Denunciantes de corrupción ante la sede del Europarlamento en Madrid. Foto: José A. Gómez

La Asociación contra la Corrupción y en Defensa de la Acción Pública (ACODAP), organización liderada por el ex juez decano de Talavera de la Reina, Fernando Presencia, ha publicado una Guía de Consejos Prácticos para los denunciantes de corrupción.

La entrada en vigor en diciembre de 2019 de la Directiva de Protección de Denunciantes de Corrupción supuso un cambio radical, sobre todo en España, un país donde se sigue persiguiendo a quienes dan el paso de denunciar a los elementos corruptos del Estado. Es un cambio tan grande que el ordenamiento y la estructura jurídica española no está preparada, sobre todo cuando mucha de esa corrupción emana, presuntamente, de los propios tribunales, tal y como se ha denunciado en diferentes ocasiones en los organismos de la Unión Europea.

Denunciar la corrupción en España es un acto casi suicida, sobre todo si el denunciante se encuentra dentro de la Administración. Son muchos los ejemplos, como el de la Brigada de la Guardia Civil, María Serrano, que lleva años acosada por su propio cuerpo por denunciar los actos corruptos de un subordinado. En las Fuerzas Armadas contamos con el caso del teniente Luis Segura que, no sólo fue expulsado del Ejército, sino que el aparato corrupto del Estado ha convertido su vida en un infierno. Lo mismo ocurre en la Justicia. El ex juez Fernando Presencia denunció la corrupción existente en el tercer poder y está sufriendo la venganza de todo el entramado que dirige el Poder Judicial, llegando a producirse situaciones tan esperpénticas como que se dictara sentencia contra Presencia por ir muy rápido en el cumplimiento del deber, amén de que el documento condenatorio estaba plagado de insultos y vejaciones. Nombres hay muchos: Ana Garrido, Azahara Peralta, Roberto Macías, Fernando Clemente o Maite Morao, por citar algunos. Sin embargo, todos tienen algo en común: su vida se ha convertido en un infierno por haber dado ese paso adelante, por denunciar la corrupción.

España es el país más corrupto de Europa y la reacción del Estado ante quienes pretenden con su denuncia terminar con esta lacra son tratados como criminales por los verdaderos delincuentes. El problema de España con la corrupción es que está institucionalizada, es sistémica, y quienes tienen el valor de denunciarlo se enfrentan a la ejecución más cruel del poder, se les inhabilita para poder desarrollar su vida. No sólo terminan con sus carreras, sino que impiden que puedan volver a iniciar una nueva vida. No se perdona a quienes tienen el valor de denunciar tipos de corrupción que están instalados dentro del sistema, sino que se les fustiga y sufren una represión constante que se convierte en un muro infranqueable, dejándolos en un limbo del que es muy complicado salir.

Esto ha llevado a ACODAP a publicar una Guía de Consejos Prácticos para todos los denunciantes de corrupción, sobre todo a la hora de enfrentarse a los procesos judiciales. Diario16 ha tenido acceso a este decálogo:

  1. Cuando denuncias la corrupción estas ejercitando tu derecho fundamental a la libertad de expresión y de información.
  2. Como denunciante de corrupción puedes elegir el modo de hacer la comunicación:
    • Anónimamente, utilizando los canales internos donde los haya.
    • Ante los medios de comunicación.
    • Identificándose ante la policía, la Fiscalía, el CGPJ o el juzgado de guardia.
  3. Las represalias están prohibidas. Cuando se llevan a cabo abusando de los procedimientos administrativos y judiciales para impedir u obstaculizar las investigaciones mediante la interposición de querellas, denuncias o demandas contra el denunciante/alertador de corrupción, podrán ser además constitutivas de delito.
  4. Toda denuncia o alerta de corrupción que realices debe dar lugar a una investigación. Ninguna querella, denuncia o demanda contra ti como denunciante/alertador de corrupción podrá tener el efecto de suspender esas obligatorias investigaciones.
  5. La    interrupción, suspensión, paralización, o el archivo de las investigaciones de corrupción por causa de la interposición de una querella, denuncia o demanda contra el denunciante/alertador, será considerada también como represalia.
  6. El denunciante/alertador que sea investigado o procesado por los delitos de injurias o calumnias como represalia, no debe ser obligado a demostrar la verdad de sus imputaciones. En tal caso, solo tienes la carga de justificar tu condición de denunciante o alertador de corrupción.
  7. Ningún denunciante o alertador podrá ser advertido, amenazado, sancionado o condenado como consecuencia de sus  informaciones sobre la corrupción. Las represalias que se lleven a cabo a través de los procedimientos judiciales podrán ser denunciadas disciplinariamente ante el Consejo General del Poder Judicial, o incluso en la vía penal.
  8. Quien recuse a los jueces y magistrados que hayan sido denunciados por actos de represalia o de corrupción, estará ejercitando el derecho fundamental a la tutela efectiva y no debe ser penalizado.
  9. La Directiva UE de 23 de octubre de 2019 relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión, es de directa aplicación en cuanto a los derechos fundamentales que recoge.
  10. El derecho a la libertad de expresión y de información que ejercitas como denunciante/alertador de corrupción vincula a todos los poderes públicos. Los jueces y magistrados están obligados a proteger a los denunciantes/alertadores que sean parte en cualquier procedimiento judicial de acuerdo con lo dispuesto en el art. 53.2 de la Constitución Española, sin esperar a la transposición de la Directiva.

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