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Puigdemont, Comin y Junqueras pueden acudir ante la Junta Electoral a prometer la Constitución

La ley así lo establece y cuanto más tarde la justicia española en hacer una aplicación correcta, más dura puede ser la caída

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análisis

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Soy consciente de que nuestros lectores no tienen por qué saber de leyes. Precisamente por eso nuestros artículos deben tenerlo presente y tratar de ser sencillos, en un lenguaje comprensible y que más allá de los vericuetos legislativos, se entienda lo que está sucediendo. Y es que, lo que ocurre, cada vez es más esperpéntico y resulta complicado explicarlo: no ya en un lenguaje sencillo, sino poner en orden semejante galimatías. El atropello de la legalidad es tal que no hay por donde cogerlo. Pero lo vamos a intentar.

A las 12.00 de esta mañana están convocados los electos que fueron proclamados la semana pasada en el Boletín Oficial del Estado como eurodiputados. La Ley Orgánica que regula el Régimen Electoral General (LOREG) establece que hay un plazo de 5 días para pasar por la Junta Electoral Central a prometer o jurar la Constitución.

Artículo 224

1. La Junta Electoral Central procederá, no más tarde del vigésimo día posterior a las elecciones, al recuento de los votos a nivel nacional, a la atribución de escaños correspondientes a cada una de las candidaturas y a la proclamación de electos.

2. En el plazo de cinco días desde su proclamación, los candidatos electos deberán jurar o prometer acatamiento a la Constitución ante la Junta Electoral Central. Transcurrido dicho plazo, la Junta Electoral Central declarará vacantes los escaños correspondientes a los Diputados del Parlamento Europeo que no hubieran acatado la Constitución y suspendidas todas las prerrogativas que les pudieran corresponder por razón de su cargo, todo ello hasta que se produzca dicho acatamiento.

La proclamación de los electos se produjo el pasado viernes. Con su consiguiente publicación en el BOE: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2019-8953

Queda claro, pues, que en base a la LOREG, habría que acudir a la JEC para jurar o prometer la Constitución. Y según la ley, si no acuden, esos escaños quedan vacantes. Se entiende, pues, que si no acuden por voluntad propia, ellos mismos estarían renunciando a su escaño. Muy respetable.

No les dejan acudir

Pero, ¿qué sucede cuando no te dejan acudir en contra de tu voluntad? Este es precisamente el caso que se está produciendo con Junqueras, Puigdemont y Comin.

A Oriol Junqueras el Tribunal Supremo le dijo la semana pasada que no le daba permiso para acudir hoy ante la JEC. Resumidamente porque si le da permiso, Junqueras estaría legitimado para ir a Bruselas a la sesión de constitución del Parlamento (igual que fue al Congreso de los Diputados en Madrid), y que esto ya supone mucho riesgo. Además, al Parlamento Europeo si que habría que pedirle suplicatorio (como si al Congreso no) y que esto podría paralizar el juicio al proces, y no puede ser. Vaya, que cumplir con la ley le debe venir un poco mal al Supremo, según parece. Y para evitar todo esto (las consecuencias que se derivan de cumplir con las normas), pues lo mejor es no dejar que Oriol acuda hoy a prometer o jurar la Constitución y así quedarse sin escaño. Como lo está usted leyendo. Como diputado en Madrid, todo en orden. Como eurodiputado en Bruselas ya no. Es para reírse, pero es cosa seria. Sobre todo porque no le permiten ir teniéndolo encerrado en una celda. Que es algo todavía más bestia.

A Puigdemont y a Comin el “chiste” lo han hecho de otro modo. Después de intentar evitar que se presentaran, con aquel sainete que conllevó el nombramiento de sustitutos en un plazo de dos horas, para que al final de pasarse la patata caliente entre la JEC, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid y el Tribunal Supremo se terminase reconociendo que sí tenían derecho a ser elegibles, resulta que se presentan a las europeas. Resulta que salen elegidos. Todo en orden. Pero ah! Se supone que no pueden recoger sus credenciales porque al señor presidente del Parlamento Europeo le da por decidir de manera unilateral que no les permitan acreditarse cuando vayan a por sus credenciales a Bruselas. Ya hay cinco vicepresidentes pidiéndole explicaciones. Y el morro que le echaron al decir que se revocaban las acreditaciones que ya se habían dado a otros españoles, a la espera de la ceremonia de hoy por la mañana. Morro porque después estuvieron actuando con sus credenciales muchos de los diputados europeos que habían firmado cargas pidiendo que no se acreditase a Puigdemont ni a Comin. Como Dolors Monserrat o Bauza.

Orden de detención de Llarena

Hace tan solo unos días se solicitó por parte de la defensa jurídica de Puigdemont y Comin la retirada de la orden de detención que el juez instructor Pablo Llarena había impuesto contra ellos en territorio español.

Les dijeron este fin de semana que no la retiraban.

