El poeta y ensayista alemán Heinrich Heine afirmaba que «Todo delito que no se convierte en escándalo no existe para la sociedad». Eso es lo que ocurre con las cláusulas abusivas o los escándalos que ha protagonizado el sistema financiero y, especialmente, la banca española. Si no se ve, no existe, sería el resumen.

Sin embargo, todos los escándalos de la banca van saliendo porque la ciudadanía ya se ha hartado de ser el principal sostenedor del sector financiero, ya sea a través de las cláusulas abusivas que se les aplican, ya sea por medio de los rescates con dinero público, con el dinero de todos.

Hasta que saltaron a los titulares de la prensa nadie sabía lo que era una cláusula suelo, una participación preferente, una hipoteca multidivisa, el impuesto de Actos Jurídicos Documentados, una tarjeta revolving o el IRPH. Eran cláusulas o productos que se vendieron, que estaban en los contratos y en los que los clientes no tuvieron la información suficiente o no tenían un conocimiento financiero adecuado para contratar esos productos o entender esas cláusulas.

En el caso del IRPH se produjo algo similar. Todos los testimonios recogidos por Diario16 nos indican que desconocían la existencia de este índice o que, incluso, se les llegó a vender la hipoteca en la terraza de un bar. Sin embargo, la Justicia europea tomó cartas en el asunto y es más que probable que el IRPH sea anulado. Por lo tanto, los bancos españoles tendrán que devolver todo lo cobrado de más en relación con el Euribor.

El pasado mes de julio la Comisión Europea publicó el informe de vigilancia de la situación financiera de España. El documento, realizado en colaboración con el Banco Central Europeo (BCE), es optimista, y afirma que «el sector bancario español goza de una buena rentabilidad, liquidez y capitalización», aunque hace algunas puntualizaciones.

En el apartado dedicado a los desafíos futuros, se incluye una breve referencia a los riesgos judiciales. Se explica que los pleitos judiciales han tenido un impacto «significativo» para muchos bancos, añadiendo que el motivo han sido principalmente las «malas prácticas de venta».

El informe señala que los costes vinculados con las sentencias relativas a venta de preferentes ya están pagados o provisionados, pero advierte de la posible emergencia de nuevos riesgos potenciales. Y cita dos asuntos: los gastos de constitución de los préstamos hipotecarios y el tipo de interés IRPH. Según el informe, futuras sentencias relacionadas con estos dos temas «podrían afectar a la rentabilidad de algunos bancos afectados». Por tanto, la Comisión Europea ve una clara posibilidad de que la sentencia del TJUE respecto al IRPH sea favorable a los afectados y contraria a los intereses de la banca. En consecuencia, Europa considera la nulidad de las cláusulas IRPH como un hecho verosímil, perfectamente factible, y por tanto debe mover a los afectados al optimismo.

Por otro lado, el informe del Abogado General de la Unión Europea dio un duro golpe a la banca española puesto que afirmó que el sistema de cálculo del IRPH era complejo y poco transparente. Esta valoración por parte del Abogado General abre la puerta a la anulación de las hipotecas con IRPH, a su regulación por Euribor y a la devolución del dinero cobrado de más por la banca española que, según Goldman Sachs, podría alcanzar la cifra de 44.000 millones de euros. Para hacernos a la idea de la importancia de esta resolución, las cláusulas suelo supusieron 4.000 millones o la devolución del impuesto del impuesto de Actos Jurídicos Documentados podrían haber supuesto 5.000 millones si el Tribunal Supremo no hubiera cedido a las presiones del poder financiero.

Por tanto, ¿está preparada la banca para este nuevo golpe o el IRPH se va a convertir en el golpe de gracia definitivo que haga cambiar a las entidades hacia un tipo de negocio más ético basado en el respeto al cliente?

7 COMENTARIOS

  1. Ya es hora de que estos listos, devuelvan lo que han robado a tantas familias que eligieron de forma boleo a saber con qué interés o elección, para que unos fueran perjudicados y otros más beneficiados.
    Pues lo más perjudicados, fueron los referenciados a irph. Alguien conocía este índice? Supongo que no, y si ya de por sí incluso economistas les cuesta entenderlo, que será para la población de conocimientos medios.
    Esto ha sido una estafa en toda regla, permitida por el banco de España que se supone que es quien regula, y no lo hizo, y de camino los gobiernos de turno. En definitiva se permitió a los bancos, seguir haciéndose sus agosto como de costumbre.
    Como es posible que aún lleguen denuncias a juzgados, y puedan darles la razón a esta panda? Es increíble, debería verse todo con lupa, y máxime cuando hasta han mentido al juez alegando deudas vendidas, como si fueran propias.
    El mundo al revés. La España de la vergüenza.

  2. El banco de España, debería haber movido ficha, y establecer algún sistema de aprovisionamiento de dinero, que luego vienen los dolores de cabeza de la «banca», y los pagan los ciudadanos de a pie. Pero claro, el banco de España vale para lo que vale. Es una pena. Los afectados por este índice, lo único que pueden ir haciendo para adelantar algo, ante un posible fallo favorable, es ir solicitando una reclamación vía judicial; pero huyan de meterse en pleitos, hasta que salga el fallo de Europa. Si es favorable, un buen abogado y para adelante. Os dejo página de la letrada Belén Rincón Pérez. La recomendaré siempre que pueda. Gracias por todo Belén Rincón.
    https://www.facebook.com/belenrinconabogada/

  3. Buen artículo, matizar que en la directiva Europea 93/13/CEE, no especifica ningún cambio en las clausulas abusivas, simplemente obliga a eliminarla del contrato, es decir eso de cambiar IRPH por EURIBOR no esta bien contrastado, no es una informaron correcta.
    Al eliminarse la cláusula habría que remitirse al interés sustitutivo suscrito en cada escritura hipotecaria, y sino existe un interés sustitutivo legal aplicable escriturado, se quedaría sin intereses.
    La directiva Europea tb define que la cláusula es anulable, y que el contrato debería de continuar en los mismos términos si este mismo puede subsistir sin dicha cláusula, cosa que es totalmente posible, solo devolver el capital, o el capital aplicándole solo el diferencial pactado…

    Espero haber sido entendible, y ruego corrijan este tipo de puntualizaciones que pueden inducir a error.

    • Gracias. Eso también lo había leído yo. Te has explicado muy bien. Se quita o no se quita.. No se sustituye por euribor. Eso implica que en el futuro también pagaremos menos.

  4. A mi me dijeron que este era el indice que tenias las cajas (CAM – Caja de Ahorros del Mediterraneo) que el Eurobor era de los bancos. Yo ignorante. Confié en la directora de la cam de Paterna. Supongo que todas las hiptocas que firmò ella serían igual. Eso sería una prueba demostrable de que era obligada por ellos.

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