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Clamor contra la injusticia con Juana Rivas

Desde la secretaria de Estado por la Iguladad,Soledad Murillo, hasta el feminismo, el asociacionismo y la izquierda, se posicionan contra la polémica sentencia del juez que la condena a cinco años de cárcel y seis años sin ver a sus hijos

María José Pintor
María José Pintor
Periodista en cuerpo y alma, licenciada en Ciencias de la Información por la Universidad del País Vasco.
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análisis

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Las movilizaciones en diferentes puntos de España no se han hecho esperar. La polémica está servida con una injusto y temerario fallo a Juana Rivas, a la que la sentencia del juez condena a cinco años de prisión y seis sin ver a sus hijos.

Plataformas varias piden el indulto al Gobierno, a pesar de no haberse todavía agotado todas las vías legales para evitar el ingreso en prisión, como es el caso de https://www.osoigo.com/es/alicia-pineda-apoyais-el-indultoparajuanarivas.html .

La propia secretaria de Estado por la Igualdad, Soledad Murillo, fue de las primeras, tras conocerse el fallo, en destacar su disconformidad en su cuenta de twitter: “Diez días para recurrir una sentencia q acato, pero no comparto. Es preocupante que se condene a #JuanaRivas por sustracción de menores y, en cambio,su marido lleve 2 años sin ser juzgado por #violenciadegénero en Italia?? Son circunstancias a tener en cuenta.”:

El juez Garzón no ha dudado en unirse a la solicitud de indulto para Juana Rivas, mientras la Asociación de Mujeres Juezas, que preside Gloria Poyatos, explica que “Desde AMJE seguimos manteniendo que lo que se percibe como decisiones desproporcionadas o dictadas al margen de la realidad social no son sino el producto de ignorar la obligación de integrar la perspectiva de género en la aplicación del derecho, y con ella interpretar la norma salvaguardando los Derechos Humanos.”

La Asociación de Mujeres Juezas entiende que “la persistencia de estereotipos en la labor judicial, como aquellos que afirman la existencia de un perfil típico de maltratador primario y atávico que forzosamente tiene que ser perceptible, no solo por la víctima, sino también por su entorno; o los que cuestionan la veracidad del testimonio de la mujer por no denunciar los hechos mientras el maltrato se producía llevan a valoraciones de la prueba e interpretaciones de la norma que, aunque legales, corren el riesgo de consagrar una manifiesta injusticia”.

Mujeres Juezas

Para AMEG, existen recientes pronunciamientos judicales que, de forma expresa, integran el mandato de aplicar la perspectiva de género y la necesidad de atender a las particulares circunstancias que pueden darse frente a quien denuncia ser víctima de violencia machista. La Sentencia de la Sala 2a del Tribunal Supremo de 13 de junio de 2018 es clara cuando dice que:

Tampoco será un elemento negativo hacia la víctima la circunstancia de que tarde en denunciar en hechos de violencia de género, dadas las especiales circunstancias que rodean a estos casos en los que las víctimas pueden tardar en tomar la decisión en denunciar por tratarse el denunciado de su pareja, o ex pareja, lo que es un dato que puede incidir en esas dudas de las víctimas que están sometidas a esa especial posición psicológica en la que quien les ha agredido es su propia pareja”

“La no integración de esta perspectiva y un posicionamiento de la justicia que no atendió suficientemente las denuncias de maltrato realizadas por la madre de una menor ya llevó aparejada la conocida condena del Comite CEDAW de Naciones Unidas a España por el asesinato de la hija de Angela González (Dictamen de 16 de julio de 2014) entre cuyas recomendaciones a nuestro país, se incluye expresamente:

“Tomar medidas adecuadas y efectivas para que los antecedentes de violencia doméstica sean tenidos en cuenta en el momento de estipular los derechos de custodia y visita relativos a los hijos, y para que el ejercicio de los derechos de visita o custodia no ponga en peligro la seguridad de las víctimas de la violencia, incluidos los hijos” , explican las mujeres Juezas.

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