El juez denunciante de corrupción, Fernando Presencia Crespo, va a solicitar al Consejo General del Poder Judicial la aplicación del mismo convenio que sirvió para afrontar los gastos de la defensa del juez Pablo Llarena por la demanda de Puigdemont en Bélgica.

Para entender esta petición hay que recordar cómo Estado español, a través del Ministerio de Justicia capitaneado por Dolores Delgado, decidió asumir la defensa de Pablo Llarena por la demanda presentada ante el tribunal de instancia de Bruselas por el ex presidente catalán, Carles Puigdemont y 4 ex consellers, que consideraron que las manifestaciones del juez instructor de la causa del ‘procés’ ante un periodista, al salir de una conferencia, afectaban a su imparcialidad.

Fue la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial la que consideró que la demanda presentada por los políticos catalanes tenía que ver en cualquier caso con el ejercicio de las funciones judiciales del magistrado del Supremo, y ordenó que se le aplicara la inmunidad económica a que se refiere el artículo 296 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que hace referencia a que es el Ministerio de Justicia el que asume la responsabilidad por los daños causados por los jueces y magistrados en el ejercicio de sus funciones.

A partir de ese momento se activó el convenio, aún en vigor, firmado en el año 2010 entre el Ministerio de Justicia y el Poder Judicial en el que se establecía que «los Jueces y Magistrados integrantes de la Carrera judicial puedan encomendar su representación y defensa en juicio ante cualquier orden jurisdiccional a los Abogados del Estado, en los supuestos en que se dirija contra ellos alguna acción como consecuencia del legítimo desempeño de sus funciones o cargos», siendo obligación del Ministerio de Justicia, a través de la Abogacía General del Estado, prestar «asistencia letrada en juicio a los Jueces y Magistrados».

Por esa razón, el juez Presencia quiere pedir ahora la activación de ese mismo convenio para que el Estado le defienda frente a las querellas que le están interponiendo los denunciados por las denuncias anónimas por presunta corrupción que Presencia decidió incoar de oficio asumiendo personalmente la condición de denunciante como Juez Decano de los juzgados de Talavera de la Reina.

Dice en su escrito que, ante la falta de una previsión legal de las denuncias anónimas en el Reglamento del CGPJ sobre quejas y denuncias, y ante la evidencia de que los hechos denunciados eran notorios y que estaban causando alarma social, decidió asumir personalmente, en su condición de Juez Decano de los juzgados talaveranos, esas denuncias anónimas y que, por esa razón, las remitió a la Fiscalía General del Estado para que las investigara.

Uno de esos querellantes es el fiscal decano de esa demarcación territorial, Ángel Demetrio de la Cruz Andrade, que fue denunciado anónimamente ante el decanato de los juzgados de Talavera de la Reina por haber construido su chalet ilegalmente invadiendo la zona de policía y de servidumbre del arroyo de la Fuente o Berrenchín (en municipio toledano de Pepino) perteneciente al partido judicial de Talavera, y por cuyo motivo en el año 2009 fue ordenada su demolición por la Confederación Hidrográfica del Tajo.

A raíz de esa querella, el juzgado de instrucción nº 2 de Talavera de la Reina impuso al juez Presencia una fianza de más de un millón de euros para responder de todas las cantidades a las que pudiera ser condenado, a pesar de que el Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha ha reconocido que la denuncia anónima está siendo investigada por la fiscalía de Medio Ambiente y ha confirmado la orden de demolición del chalet del fiscal Ángel Demetrio de la Cruz porque su construcción fue ilegal.

Denuncias anónimas

Esta petición del juez Fernando Presencia de que se le apliquen las mismas acciones que a Pablo Llarena, enlaza con la presentación de una propuesta ante el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) para que se cree un instrumento que se canalicen las denuncias de corrupción presentadas bajo el anonimato que dependa del decanato de los juzgados, algo que no ocurre en la actualidad.

En España no hay ninguna normativa de protección a los denunciantes de corrupción y la inminente publicación de la Directiva sobre la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión, aconseja la adaptación urgente de los mecanismos tradicionales de quejas y denuncias en la administración pública, y en particular en la administración de justicia bajo la competencia del Consejo General del Poder Judicial, para lo que se propone la reforma del Reglamento 1/1998, del Consejo General del Poder Judicial, de tramitación de quejas y denuncias relativas al funcionamiento de los Juzgados y Tribunales, a fin de regular un instrumento de denuncias anónimas dependiente de los juzgados decanos en todos los partidos judiciales de España.

Esta proposición se fundamentaba en el texto de la Propuesta de Directiva del Parlamente Europeo y del Consejo relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión.

Uno de los mecanismos de protección del denunciante de corrupción es la denuncia anónima, y así se recoge también expresamente en la mencionada Propuesta de Directiva relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión, haciendo referencia a la introducción por la Comisión Europea del instrumento de denuncias anónimas contemplado en el Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre el informe de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones — Informe sobre la política de competencia 2017—, que está plenamente operativo.

1 COMENTARIO

  1. El Estado Español deja indefenso a cualquiera. ¿Acaso se sorprende?
    Esto forma parte del plan que usted debe ya saber o al menos intuir. No digo más.

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