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El Gobierno defiende las medidas de las autonomías contra el virus tras la decisión del juez de permitir fumar en la calle

El magistrado dejó sin efecto la norma adoptada por el Gobierno de Madrid porque considera que limita los derechos fundamentales y no se ha declarado un estado de alarma

Agustín Millán
Agustín Millánhttp://pompona22.wixsite.com/agustinmillan
Foto periodista especializado en manifestaciones y actos sindicales. Desde 2011 fotografiando la crisis más dura de la historia moderna. Responsable de redes sociales de la Cumbre Social España. Fotógrafo con 5 campañas electorales entre ellas la de Manuela Carmena y la de Enrique Santiago en IU Madrid.
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análisis

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El Gobierno defiende las medidas contra la covid-19 acordadas con las comunidades autónomas ante la supresión judicial en la Comunidad de Madrid. El magistrado dejó sin efecto la norma porque considera que limita los derechos fundamentales y no se ha declarado un estado de alarma.

La declaración de actuaciones coordinadas no es una disposición de carácter general sino un acto administrativo dirigido y notificado a unos destinatarios concretos, las 19 comunidades y ciudades autónomas, no genera una obligación a los ciudadanos sino exclusivamente a estas Administraciones y, por tanto, no precisa de una publicación oficial.

Desde el Gobierno se indica que el pasado 14 de agosto, el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, del que forman parte el Ministerio de Sanidad y las Consejerías de Sanidad de las comunidades y ciudades autónomas, acordó por unanimidad la declaración de una serie de actuaciones coordinadas en salud pública con el objeto de seguir controlando la pandemia.

El magistrado dejó sin efecto la norma porque considera que limita los derechos fundamentales y no se ha declarado un estado de alarma

Tras ese acuerdo, el Ministro de Sanidad aprobó una orden que se notificó a las CCAA, destinatarias de dichas actuaciones y las que deben adaptar el ordenamiento en su ámbito territorial para darle cumplimiento. El contenido de dicha declaración fue difundido públicamente en un ejercicio de transparencia.

Los instrumentos jurídicos que emanen de las comunidades y ciudades autónomas en cumplimiento de la declaración son vinculantes para los ciudadanos y por tanto es preciso que se publiquen oficialmente en los Boletines respectivos.

Desde Sanidad aseguran que las medidas contenidas en la declaración son proporcionales al objetivo pretendido y se basan en la legislación de salud pública que permite este tipo de actuaciones. Esta legislación habilita a la autoridad sanitaria competente a adoptar una serie de medidas cuando así lo exijan razones sanitarias de urgencia o necesidad.

En este caso, la adopción de las medidas previstas en la declaración corresponde a las comunidades autónomas, requiriéndose la autorización o ratificación judicial exclusivamente para las medidas que impliquen privación o restricción de la libertad o de otro derecho fundamental.

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