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El ex director de Trabajo de los ERES, a juicio

Varias personas resultaron beneficiadas injustificadamente con elevadas cantidades de dinero al aparecer la propia Dirección General de Trabajo como tomadora de los seguros

María José Pintor
María José Pintor
Periodista en cuerpo y alma, licenciada en Ciencias de la Información por la Universidad del País Vasco.
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análisis

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El juez de refuerzo del Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla ha dictado un auto en el que acuerda continuar como procedimiento abreviado las diligencias relativas a una pieza separada del caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE) contra el exdirector general de Trabajo y Seguridad Social de la Junta de Andalucía Francisco Javier Guerrero y otras cinco personas al entender que los hechos denunciados podrían ser constitutivos de delitos de prevaricación administrativa, tráfico de influencias y malversación de caudales públicos.

En un auto dictado el día 17 de septiembre, el juez también acuerda continuar el procedimiento contra las entidades Vitalia seguros y Holding Europeo Tindex en calidad de responsables civiles subsidiarios y da traslado de la causa al Ministerio Fiscal y a las acusaciones personadas para que, en el plazo común de diez días, soliciten la apertura de juicio oral formulando escrito de acusación, pidiendo el sobreseimiento de la causa o, excepcionalmente, la práctica de diligencias complementarias indispensables para formular la acusación.

Pólizas individuales

El juez explica en la resolución que el objeto de esta pieza separada “lo constituye lo que se han venido a denominar las “pólizas individuales”, en referencia a pólizas de seguro de rentas temporales y/o capital diferido concertadas, sin causa justificada, a iniciativa” del exdirector general de Trabajo, y todo ello “en beneficio -vía certificados individuales- de personas físicas de su entorno cercano, cuatro personas en este caso (amigos y vecinos), bien por propia iniciativa” de Guerrero o “bien por pedírselo la persona interesada”.

En este sentido, el instructor pone de manifiesto que estas personas “resultaron beneficiadas injustificadamente con elevadas cantidades de dinero al aparecer la propia Dirección General de Trabajo como tomadora de los seguros, cuyas primas se abonaron mediante el método de los llamados “pagos cruzados” a través de cartas remitidas” por el exalto cargo investigado “a compañías aseguradoras que ya disponían de fondos públicos -concedidos a través del denominado procedimiento específico (objeto, como es notorio, de otra causa penal)- para que determinadas cantidades fueran desviadas en beneficio de aquéllas personas para el pago de los seguros concertados individualmente sobre ellas”.

De este modo, el juez precisa que, así, “se habrían llevado a cabo pagos particularizados, directamente concertados por el entonces director general de Trabajo para beneficiar a cuatro personas con las que tenía cierta vinculación personal, aprovechándose del cauce abierto por aquel procedimiento específico”.

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