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PSOE y Podemos presentan una Proposición de Ley Orgánica para eliminar el voto rogado

La reforma persigue que se faciliten los procedimientos y los plazos para que los residentes en el exterior puedan ejercer su derecho al sufragio

Eva Maldonado
Eva Maldonado
Redactora en Diario16, Asesora de la Presidencia de la Conferencia Eurocentroamericana.
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análisis

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Los grupos parlamentarios del PSOE y Unidas Podemos han registrado este jueves una Proposición de Ley Orgánica para eliminar el voto rogado, mediante una reforma de la ley electoral. “Registramos esta proposición de ley con el ánimo y el objetivo de mejorar la calidad de nuestra democracia y hacer posible que las personas que residen en el extranjero puedan ejercer su derecho a voto con mayor facilidad”, ha manifestado la portavoz del Grupo Socialista, Adriana Lastra.
 
En esta iniciativa, cuyo nombre oficial es “Proposición de Ley Orgánica de reforma de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, para la regulación del ejercicio del voto por los españoles que viven en el extranjero”, se propone la modificación de los artículos 75, 103 y 107, de manera que se faciliten los procedimientos y los plazos para que los residentes en el exterior puedan ejercer su derecho al sufragio.
 

La complejidad de las gestiones necesarias para el voto rogado –que incluyen una duplicación de los trámites administrativos-, el breve plazo de tiempo y la dependencia de los servicios extranjeros “dificulta el cumplimiento de los plazos previstos en la normativa electoral e impide el ejercicio de este derecho fundamental a un número muy elevado de ciudadanos”. Como consecuencia del sistema vigente, se viene produciendo “una reducción muy significativa en los niveles de participación de los electores residentes en el extranjero”. Así, en las elecciones generales de 2011, 2015, 2016 y 2019, menos del 10% de los electores solicitaron o rogaron el voto  como consecuencia de la complejidad del procedimiento.
 
Estas cifras contrastan con los niveles de participación previos a 2011, que oscilaban entre el 22,99 por ciento de los comicios del 2000 y el 31,88 por ciento de 2008. Las cifras son todavía peores cuando se observan los niveles de participación reales, que se situaron entre el 4,73 y el 6,8 por ciento, “es decir, que entre un tercio y la mitad de los electores que solicitaron o rogaron el voto en los comicios de 2011, 2015, 2016 y 2019, finalmente no ejercieron su derecho de voto, en muy buena medida porque no recibieron la documentación electoral a tiempo o porque se registraron incidentes en el envío posterior de sus votos por correo postal a las Oficinas Consulares”.
 
Para poner fin a esta situación y atender las peticiones de las colectividades de españoles en el exterior se plantea la reforma de la normativa actual, suprimiendo el requisito “de que los españoles residentes en el extranjero tengan que solicitar o rogar el voto, lo que permitirá que todos reciban la documentación en su domicilio. Así mismo, el uso de una papeleta que podrá descargarse telemáticamente permitirá adelantar los plazos de envío de la documentación electoral. Todo ello facilitará que los electores reciban la documentación en plazo, a diferencia de lo que ha venido sucediendo hasta ahora en muchos casos, al ser posible el envío de la documentación antes de la proclamación de las candidaturas y la resolución de las impugnaciones”, reza la PPL, en la que se explican los nuevos procedimientos y el incremento de plazos para facilitar el derecho al voto de los españoles que viven en el extranjero.
 
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