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El Consejo de Ministros aprueba hoy aplazar un mes el pago de impuestos a pymes y autónomos

Podrán renunciar temporalmente al sistema de módulos y tributar por el sistema de estimación directa

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análisis

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El Consejo de ministros aprobará hoy una ampliación del pago de impuestos para pymes y autónomos y que puedan retrasar la liquidación de impuestos del 20 de abril al 20 de mayo. (Para las retenciones en el IRPF, el pago del IVA y a los pagos fraccionados de Sociedades).

La ministra de Hacienda y portavoz, María Jesús Montero, lo avanzó en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros del pasado viernes, donde aseguró que “estamos trabajando para ampliar los plazos de presentación y pago de la presentación tributaria para Pymes y autónomos para que no tengan que presentarla de manera obligatoria en el mes de abril».

También afirmó que “la fecha se ampliaría hasta el 20 de mayo. Los autónomos y Pymes podrán renunciar temporalmente al sistema de módulos y tributar por el sistema de estimación directa”.  

Ampliación de los plazos de los procedimientos tributarios

El pasado 17 de marzo, el Gobierno aprobó ampliar los plazos de los procedimientos tributarios, con el fin de que los contribuyentes puedan atender requerimientos y formular alegaciones. Esta flexibilización afectó a los procedimientos ya iniciados, distinguiendo entre los trámites abiertos, cuyo plazo se extenderá hasta el 30 de abril, y los que se fueran a abrir, donde el periodo de respuesta del contribuyente se extenderá hasta el 20 de mayo, aunque se respetará el plazo que otorgue la norma general en el supuesto de que sea mayor.

Hasta el 30 de abril, no se procederá en el procedimiento de apremio

Desde la entrada en vigor del Decreto y hasta el 30 de abril, no se procederá en el procedimiento de apremio a la ejecución de garantías que recaigan sobre inmuebles. La misma ampliación de plazos regirá para atender requerimientos, diligencias de embargo y formular alegaciones en los distintos procedimientos tributarios.

ampliación de plazos para el pago de deudas tributarias

también, se amplía los plazos para el pago de deudas tributarias en período voluntario derivadas de una liquidación de la Administración y de deudas en período ejecutivo, y también los pagos derivados de acuerdos de aplazamiento y fraccionamiento.

Los plazos no se ven afectados

Los plazos de presentación e ingreso de las autoliquidaciones y los plazos de presentación de las declaraciones informativas no se veían afectados, cuestión que han demandado el Consejo General de Economistas-Asesores Fiscales (Reaf) y la Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf).

Campaña Renta 2019

La Campaña de la Renta de 2019, vigente entre el 1 de abril y el 30 de junio, con un apartado presencial desde el 13 de mayo, se mantiene.

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