Vox

Si algo caracteriza a Manuel Marchena, el magistrado presidente del Tribunal que está juzgando el ‘Procés’ y que sin embargo proviene de la carrera fiscal, es precisamente su falta de experiencia en la carrera judicial.

Esta falta absoluta de experiencia en la dirección de debates en juicios penales, es la causante de los continuos errores de bulto del presidente de la Sala que están a punto de colocar la causa contra los políticos catalanes al borde de la nulidad.

Si ya ha sido bochornoso el tratamiento que le ha dado Marchena a la cuestión del uso del catalán, llegando a considerarlo como “lengua minoritaria” que no servía para atribuir derechos fundamentales – a pesar de que el artículo 3 de la Constitución considera al catalán como una de las lenguas españolas junto con el castellano -, ha sido ya irritante desde el punto de vista de la técnica procesal la negativa del presidente del Tribunal a que los abogados de la defensa hicieran suyo el testimonio de Roger Torrent, prohibiéndoles hacer preguntas sobre cuestiones que no habían sido previamente introducidas por Vox.

Concretamente, cuando ha llegado el turno de preguntas para las defensas, Manuel Marchena ha mantenido una discusión con el abogado Andreu van den Eynde, al intentar este segundo hacer preguntas a  Roger Torrent referentes al 1 de octubre y a las protestas del 20 de septiembre.

En ese momento ha sido cuando Marchena ha indicado que se trataba de “temas que no habían sido abordados por la acusación” , y que por lo tanto, no se le podía preguntar por ellos “para respetar el principio de contradicción”, olvidando que el derecho de defensa del que forma parte el principio de contradicción es un derecho fundamental de los acusados, no de la acusación.

«.- Voy a formular entonces protesta y a decir las preguntas en alto para que quede constancia», ha afirmado Andreu van den Eynde, lo que ha sido prohibido por Marchena, que ha recalcado que eran «improcedentes».

Tras el abogado de Junqueras ha tomado la palabra Jordi Pina, que ha querido también dejar constancia en acta de la protesta por los mismos hechos que se le negaron a Andreu van den Eynde.

Por último ha sido la abogada Marina Roig quien ha vuelto a reseñar que las defensas querían preguntar a Torrent sobre el 2 de septiembre y que no se les estaba dejando. «.- Quiero presentar una queja formal«, ha insistido la abogada, a lo que Marchena ha respondido alegando que “.- si tanto interés tenían en preguntar al presidente del Parlament, deberían haberlo pedido como testigo».

Es precisamente esta última frase del presidente de la Sala, Manuel Marchena la que está en abierta contradicción con lo dispuesto en el artículo 6 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que establece que “3. Todo acusado tiene, como mínimo, los siguientes derechos: d) A interrogar o hacer interrogar a los testigos que declaren contra él y a obtener la citación y el interrogatorio de los testigos que declaren en su favor en las mismas condiciones que los testigos que lo hagan en su contra”, lo que incluye desde luego el derecho de todo acusado a hacer suyo el testigo de la acusación, haciéndoles preguntas que le favorezcan aunque no hayan sido introducidas por la parte contraria.

Al no haberlo permitido el presidente del Tribunal, el motivo de nulidad está servido.

3 COMENTARIOS

  1. pues que hagan una recusacion y luego solicioten la nulidad p`rpocesal del juicio porque entonces cuando se solicite el recurso de casacion esta protesta tiene que estar recogida en acta y si de ello se desprende que la pregunta es esencial para la defensa se declarara la nulidad del juicio , aunque a mi modo de ver las cosas nada de esto se va a permitir debido a que los tribunales españoles estan como dije anteriormente «viciados».

  2. Cita textual del artículo, perfecto. El problema viene en la posterior interpretación, todo lo escrito es así «porque lo dice usted», porque ponerlo no lo pone en ningún lado, más allá del evidente derecho a interrogar.
    Ni más ni menos, lo ocurrido en el juicio es contradecir las preguntas y argumentos de la otra parte, y eso se hace respetando el turno y la temática planteada por el contrario… Ya lo explicó Marchena, si cada uno pregunta lo que le da la gana en turno de réplica sin ceñirse al tema, el contrario siempre tendrá derecho a contraréplica, y eso, ni que fuera con un testigo, es una soberana tontería, no digamos con 500.

    En resumen, cite usted al testigo y se le pregunta sobre lo que le interese, si no lo propone, se ciñe usted a lo planteado por el contrario, si luego tiene un interés sobrevenido, se siente, haberlo pensado antes. Y eso vale tanto para acusación como para defensa.

    Quien haya escrito semejante estupidez en este diario, que se lo haga mirar, engañar no engaña a nadie, o a muy pocos.

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