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La batalla por tumbar el IRPH sigue viva en los juzgados españoles

Los jueces ya aplican la nueva doctrina del TJUE y dan a elegir entre cambio a Euribor o anular el contrato

José Antonio Gómez
José Antonio Gómez
Director de Diario16. Escritor y analista político. Autor de los ensayos políticos "Gobernar es repartir dolor", "Regeneración", "El líder que marchitó a la Rosa", "IRPH: Operación de Estado" y de las novelas "Josaphat" y "El futuro nos espera".
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análisis

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El Juzgado de Primera Instancia 7 de Pamplona ha fallado dos nuevas sentencias que anulan el IRPH-Cajas y permiten al afectado elegir la mejor opción para resarcir el perjuicio económico causado. Es decir, el juez pregunta al cliente qué camino seguir: si bien anular todo el contrato, con la devolución por parte de la entidad de los intereses cobrados, o la sustitución del índice por el Euribor.

Con ello, sigue la doctrina que estableció el TJUE en su último auto sobre IRPH, de 17 de noviembre de 2021, en virtud de la cual el juez debe dar a elegir al consumidor si este opta por la nulidad del contrato con todas sus consecuencias o quiere que el juez aplique un sustitutivo.

Los fallos de dos procedimientos, a cargo del abogado Jorge Iribarren, del Bufete Iribarren Ribas y letrado colaborador de ASUFIN, demuestran que la batalla por tumbar IRPH sigue viva en nuestros juzgados. Patricia Suárez, presidenta de la asociación, declara que “estamos ante unas sentencias ejemplares que, como hemos defendido, dan la palabra al afectado y le permiten elegir lo que más le conviene. Una vez declarado nulo el IRPH, el juez da la posibilidad al cliente de elegir cómo ser resarcido”.

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