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Caso Popular: la Justicia empieza a aplicar la «Doctrina Botín II» para proteger al Santander

Esteban P. Cano
Esteban P. Cano
Escritor y Periodista de investigación
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análisis

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Tan mal se estaban poniendo las cosas al Santander en el Caso Popular que, nuevamente, han tenido que ser los propios órganos de Justicia los que se han visto obligados a tomar otra decisión para blindar al banco presidido por Ana Patricia Botín de las demandas de los afectados del Popular.

En este caso no se trata de un sistema de protección orientado sólo por el Caso Popular, sino que tiene relación con los miles de millones de euros que el Santander se está jugando en litigios.

En concreto, la Audiencia Provincial de Cantabria no ha reconocido la obligación de la entidad presidida por Ana Patricia Botín de resarcir a los afectados del Banco Popular. Según la decisión del organismo las personas que fueron arruinadas tras la resolución de la sexta entidad financiera del país no tienen derecho a pleitear porque «el posible deber de restitución a cargo de la entidad bancaria deja de existir tras el instrumento de resolución aplicado por el FROB en su resolución de 7 de junio de 2017», según ha publicado VozPopuli.

Esta decisión pretende, no sólo cerrar la vía de reclamación civil basada en el estado de las cuentas y en la ampliación de capital de 2016 (una vía que, como hemos publicado y analizado en Diario16, es errónea), sino también cualquier acción civil contra el Santander sobre la base del enriquecimiento ilícito, una estrategia de litigio más acorde con lo que realmente ocurrió.

Sin embargo, lo que la Audiencia Provincial de Cantabria, casualmente, ha aplicado es la Doctrina Botín II que se implementó en la Audiencia Nacional para desimputar al Santander tras la decisión adoptada por el juez Calama.

Nuevamente, todos los resortes del Estado puestos en funcionamiento para salvar al banco presidido por Ana Patricia Botín. Según los argumentos del Santander, el día 7 de junio de 2017 nació un «banco nuevo» que nada tenía que ver con el «banco viejo». Con este argumento lograron que la Audiencia Nacional los desimputara. Lo que no afirma el Santander es que se ha beneficiado de los activos de ese «banco viejo» hasta el punto de que utilizó, según un informe pericial presentado ante la Justicia, la ampliación de capital de 7.000 millones para tapar el agujero provocado por el cambio del tipo de divisa. Por no hablar de los beneficios que ha obtenido con la venta de activos inmobiliarios, los créditos fiscales o el negocio de Pymes, por citar algunos.

Para justificar la existencia de un nuevo y un viejo Popular el recurso del Santander afirmaba lo siguiente: «se produjo la completa e inmediata renovación de los órganos de administración y de alta dirección de Banco Popular. Banco Santander ha puesto al frente a un equipo gestor que se ha hecho cargo de la delicada situación de la entidad y ha conseguido que el nuevo Banco Popular se encuentre saneado y deje atrás los problemas de liquidez que lo convirtieron en inviable y forzaron su resolución». Esto es algo habitual cuando se produce la compra de una entidad o de una empresa: cambiar al Consejo de Administración, por lo tanto, no es una causa para determinar que el día 7 de junio naciera un nuevo Banco Popular.

Además, afirmó que el hecho de que Santander inyectara liquidez en la entidad el mismo día de su compra es otra demostración de que ese era el nuevo banco, olvidándose del hecho de que el Popular disponía, según un informe del Banco de España, de liquidez suficiente para estar en disposición de funcionar con normalidad el día 7 de junio.

La Audiencia Provincial de Cantabria ha «comprado» esos argumentos del mismo modo en que lo hizo la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, sala donde, por cierto, está trabajando el juez Fernando Andreu. Esto es una distrofia jurídica y, como suele ocurrir con la entidad cántabra o con la familia Botín, los órganos judiciales españoles siempre retuercen la ley para justificar las decisiones que siempre les exoneran de delitos e irregularidades cometidas. Ya se creó la «Doctrina Botín» para evitar que Emilio Botín fuera condenado por el escándalo de las cesiones de crédito. Ahora se ha creado la «Doctrina Botín II» para evitar que el Santander tenga que hacer frente a su responsabilidad en la operación del Banco Popular.

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