viernes, 26abril, 2024
11.3 C
Seville

Banco Santander podría llevar entre 3 y 5 años incumpliendo directivas europeas

De cara a la próxima Junta General de Accionistas, Banco Santander propone una modificación para ajustar sus estatutos a la trasposición a la normativa española de una directiva europea que entró en vigor en el año 2017 y que debería haber sido traspuesta en 2019

José Antonio Gómez
José Antonio Gómez
Director de Diario16. Escritor y analista político. Autor de los ensayos políticos "Gobernar es repartir dolor", "Regeneración", "El líder que marchitó a la Rosa", "IRPH: Operación de Estado" y de las novelas "Josaphat" y "El futuro nos espera".
- Publicidad -

análisis

- Publicidad -

Tal y como hemos publicado en Diario16, tanto Banco Santander como Ana Patricia Botín están pendientes de una sentencia en la que podrían ser condenados por su presunta manipulación de las juntas de accionistas.

Sin embargo, hay un punto propuesto en el orden del día de la Junta General de Accionistas que se celebrará el próximo día 1 de abril al que ya se hizo referencia en la vista de conclusiones finales del juicio y que podría, según han confirmado a Diario16 fuentes jurídicas especialistas en Derecho de la Unión, revelar que desde el año 2017 Banco Santander podría haber estado, presuntamente, vulnerando directivas europeas en referencia a la gestión de las delegaciones de voto de sus grandes accionistas.

Esa modificación estatutaria para adaptarse a la nueva legislación se hace en base a la trasposición de una directiva europea en 2021. Sin embargo, esa directiva entró en vigor en el año 2017 en todo el territorio de la Unión Europea y debió haber sido traspuesta por España en 2019. Por lo tanto, la modificación de los Estatutos se debió haber hecho en esas fechas y, en consecuencia, el Santander habría permitido que algunos de los custodios que son máximos accionistas hayan ocultado la identidad final de los dueños reales de las acciones.  

Concretamente, la Directiva 2017/828 fue publicada el 20 de mayo de 2017 y señala que «entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea», es decir, el 10 de junio de ese año. Respecto al plazo de trasposición, se indica claramente que «los Estados miembros adoptarán y publicarán a más tardar el 10 de junio de 2019 las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la presente Directiva. Comunicarán inmediatamente a la Comisión el texto de dichas disposiciones».

En el documento donde se exponen los puntos del orden del día se propone «la introducción de un nuevo apartado 5 en el artículo 6 y la modificación del apartado 2 del artículo 12 de los Estatutos para recoger en las disposiciones estatutarias las modificaciones relativas al conocimiento de los beneficiarios últimos de las acciones y a la transmisibilidad de las acciones de nueva emisión introducidas en la Ley de Sociedades de Capital».

En concreto, el Consejo de Administración presidido por Ana Patricia Botín propone que el nuevo redactado del apartado 5 del artículo 6 de los Estatutos del Santander sea el siguiente:

En el juicio contra Ana Patricia Botín y Banco Santander, el abogado y accionista Eduardo Martín Duarte se refirió al hecho de que el BNY Mellon (uno de los mayores bancos depositarios de acciones del Banco Santander que ostenta más de 563 millones de acciones en depósito de accionistas institucionales equivalentes al 3,5% del capital del Santander) en respuesta a la solicitud del Banco Santander, emitió una delegación por 563.404.158 acciones en la que, tras recibir la delegación confeccionada por el propio Banco Santander, manifestaba que «de acuerdo con nuestros procedimientos habituales, hemos examinado las delegaciones recibidas, pero no garantizamos la autenticidad de las firmas de las mismas, ni asumimos ninguna responsabilidad sobre la legalidad de cualquier delegación».

En la vista de conclusiones finales, que se celebró posteriormente al juicio en el que declaró Ana Patricia Botín en calidad de demandada, Martín Duarte señaló, en referencia a ese documento del BNY Mellon que «un banco depositario del 3,5% del capital social del Banco Santander remite las delegaciones recibidas del Santander manifestando que ‘no garantiza la autenticidad de las firmas ni asume ninguna responsabilidad sobre la legalidad de ninguna de las delegaciones’, y esas delegaciones cuya autenticidad y legalidad no son garantizadas son computadas para la válida constitución de la junta, para aprobar las propuestas del consejo y rechazar las de los accionistas; mientras que los máximos representantes de la junta de accionistas, la presidenta y el secretario, eluden responder quién supervisa la validez de las delegaciones».

Sólo hay que comparar las modificaciones propuestas y lo que se presentó en el juicio del BNY Mellon para entender la importancia de esta modificación estatutaria que, evidentemente, saldrá aprobada sin problemas por el «rodillo institucional» que controla con mano de hierro Ana Patricia Botín.

- Publicidad -
- Publicidad -

Relacionadas

- Publicidad -
- Publicidad -

3 COMENTARIOS

  1. Santander lleva entre 3 y 5 años incumpliendo directivas europeas
    y robando bancos junto con EUROPA.
    engañando a sus accionistas
    Comprando la justicia
    Comprando a los politicos
    mandando en España
    Estafando
    ocultando su insolvencia

  2. No pasa nada.
    Los dueños del Santander son los mismos de la UE, es decir los fondos sionistas Blackrock y Vanguard.
    Ellos deciden qué es saltarse las leyes y qué no lo es.

DEJA UNA RESPUESTA

Comentario
Introduce tu nombre

- Publicidad -
- Publicidad -
- Publicidad -
- Publicidad -

últimos artículos

- Publicidad -
- Publicidad -

lo + leído

- Publicidad -

lo + leído