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Gibraltar, un paraíso fiscal inexpugnable

El Gobierno de Londres sigue incumpliendo todos los acuerdos suscritos sobre el Peñón

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análisis

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Gibraltar es una colonia. Desde los años sesenta, Gibraltar figura en el listado de las Naciones Unidas de “territorios no autónomos pendientes de descolonización”. Este vestigio colonial destruye la unidad nacional y la integridad territorial de España. Es incompatible con la Resolución 1514 (XV) 1960, sobre descolonización. Naciones Unidas ha señalado que, en el proceso de descolonización de Gibraltar, el principio aplicable no es el de libre determinación de los pueblos sino el de restitución de la integridad territorial española. La cuestión de Gibraltar debe ser resuelta mediante negociaciones bilaterales entre España y el Reino Unido. La ONU ha venido recomendando estas negociaciones, ininterrumpidamente, desde 1965.

En cuanto al Istmo:

• En el Tratado de Utrecht sólo se cedían “la ciudad y el castillo de Gibraltar junto con su puerto, defensas y fortalezas que le pertenecen”. El Istmo (como las aguas adyacentes o el espacio aéreo suprayacente) no fue cedido por España, quedando siempre bajo soberanía española.

• La mera ocupación de facto continuada por los británicos no cumple los requisitos del Derecho Internacional para la adquisición de soberanía.

• Por eso, España siempre ha señalado que la ocupación del Istmo es ilegal y contraria al Derecho Internacional y, por tanto, ha reclamado siempre su devolución sin condiciones.

En la Declaración de Lisboa de 1980, ambos Gobiernos se comprometían a resolver el problema de Gibraltar en un espíritu de amistad y de acuerdo con las resoluciones pertinentes de las Naciones Unidas.

Posteriormente, la Declaración de Bruselas de 1984 desarrolló la de Lisboa: España y el Reino Unido sentaron las bases de un nuevo proceso negociador para solucionar todas las diferencias sobre el Peñón, incluidos los asuntos de soberanía. Hubo también intensas negociaciones en el período 2001-02, que no llegaron a buen término.

España continúa la defensa de sus reivindicaciones donde corresponde: en las Naciones Unidas, en particular en su Asamblea General, y también en el Comité de los 24, donde se discuten procesos de descolonización que, en el caso de Gibraltar, caen bajo el principio de integridad territorial de los Estados.

El Gobierno ha invitado en múltiples ocasiones al Reino Unido a retomar, a la mayor brevedad, la negociación bilateral sobre cuestiones de soberanía, interrumpida durante demasiados años sin haber obtenido contestación. También ha reiterado su disposición a negociar con el Reino Unido un nuevo mecanismo de cooperación regional “ad hoc”, que favorezca aspectos prácticos de dicha cooperación. Este mecanismo sustituiría al Foro Trilateral, que España considera extinto.

El nuevo esquema contemplaría la participación, además de España y del Reino Unido, de las autoridades locales gibraltareñas y también de las autoridades locales y regionales españolas, es decir, la Junta de Andalucía y la Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar; la Comisión estaría invitada.

«Hemos mantenido nuestras responsabilidades como Estado miembro de la UE y parte en el Acuerdo de Schengen. Con el apoyo y verificación de la Comisión hemos ejecutado un proyecto ambicioso de mejora de los controles en la Verja en beneficio de los ciudadanos que viven a uno y otro lado de ella. Al mismo tiempo, hemos intensificado nuestra lucha contra el contrabando y el crimen organizado, precisamente en cumplimiento de nuestras obligaciones en el marco de la Unión Europea y de Schengen», asegura el Gobierno español.

España vela también por  el respeto de la normativa tributaria de la UE, denunciando cuando consideraba ajustado al Derecho de la Unión Europea que se estaba infringiendo esta normativa en perjuicio del régimen tributario europeo. Para España y para otros Estados miembros de la UE, Gibraltar es un paraíso fiscal. Actualmente, la Comisión tiene abierta una investigación formal sobre ayudas de Estado en relación con el régimen fiscal societario del Peñón. España ha denunciado también ante la Comisión Europea la fiscalidad del sector del juego on line de Gibraltar.

También vigila aquellos comportamientos contrarios a la normativa UE en materia de medio ambiente y contrarios a la normativa internacional en materia de pesca.

El status de Gibraltar y la disputa sobre la soberanía de las aguas y sobre el Istmo tienen un impacto directo en algunos expedientes de la UE (asuntos de justicia e interior, medioambiente, aviación, etc.) ya que España no reconoce la ocupación del Istmo ni la Verja como frontera. En materia de aviación civil, para permitir la aplicación de la normativa UE y  de los Acuerdos con terceros, hemos hecho propuestas constructivas para encapsular el problema del aeropuerto de Gibraltar, construido por Reino Unido en el Istmo.

Gibraltar y Brexit

Gibraltar no forma parte integrante del Reino Unido, sino que es un territorio bajo soberanía británica del que el Reino Unido asume sus relaciones exteriores. En virtud del artículo 355.3 del Tratado de Funcionamiento de la UE, relativo al ámbito de aplicación de los Tratados de la UE, las disposiciones de los Tratados son de aplicación a Gibraltar en la medida de que es un territorio europeo cuyas relaciones exteriores son asumidas por una Estado Miembro (el Reino Unido).

El Tribunal de Justicia de la UE, también considera Gibraltar como una colonia, como ha afirmado en varias sentencias, la más reciente de 13 de junio de 2017.

Sin embargo, la aplicación de los Tratados está sujeta a una serie de características especiales definidas en el Acta de Adhesión de Dinamarca, el Reino Unido e Irlanda de 1972, que excluye a Gibraltar de:

-la Unión Aduanera

-la Política Comercial Común

-la Política Agrícola Común y la Política Pesquera Común

-la obligación de recaudar el IVA.

Gibraltar no forma parte del Espacio Schengen al igual que el Reino Unido

Brexit

Dado que el Derecho de la Unión Europea solo se aplica en el Peñón gracias a la pertenencia del Reino Unido a la UE,  la salida del Reino Unido de la UE implica necesariamente la de Gibraltar. Así se recoge en el punto 4 de las orientaciones del Consejo Europeo de 29 de abril de 2017 sobre el Brexit, y también en las instrucciones de la Comisión Europea.

Sobre las relaciones que después del Brexit vaya a mantener Gibraltar con la Unión Europea, hay que estar a lo dispuesto en el punto 24 de las orientaciones, que dice literalmente: “Una vez que el Reino Unido haya abandonado la UE, ningún acuerdo entre la UE y el Reino Unido podrá aplicarse al territorio de Gibraltar sin acuerdo entre el Reino de España y el Reino Unido”. Esto rige también para el período transitorio que eventualmente se acuerde, como se recoge en las orientaciones de 15 de diciembre y las instrucciones a la Comisión de 29 de enero de 2018.

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