Creo que a todo el mundo, al menos una vez en la vida, le ha ocurrido que ha perdido algún objeto personal. No podemos estar en todo, y, en ocasiones, no viajamos solos, sino que vamos con niños, familia u otras personas. Es posible que nos distraigamos mientras pagamos en un restaurante, en un bar, o incluso en la cola del cine mientras que sostenemos un enorme vaso de plástico lleno de palomitas de maíz. Al llegar a casa nos percatamos de que hemos perdido unas llaves, la cartera, las gafas o el teléfono móvil. En este último caso la desesperación nos puede llegar a consumir, pues el móvil es una extensión de nuestra propia existencia. Allí llevamos anotados números de teléfono, agenda, citas y, lo más importante, fotografías; muchas de ellas de carácter personal.

Si es usted un afortunado que ha encontrado en el asiento del autobús, del avión o en la vía pública, algún objeto, ha de saber que la Ley, en su artículo 253 del Código Penal, estipula que será castigado con la pena de multa de tres a seis meses quien, con ánimo de lucro, se apropia de un objeto perdido o de dueño desconocido, siempre que su valor exceda de 400 euros. Además, según el artículo 615 del Código Civil, quien localiza un objeto debe restituirlo a su anterior poseedor. Si este no es conocido, hay que consignarlo de inmediato en poder de la Policía Local del municipio donde se ha producido el hallazgo. Lo que no ha de hacer nunca es quedarse el objeto, ya que le puede acarrear problemas.

Cuando un ciudadano entrega un objeto en la Policía Local, se le piden ciertos datos para comprobar, en caso de reclamación, que es de esa persona. Todos los artículos están registrados para llevar un control y se guardan con su número de identificación. Y una vez que el objeto lleva dos años en la comisaría, y nadie ha ido a recogerlo, pasa a ser propiedad de la persona que lo ha entregado.

Si por el contrario es usted quien ha perdido el objeto, y se dirige a una comisaria a preguntar si lo han hallado o entregado, es importante que tenga a mano el código que identifica un objeto en concreto. En el caso de los teléfonos móviles el número de serie se corresponde con el código IMEI (International Mobile Equipment Identity) que identifica al aparato, independientemente de la compañía de telefonía o de la tarjeta de telefonía. El número de serie lo facilita la compañía que fabrica el aparato y se puede localizar dentro del contrato, en el manual de usuario, en la garantía o en la caja del teléfono. El IMEI es importante tanto para reclamar un móvil perdido, como para denunciar su pérdida o sustracción. Para que nos entendamos: es como si denuncia el robo de un coche y no facilita la matrícula o el número de bastidor.

Cuando se entrega un objeto perecedero, o que se deteriora con rapidez, son eliminados en el momento del registro, conservando la bolsa o recipiente por si el usuario deseara recuperarlo. También, si así lo considera el receptor, pueden ser donados a diferentes centros de beneficencia antes de que se estropeen. En todos los casos, cuando los objetos entregados sean de valor, o que contengan información privada del propietario, serán remitidos al departamento de objetos perdidos de la Policía Local de la localidad donde hayan sido entregados, independientemente que lo hayan hecho en una estación de autobuses, aeropuerto o cualquier otro establecimiento. El plazo de entrega a la Policía será de dos semanas cuando son recogidos en un lugar distinto.

Como norma, cuando se deja un artículo en cualquier oficina de objetos perdidos, el receptor hará constar en un formulario el nombre de la persona que lo encontró, la fecha y hora de la entrega, el lugar donde lo halló y otros datos importantes. Conviene quedarse con una copia que refrende quién ha hecho el depósito, el lugar y la fecha, porque ha de saber que si el objeto es de valor, estipula el artículo 615 del Código Civil que, cuando han transcurrido dos años y nadie ha reclamado el artículo extraviado, la persona que lo encontró y lo depositó en la oficina de objetos perdidos tiene derecho a quedarse con él, si así lo desea. Aunque después aparezca su dueño, ya no podrá reclamarlo, por estar fuera de ese plazo.

Como curiosidad, cabe destacar que dice el artículo 616 del Código Civil que quien encuentra un objeto tiene derecho a ser premiado con la décima parte del valor de dicho artículo, si este se tasa en menos de 12,02 euros. Si su valor es superior a esta cantidad, la retribución será la vigésima parte de su precio. Aunque el Código Civil recoge este derecho a recibir una recompensa por parte del propietario, y a favor de quien ha encontrado el objeto, esta costumbre ya no se practica en la mayoría de Oficinas de Objetos Perdidos; aunque supongo que se puede reclamar por la vía Civil.

¿Dónde acudir si hemos perdido un objeto? Pues en función del lugar donde se haya perdido el objeto debe acudir a: para los extravíos en autobuses urbanos, los departamentos de objetos perdidos de las empresas municipales de transportes. Si la pérdida se produjo en el transporte público terrestre, las oficinas de atención al cliente de las estaciones ferroviarias, metro, autobuses y coches de línea. Si el extravío tuvo lugar en un avión o en un aeropuerto, la compañía aérea correspondiente o la oficina de información de AENA. Y las dependencias de objetos perdidos del ayuntamiento de que se trate, ubicadas en la jefatura de la Policía Local, en cualquier otro caso.

Así que si ha perdido un objeto personal, no lo de por perdido. Ya que es posible que esté en la Oficina de Objetos Perdidos de su ciudad, esperando a que vaya a recogerlo.

Artículo anteriorEl 25% de la población española vive sola
Artículo siguienteCifuentes achaca los mejores datos del paro al diálogo social
Escritor conocido por sus novelas de género policíaco. Ha impartido clases en la Escuela Canaria de Creación Literaria, es colaborador del Diario del AltoAragón y del El Periódico de Aragón. Ha sido el organizador de las diferentes ediciones del Concurso literario policía y cultura (España) y colabora en la organización del Festival Aragón Negro en las actividades convocadas en la ciudad de Huesca. Desde el año 2012 es considerado el creador del término Generación Kindle, nomenclatura utilizada para referirse a una serie de escritores surgidos de la edición digital. En el mes de enero del año 2013 fue uno de los seis finalistas preseleccionados para optar al Premio Nadal en su 69º Edición con la novela La noche de los peones.

DEJA UNA RESPUESTA

Comentario
Introduce tu nombre