gobernar es repartir dolor", "Regeneración", "El líder que marchitó a la Rosa", "IRPH: Operación de Estado" y de las novelas "Josaphat" y "El futuro nos espera".
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análisis

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Manuel Ruiz de Lara, magistrado del Juzgado de lo Mercantil 37 de Madrid, ha elevado una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) para que aclare si existe un abuso de posición dominante por parte de la UEFA y la FIFA, beneficiarias de los derechos televisivos del fútbol, al tener el poder de impedir la creación de otras competiciones que les hagan competencia, como es el caso de la Superliga, hechos que vulnerar el Derecho de la Unión.

Esta prejudicial coincide en el tiempo con las amenazas por parte de la UEFA de imponer duras sanciones contra Real Madrid, FC Barcelona y Juventus.

Según el auto de Ruiz de Lara,  «si FIFA y UEFA, como entidades que se atribuyen la competencia exclusiva para organizar y autorizar competiciones de clubes de futbol internacionales en Europa, prohibieran o se opusieran, basándose en las citadas disposiciones de sus estatutos, al desarrollo de la Superliga, ¿debería interpretarse el artículo 101 TFUE en el sentido de que estas restricciones a la competencia pudieran beneficiarse de la excepción establecida en esta disposición, atendiendo a que se limita de forma sustancial la producción, se impide la aparición de productos alternativos a los ofrecidos por FIFA/UEFA en el mercado y se restringe la innovación, al impedir otros formatos y modalidades, eliminado la competencia potencial en el mercado y limitándose la elección del consumidor?».

Será muy complicado que el TJUE halle una razón de peso para obviar o justificar una restricción a la competencia como la que aplican UEFA y FIFA

Hay que tener en cuenta que tanto FIFA como UEFA son sociedades mercantiles y les aplica directamente el contenido de dicho artículo del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE). «¿Se beneficiaría dicha restricción de una justificación objetiva que permitiera considerar que no hay abuso de posición dominante en el sentido del artículo 102 del TFUE?», pregunta el magistrado en el auto.

Las preguntas son, verdaderamente, un golpe a la estrategia de la FIFA y la UEFA porque, según confirman a Diario16 fuentes judiciales, será muy complicado que el TJUE halle una razón de peso para obviar o justificar una restricción a la competencia como la expuesta por el Ruiz de Lara, dado que lo que se levanta es el velo sobre un monopolio absoluto que tienen tanto las federaciones nacionales como la UEFA y la FIFA.

La UEFA no podría impedir que tanto Real Madrid, Barcelona y Juventus se inscribieran en la próxima edición de la Champions League

Sanciones a Real Madrid, Barcelona y Juventus

En el auto del magistrado se pregunta sobre las posibles sanciones vulnerarían los artículos 101 y 102 del TFUE. Hay que recordar que Ruiz de Lara, en su calidad de juez de la UE, impuso medidas cautelares que prohibían la imposición de sanciones a los clubes de la Superliga. En consecuencia, a día de hoy, la UEFA no podría impedir que tanto Real Madrid, Barcelona y Juventus se inscribieran en la próxima edición de la Champions League.

La imposición de sanciones, según el auto de Ruiz de Lara, supondría un conflicto de intereses que afecta a UEFA y FIFA, puesto que en los estatutos de ambas organizaciones se atribuyen la competencia exclusiva para autorizar la participación de los clubes en sus competiciones.

Esto supone, según se indica en el auto, que hay una imposición que imposibilita a un tercer actor, en este caso la Superliga, establecer una competición paralela, lo que conlleva una posición dominante basada en criterios absolutamente discriminatorios.

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