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El Consejo de Ministros aprobará el decreto de medidas urgentes para reactivar la Justicia

También aprobará que los Autónomos con pérdidas del 75 por ciento, podrán rescatar sus fondos de pensiones

Agustín Millán
Agustín Millánhttp://pompona22.wixsite.com/agustinmillan
Foto periodista especializado en manifestaciones y actos sindicales. Desde 2011 fotografiando la crisis más dura de la historia moderna. Responsable de redes sociales de la Cumbre Social España. Fotógrafo con 5 campañas electorales entre ellas la de Manuela Carmena y la de Enrique Santiago en IU Madrid.
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análisis

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El Consejo de Ministros estudia hoy aprobar el decreto de medidas urgentes para reactivar la Justicia, a propuesta de ministro Campos. También se estudiará que todos los autónomos que acrediten pérdidas de ingresos de más del 75 % podrán rescatar sus planes de pensiones, según figura en el borrador deal que difundió este viernes, las medidas tendrán un ámbito temporal limitado a la vigencia del estado de alarma y los tres meses siguientes.

Reactivación de la justicia

El decreto que previsiblemente se apruebe hoy, comprende un conjunto de actuaciones urgentes en los ámbitos procesal, concursal, organizativo y tecnológico, orientadas a reanudar la actividad judicial desde criterios de seguridad y flexibilidad.

Entre las medidas organizativas, el borrador del decreto observa que los funcionarios puedan acogerse de forma voluntaria a turnos de mañana y tarde, con el objetivo de que haya un incremento de la actividad y también se pueda favorecer la distancia interpersonal, ya que ésta deberá seguir manteniéndose.

Se plantea autorizar la movilidad del personal entre órganos judiciales de la misma jurisdicción y localidad, medidas destinadas a incrementar progresivamente la capacidad de respuesta de la Administración de Justicia frente a la pandemia.

Desde el departamento que dirige Juan Carlos Campos se quiere fomentar el teletrabajo, la atención a distancia del público y la realización de actos procesales de manera telemática para que los juzgados sean habilitados como centros de trabajo limitados y restringidos al acceso exterior. También se ampliarán de manera extraordinaria los plazos procesales para facilitar el progresivo restablecimiento de la actividad judicial.

Del 11 al 31 de agosto, días hábiles para las actuaciones judiciales

Para dar respuesta a la previsible ‘avalancha’ de nuevos pleitos, una de las medidas que están sobre la mesa es declarar como hábiles las actuaciones judiciales los días 11 a 31 de agosto, exceptuando los fines de semana y festivos.

Esta medida está siendo muy criticada por asociaciones de jueces, abogados y fiscales, puesto que, con carácter general, este mes es inhábil en el ámbito de la Administración de Justicia.

La tercera medida, es la puesta en marcha consensuada de planes de choque en las jurisdicciones social, contencioso-administrativa y mercantil, donde se prevé una mayor afluencia de asuntos tras el parón de la actividad económica.

El plan integral del Ministerio de Justicia para combatir los efectos de la crisis se engloba dentro del proyecto #Justicia2030, que incluye también una ley de impulso y agilización procesal que contendrá medidas a medio y largo plazo para tratar de avanzar hacia una mejor gestión en los órganos judiciales y en su transformación digital. Este documento se aprobará a lo largo del mes de mayo.

Autónomos con pérdidas del 75 % podrán rescatar sus fondos de pensiones

Los autónomos que acrediten pérdidas de ingresos de más del 75 % podrán rescatar sus planes de pensiones privados, aprobará hoy el Gobierno.

En el documento se amplía los casos en los que un afectado por el covid-19 puede acudir para recuperar una parte de su dinero. Ya no se limita a los empleados bajo ERTE o empresarios que hayan tenido que cerrar temporalmente sus negocios por el estado de alarma o hayan cesado definitivamente su actividad durante este período y hasta un mes después de que se decrete el fin del confinamiento, como hasta ahora.

Los trabajadores por cuenta propia que hayan sufrido una merma de las tres cuartas partes de su facturación habitual podrán solicitarlo. La cuantía máxima para recuperar cada mes son 1.613 euros y para calcular la pérdida de ingresos se tomarán como referencia con los resultados del último trimestre.

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