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La justicia, abocada a una desescalada caótica

Ni los improbables juicios telemáticos previstos ni la habilitación de jornadas de mañana y tarde y parte de agosto lograrán agilizar un sistema judicial saturado ya antes de la crisis del coronavirus

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análisis

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La justicia, la gran olvidada histórica de los tres poderes fundamentales de cualquier estado democrático de derecho, vuelve a ponerse a prueba, una vez más. Esta vez la causante es una crisis sanitaria sin precedentes en la historia reciente. Ni jueces, ni Ministerio Público, ni procuradores ni abogadas y abogados, y tampoco el resto de funcionarios judiciales saben qué se van a encontrar el próximo lunes 11 de mayo cuando se inicie en muchas provincias del país la fase 1 de la desescalada por la pandemia del coronavirus y la justicia comience de nuevo a rodar tras estar prácticamente paralizada casi dos meses. El caos está asegurado, advierten a Diario16 diversas fuentes del sector.

No sólo los juicios serán muy difíciles de llevarlos a la práctica de forma completamente telemática, como pretende el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), órgano de gobierno de los jueces, a instancias del Real Decreto aprobado a finales de abril por el Gobierno. También las vistas y otros procesos judiciales corren serio peligro de no celebrarse con todas las garantías procesales debido a la intervención necesaria de numerosas personas en el proceso.

El incremento de la litigiosidad prevista tras el confinamiento colapsará el sistema si el poder judicial se empeña en celebrar juicios telemáticos sin medios, avisan los expertos

Además de los funcionarios de la Administración de Justicia, se requiere la participación de investigados, testigos e incontables documentos legales, que ahora deberán ser verificados supuestamente de forma telemática sin que desde ninguna instancia judicial se sepa a ciencia cierta cómo llevar a cabo todos estos requisitos.

El incremento de la litigiosidad prevista tras el confinamiento colapsará el sistema si el poder judicial se empeña en celebrar a toda costa juicios telemáticos sin medios, avisan los expertos consultados por este diario.

Las buenas intenciones a priori del Real Decreto 16/2020 del 28 de abril de medidas procesales y organizativas de la Administración de justicia para hacer frente al Covid-19 chocarán con una realidad dura e incuestionable: el sistema judicial español no está preparado para la realidad virtual ni la agilización de los procesos judiciales vía telemática. Por muchos y variados factores. Y todo ello pese a la avalancha de nuevos casos judiciales que la crisis sanitaria provocará por el parón económico de la actividad productiva a todos los niveles.

El documento aprobado a finales del pasado abril por el Gobierno reconoce que “la Administración de Justicia ha sufrido una ralentización significativa como consecuencia de la crisis del Covid-19”, que obliga al ejecutivo a “adoptar el presente real decreto-ley” para, además de otras medidas más concretas, “procurar una salida ágil a la acumulación de los procedimientos suspendidos por la declaración del estado de alarma cuando se produzca el levantamiento de la suspensión”.

Desde el mismo instante de la aprobación del Real Decreto Ley, una de las patas fundamentales que sustentan la Administración de justicia, la de la abogacía y la procura, montó en cólera por las condiciones impuestas a priori con el único respaldo del Poder Judicial. Tanto es el descontento que las críticas han llegado desde todos los colegios profesionales del país. Así, por ejemplo, el Consejo Andaluz de Colegios de Abogados, ha emitido un comunicado exigiendo la “inmediata y expresa derogación” del Real Decreto Ley aprobado en Consejo de Ministros, e incluso está dispuesto a llegar a un “paro consensuado, con la única observancia de los derechos de los justiciables que resulten inaplazables”.

Juicios telemáticos improbables

Con el inicio del desconfinamiento se dará prioridad a actos procesales de forma telemática y en turnos de mañana o tarde para todo el personal de la Administración de justicia. También se incluyen otras medidas como la dispensa en la utilización de togas o la atención telefónica y por correo electrónico al público en sedes judiciales.

Respecto a la celebración de actos procesales de forma telemática, se realizarán preferentemente de este modo siempre que se tengan los medios técnicos necesarios para ello, algo excepcional, debido a los diversos actores que intervienen en cualquier proceso judicial. La excepción se produce en el orden jurisdiccional penal, en el que será necesaria la presencia física del acusado en los juicios por delito grave. Asimismo, las deliberaciones de los tribunales se desarrollarán de forma telemática cuando se cuente con los medios técnicos necesarios para ello.

La abogacía cree que este Real Decreto Ley puede “resultar gravemente perjudicial para la salvaguarda del derecho de defensa de los justiciables”, tanto en el ámbito del derecho de familiacomo por la habilitación de los días 11 a 31 del mes de agosto próximo, un mes siempre inhábil en la justicia española. Los abogados consideran que es una medida claramente ineficaz y contraproducente, que, lejos de contribuir a solucionar el atraso acumulado en la tramitación de los procedimientos, impedirá el pleno rendimiento del sistema judicial durante varios meses consecutivos, contribuyendo en consecuencia a agravar la situación actual.

Es precisamente este el aspecto sobre el que más alertan juristas consultados por este diario, ya que la imposibilidad de celebrar juicios de forma telemática por falta de medios y de otros requisitos indispensables provocará un mayor atasco al ya de por sí saturado sistema judicial. Por ello, aconsejan agilizar otros procedimientos judiciales previos mientras se mantenga el estado de alarma y no se vuelva al normal funcionamiento de la justicia.

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