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Los primeros permisos para los condenados por el ‘procés’ llegarán el próximo mes de enero

El Tribunal Supremo enmienda la plana a la Fiscalía no solo en descartar el delito de rebelión sino en la aplicación de los beneficios penitenciarios, que llegarán en un plazo mucho más corto del solicitado por el Ministerio Público

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análisis

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En su histórica sentencia sobre el “procés”, el Tribunal Supremo deja la puerta abierta a que los condenados puedan gozar del tercer grado o semilibertad en breve. De esta manera, el conocido como “régimen abierto” les permitiría ir únicamente a dormir a la cárcel entre semana, es decir, de lunes a jueves. El Supremo establece en el fallo que no es su misión “evitar anticipadamente decisiones de la administración penitenciaria”, permitiendo de esta manera los beneficios carcelarios desde el primer día. Esta decisión, que en fuentes jurídicas consultadas por Diario16 ven como una “señal de cierta benevolencia” de los magistrados, permitirá que Oriol Junqueras pueda disfrutar de permisos en 2021 mientras que los líderes de las asociaciones cívicas catalanas que impulsaron el “proces”, Jordi Sànchez y Jordi Cuixart, “los Jordis”, podrán hacerlo mucho antes, en enero de 2020.

Con todo, los dos últimos han mostrado su disconformidad con la resolución judicial en las redes sociales. Jordi Cuixart ha asegurado: “Mensaje desde la prisión: La respuesta a la sentencia: reincidencia. Lo volveremos a hacer, Amnistía, Democracia y Autodeterminación”. Por su parte, Jordi Sànchez se ha limitado a un escueto pero contundente “injusticia”.

La supuesta magnanimidad del Tribunal Supremo a la hora de ejecutar las penas se fundamenta en que el alto tribunal ha rechazado aplicar el conocido como “período de seguridad”, que es como se conoce a la potestad del juez o el tribunal para ordenar que la clasificación de tercer grado penitenciario no se efectúe hasta el cumplimiento de la mitad de las penas cuando la duración de la misma sea superior a cinco años, como es el caso de los líderes del “procés”, condenados a entre 9 y 13 años de prisión.

Por tanto, el futuro de los procesados parece definitivamente trazado, no solo por el Supremo, sino por el propio Gobierno. En declaraciones del presidente en funciones, Pedro Sánchez, el Ejecutivo se ha apresurado a advertir de que no habrá amnistía para los presos condenados ni tampoco indulto. Entiende el Consejo de Ministros que no será necesario, ya que los líderes del “procés” empezarán a disfrutar del régimen de semilibertad en un corto periodo de tiempo, antes incluso que si tuvieran que tramitarse los indultos por vía administrativa.

Por tanto, serán los Servicios Penitenciarios de la Generalitat de Cataluña quienes tengan en su mano conceder desde el próximo mes de enero los primeros beneficios penitenciarios a Jordi Sànchez y Jordi Cuixart, condenados a nueve años de prisión por el Tribunal Supremo. Oriol Junqueras, que es quien sufre la condena más alta −13 años−, podrá acceder a estos permisos a partir de enero de 2021, según informa Europa Press.

A los condenados a entre 9 y 13 años de prisión hay que descontarles el tiempo que llevan en prisión preventiva, desde el 16 de octubre de 2017 en el caso de los Jordis y desde el 2 de noviembre de ese año para el resto de penados. De esta forma, según los cálculos realizados por fuentes jurídicas y penitenciarias consultadas por la agencia de noticias, Jordi Turull, Raül Romeva y Dolors Bassa podrán tener los primeros permisos en noviembre de 2020; Carme Forcadell en julio de 2020; y Joaquim Forn y Josep Rull en mayo de 2020.

Al encontrarse los nueve presos en cárceles de Cataluña, será la Administración catalana −los Servicios Penitenciarios dependen de la Consejería de Justicia− quien valide las propuestas individualizadas que hagan las juntas de tratamiento, que se rigen por la misma ley orgánica y régimen penitenciario que en el conjunto de España.

Por tanto, el Tribunal Supremo ha rechazado aplicar a los condenados por el ‘procés’ independentista en Cataluña el artículo 36.2 del Código Penal, que supondría que tengan que cumplir la mitad de la pena impuesta para poder acceder al tercer grado, tal como solicitó la Fiscalía durante su exposición de conclusiones finales en el juicio contra los doce líderes independentistas.

Esto da luz verde a la Generalitat tanto a conceder el primer permiso penitenciario una vez completado la cuarta parte de la condena como a clasificar directamente con un tercer grado −régimen de semilibertad− a los penados, “sin límite temporal ninguno ni tener que ser clasificados antes en segundo grado”.

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