Lo cierto es que no habría hecho falta pedirlo, pero es mejor dar todos los pasos, no vaya a ser que luego te digan que te olvidaste de pedir tal o cual cosa y esto pueda invalidarte un recurso.

¿Por qué decimos que no era necesario pedirle a Llarena que retirase la orden? Pues porque en base a la ley, la inmunidad surte efecto desde el momento de la proclamación.

Lo establece el propio reglamento del Congreso de los Diputados: el artículo 20.2 precisamente señala la proclamación como el momento a partir del cual comienzan a desplegar sus efectos los derechos y prerrogativas de los diputados.

Precisamente, de la misma manera que por analogía se pretende aplicar el 224 de la LOREG a los electos como eurodiputados, también por analogía se ha de aplicar el reglamento del Congreso de los Diputados.

De esta manera, la inmunidad haría que la orden de Llarena contra Puigdemont y Comin quedase sin efecto. Dicho de otro modo: Puigdemont y Comin tienen inmunidad desde la semana pasada sin ningún tipo de duda. Antes había debate sobre si con la eleccion y el recuento de votos bastaba. Pero nadie puede plantear la más mínima duda con la ley en la mano ante el hecho de que hayan sido ya proclamados sus nombres en el BOE.

En este sentido, la ley establece que ellos podrían voluntariamente no presentarse y en tal caso, su escaño sería ocupado por el siguiente en la lista. Voluntariamente. Pero no es el caso. De ninguno de los tres.

Esta claro que Oriol Junqueras no puede presentarse ante la JEC porque no le dejan salir de la prisión donde se encuentra en preventiva, sin sentencia. Una barbaridad.

Ahora bien: ¿se presentarán Puigdemont y Comin ante la JEC haciendo uso de sus derechos e inmunidad incontestables?

El Derecho les ampara. Pero en un lugar donde la justicia no parece estar muy en línea con lo que establecen las normas, sería un riesgo muy elevado el poder facilitar que se produzca una detención (por muy ilegal que pudiera ser), ante la cual después sería difícil recuperar la libertad (aunque sea relativa). Veremos en las próximas horas lo que acontece. Pero preparen sus palomitas.

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11 COMENTARIOS

  1. Todo esto es un galimatías cojonudo, ahora bien, aunque parece muy complicado, no lo es tanto si se explica con claridad meridiana.
    Todo parte de que unos «señores» por llamarles de una forma educada, cosa que a mí entender no se merecen, se han pasado por el forro de los cojines, con perdon las leyes Españolas, la justicia Española y la constitución Española, así que, no hay más que hablar todo es bastante claro les corresponderá la sentencia que tenga que ser.
    ¡¡Así que fíjense que claro está todo!!

  2. Que la inmunidad no tiene efecto retroactivo se te ha olvidado ponerlo en el artículo. Que cualquiera pensaría que para no ir a la carcel por ladrón solo le bastaría ir de numero uno en un partido grande

  3. Sra. Talegon, después de haber leído D.16 desde
    hace tanto tiempo, después de todo lo que ha llovido y se ha luchado, después de tantos grandes profesionales que escribieron en este medio, leerle a usted, solo produce pena, pena y tristeza, no se trata de compartir o no el artículo, se trata del nivel de conocimiento del tema y del derecho, en su caso es bastante plano con lo que como le decía al principio, después de todo lo que ha llovido sobre D.16 la crítica insustancial, carente de fundamentos, la interpretación cuasi infantil que hace, solo produce eso, pena y tristeza. Desde mi respeto, un saludo.

  4. Yo lo que no entiendo es que sabiendo tanto de derecho como dices saber, ¿porque no esta tu en en tribunal supremos?. Quieres ahernos creer tu sabes más que siete magistrados del tribunal supremo, mas que Llarenos, otro magistrado del tribunal supremos, mas que todos los fiscales…..oye que listo eres y cuanto de leyes sabes….peros sigues de periodista.

  5. Claro que pueden acudir, y nadie les impide acudir, excepto a Oriol Junqueras, por lo tanto, Beatriz, no engañes al personal, que más o menos, algunos sabemos bastante de la LOREG.
    Lo de Oriol Junqueras, personalmente no lo veo bien, soy de la opinión que deberían de dejarlo el tribunal, pero en cuanto a esos cobardes que huyeron como ratas de un barco que se hunde, lo que tienen que hacer es presentarse si tienen «cojines», pero cá, un cobarde o unos cobardes, jamás lo harán.

  6. Este galimatias se lo hubieran ahorrado si hubieran sido honesto,leales a la Constitucion, y no traidores . escandalosos baratos y llevarse la pasta para sus juegos…asi que no le den mas vueltas al tema y Puigdemont a la puñetera carel que es donde deberia estar no de vacaciones a costa de los españoles…VENGA YA DE MONSERGAS Y PAMPLINAS BARATAS

    • Leales a la constitucion? la española? esa que esta hecha a medida para que las minorias nunca puedan ser libres? esa que fue redactada por los militares golpistas? vamos hombre ,no me j….s.

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