IRPH TJUE
Gran Sala del TJUE | Foto: IRPH Stop Gipuzkoa

El momento en que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dicte sentencia sobre la abusividad y opacidad del IRPH se acerca. Estas navidades se vivirán en las casas de los más de 1,3 millones de afectados por este índice comercializado por la banca con esperanza, después de muchos años viendo cómo sus hipotecas se encarecían mientras que las referenciadas al Euribor se abarataban.

Esta esperanza viene, sobre todo, por el informe de la Comisión Europea sobre el IRPH que elevó al TJUE que defiende que el IRPH debe someterse al control de abusividad, porque, precisamente, no es obligatorio aplicar dicho índice. Por otro lado, en referencia al artículo 4.2 de la Directiva 93/13, la Comisión indica que el TJUE reconoció que no ha sido traspuesto a la legislación española, y esto es una elección que garantiza un mayor nivel de protección para sus consumidores. Si un tribunal español limitara su análisis de una cláusula esencial del contrato y no realizara un examen global de abusividad estaría actuando en contra de la directiva europea.

En referencia a la transparencia, la Comisión es clara al afirmar que la banca debió explicar al consumidor cómo se configura el IRPH, cuál ha sido la evolución de dicho tipo en el pasado así como su posible evolución futura comparado con otros tipos empleados en el mercado. Por tanto, la omisión de información sobre cómo se configura el IRPH, cuál ha sido la evolución de dicho tipo en el pasado, así como su posible evolución futura debe calificarse de engañosa si hace o puede hacer tomar al consumidor una decisión que de otro modo no hubiera tomado. En consecuencia, para la Comisión Europea el IRPH es una cláusula abusiva y nula y que la banca tendría que devolver con retroactividad a los afectados el dinero cobrado de más.

Por otro lado, el informe del Abogado General de la UE afirmó que el sistema de cálculo del IRPH es dudoso por «ser complejo y poco transperente» para un consumidor medio. Esta valoración por parte del Abogado General abre la puerta a la anulación de las hipotecas con IRPH, a su regulación por Euribor y a la devolución del dinero cobrado de más por la banca española que, según Goldman Sachs, podría alcanzar la cifra de 44.000 millones de euros. Para hacernos a la idea de la importancia de esta resolución, las cláusulas suelo supusieron 4.000 millones o la devolución del impuesto del impuesto de Actos Jurídicos Documentados podrían haber supuesto 5.000 millones si el Tribunal Supremo no hubiera cedido a las presiones del poder financiero.

En un sondeo realizado por el portal Reclamador.es, el 79,73% de los afectados por abusos bancarios que se encuentran reclamando con reclamador.es cree que la justicia europea se posicionará de parte del consumidor sobre la Hipoteca IRPH, como ya pasó con la cláusula suelo en 2017. Es decir, casi 8 de cada 10 españoles, señala la plataforma legal online de defensa de los consumidores, está convencido de que el Tribunal de la UE les dará más garantía y les protegerá dado el carácter abusivo del IRPH. Por otro lado, el 20,27% restante de los encuestados opina que esto no sucederá y que, por lo tanto, no habrá un revés a la banca.

En cuanto a la cuestión sobre si consideran que en caso de que la próxima sentencia sobre IRPH sea contraria a la banca, esta devolverá el dinero de forma voluntaria, sólo el 13,78% de los sondeados confía en que los bancos vayan a devolver voluntariamente todo lo cobrado de más por las Hipotecas IRPH a los afectados, unos 20.000 euros de media por afectado.

Si finalmente se abre la puerta a que los tribunales españoles anulen estos contratos hipotecarios porque los bancos no actuaron con transparencia en su comercialización, la desconfianza de que estos vaya a devolver el dinero de forma voluntaria a los afectados es alta: el 86,22% de los encuestados. No hay que olvidar que los afectados justifican que apostaron por hipotecas referenciadas a este índice porque las entidades bancarias les convencieron de que era un valor más estable y seguro que el euríbor.

Al respecto de estos resultados, Almudena Velázquez, abogada en reclamador.es, y experta en derecho bancario, considera que «la confianza de los consumidores está bajo mínimos en relación a los bancos, escarmentados de años de malas prácticas y abusos que sólo han podido repararse vía judicial pese a “inventos” como el Real Decreto Ley sobre la cláusula suelo que sirvieron para retrasar la devolución de las cantidades a los afectados. Precisamente, que casi el 80% de los encuestados confíe en la Justicia Europea como garante de sus intereses también señala nuestro reconocimiento a dicho Tribunal como la última instancia en defensa de los consumidores, cosa que por desgracia no ha ocurrido en ocasiones con el Tribunal Supremo».

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