La “Asociación contra la corrupción y en defensa de la acción pública” (ACODAP), liderada por el ex juez decano de Talavera de la Reina, Fernando Presencia, ha interpuesto una denuncia ante el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) contra la magistrada Rosa María Brobia Varona quien, según la asociación, debió de cesar en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 4 de la Ciudad de la Cerámica el día 3 de junio, como consecuencia de haberse publicado su nuevo destino en el BOE el día anterior.

Ese nuevo destino es el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción, casualmente también número 4, de la ciudad madrileña de Coslada. En consecuencia, la jueza denunciada ha cambiado tanto de provincia como de Comunidad autónoma.

Según la publicación del Boletín del día 2 de junio “los Magistrados/as nombrados/as en el presente real decreto, cesarán en sus actuales destinos el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado”. Resaltamos que esto deja claro que se trata del día 3.

Sin embargo, Brobia Varona podría haber decidido resolver un recurso, en uno de los procedimientos seguidos en su anterior juzgado de Talavera de la Reina, dos días después de su cese, el 5 de junio, cuando ya no tenía ningún tipo de jurisdicción en ese órgano.

Da la casualidad de que, según ACODAP, la nueva magistrada de los juzgados de Coslada tenía que haber cesado en su anterior destino de Talavera de la Reina antes del levantamiento de los plazos procesales que se produjo el día 4 de junio por el estado de alarma, por lo que, según ACODAP, la jueza denunciada podría haber prolongado ilegalmente su jurisdicción hasta el día 5 para resolver un asunto en el que podría estar directamente interesada. Ahí estaría la clave de tan gravísima irregularidad/ilegalidad.

Y es que, aunque el auto lleva la fecha del mismo día de la publicación de la orden de traslado, el 2 de junio, la asociación denunciante sospecha que la firma de dicha resolución pudo producirse en un momento posterior, teniendo en cuenta que la notificación no se produjo hasta 3 días después “por lo que resulta imprescindible la investigación de los metadatos que permitan comprobar cuando se creó el documento, lo que arrojaría luz sobre cuando se firmó la resolución”, dice ACODAP en su denuncia.

El asunto es extremadamente espinoso para sus superiores del CGPJ, porque el artículo 402 del Código Penal castiga con la pena de prisión de uno a tres años la usurpación de funciones públicas, un delito que según la asociación denunciante «podría haber cometido Rosa María Brobia si se demuestra que fue ella la que firmó esa resolución careciendo ya de funciones jurisdiccionales en su antiguo destino».

Si esto último fuera cierto, la jueza denunciada (que accedió a la carrera judicial por el cuarto turno y no por el turno libre de oposición) podría haber cometido además un presunto delito de falsedad en documento público y oficial.

En cualquier caso, señala ACODAP que toda esa in formación que ha pedido al CGPJ sobre los metadatos del documento, los precisa para completar la querella que ya deja señalado que piensa interponer contra Brobia Varona por el delito de prevaricación judicial “a la vista de la manifiesta ilegalidad de los razonamientos que se contiene en la propia resolución”.

La nueva jueza de Coslada  considera que el ex juez decano de Talavera de la Reina, y presidente de ACODAP, no pudo ser víctima de ningún delito de represalias por parte del juzgado que ordenó a la Policía Nacional su detención, a pesar de reconocer que hubo un “mal entendimiento” en la ejecución de esa orden, porque según refiere expresamente el propio auto fechado supuestamente el 2 de junio “Fernando Presencia no forma parte de ningún colectivo especialmente vulnerable” y en consecuencia sí que podía ser detenido ilegalmente.

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