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Archivo y sobreseimiento libre de una denuncia por agresión sexual que nunca ocurrió

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análisis

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La Sección nº 6 de la Audiencia Provincial de Madrid reconoce la inocencia de un denunciado de un delito contra la libertad sexual, que ni si quiera conocía a la víctima, y cierra el caso confirmando la tesis de sus abogados penalistas especialistas en este tipo de denuncias

La Audiencia Provincial de Madrid desestima el recurso de apelación contra un auto de archivo libre en un procedimiento penal al determinar “que no existía ni un solo indicio racional de criminalidad” para considerar que los hechos se pudieran haber cometido.

Los hechos se remontan según la víctima al verano de 2015, cuando viajó a Madrid a vivir con unas amigas. Sin embargo, no es sino hasta 2019 cuando se interpone la denuncia, coincidiendo con que el supuesto agresor saltó a la fama tras sus éxitos en una serie de televisión.

Relata en su denuncia, que un día acudió con sus compañeras de piso a un bar, en donde conoció al denunciado, quien era un amigo de sus compañeras de piso, y que ambos se llevaron muy bien, tanto que lo invitó a tomar copas en su casa esa misma noche, iniciando una supuesta amistad que que se prolongaría hasta mediados de 2016. Durante todo este tiempo algo muy extraño le sucedía cuando quedaba con él, ya que nunca podía recordar al día siguiente qué había pasado la noche anterior y se despertaba con algunos doloeres musculares.

En el verano de 2016 ella regresó a su lugar de origen y perdió contacto con quien hasta entonces había sido su amigo. Cuatro años después en 2019, estando en su casa, vió en televisión a quien había sido su antiguo “amigo”, pero justo en ese momento algo pasó, le llegaron los recuerdos de todo lo que le había ocurrido en aquellas noches que salía con él, por lo que se vio motivada a denunciar los hechos.

Ante la gravedad de la denuncia, la Policía citó al denunciado ante la Jefatura Provincial de Policía; sin embargo para los propios agentes, algo no cuadraba. El denunciado se personó voluntariamente en las dependencias policiales acompañado de su abogado defensor, el abogado penalista Juan Gonzalo Ospina de Ospina Abogados. Como no podía ser de otra manera, negó tajante los hechos, negó conocer a la denunciante, y respondió a todas y a cada una de las preguntas formuladas por los agentes.

Antes de remitir el atestado policial al juzgado, los agentes contactaron con los únicos testigos objetivos del caso, las compañeras del piso de la denunciante para preguntarles sobre los hechos. En este caso las compañeras, negaron la versión de la denunciante, y reconocieron que el supuesto agresor nunca había estado en el domicilio, y que efectivamente no se conocían.

El delito por el que denunció la supuesta víctima, el de agresión sexual con acceso carnal es el delito más grave de los que protegen la libertad sexual, y el Código Penal lo regula como violación. La pena de prisión va hasta los 12 años de prisión, e incluso puede ser agravada hasta 15 años, si se hubiera llegado a probar que las agresiones fueron realizadas por dos o más personas.

En sede policial, los agentes le preguntaron a la denunciante si tenía alguna prueba de los hechos denunciados. Algún parte médico por las molestias musculares sufridas, videograbaciones, mensajes de texto o llamadas con el supuesto agresor que pudieran corroborar por lo menos su amistad con él o los supuestos encuentros; sin embargo, la denunciante no tenía nada. Por último, preguntada de porqué tardó 4 años en denunciar, al no existir vínculo económico o social que le impidiera hacerlo, no ofreció respuesta.

En sede judicial, los abogados penalistas del denunciado por la agresión sexual, Juan Gonzalo Ospina y Beatriz Uriarte Arreba de Ospina Abogados, solicitaron la práctica de diversas diligencias al Juez: testificales, geolocalización de los teléfonos móviles, llamadas de teléfono de las compañías telefónicas, y la declaración de las compañeras de piso de la denunciante, quienes corroboraron la versión del denunciado; esto es, que él nunca se había presentado en ese domicilio.

Se acreditó que el denunciado ni siquiera se encontraba en Madrid en el momento de los hechos, que en ese entonces tenía una pareja estable, por lo que se presentó la solicitud de archivo y sobreseimiento libre de la causa alegando que el testimonio del defendido era lo suficientemente sólido para demostrar su inocencia, que se había visto reforzado por la declaración de su entonces pareja y el de las compañeras de piso de la denunciante.

De conformidad con lo solicitado por la defensa, el juzgado de Instrucción de Madrid dictó el auto de sobreseimiento libre y archivo de las actuaciones, interesando lo mismo el Ministerio Fiscal.

No conforme con ello, la acusación particular presentó un recurso de Apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid. Finalmente la Audiencia desestimó el recurso y confirmó el auto de archivo destacando que la investigación había sido muy minuciosa y a pesar de ello no se desprendía “el menor indicio de que la denunciante fue víctima de una agresión sexual”.

El denunciado a este diario refirió, que presentará una denuncia con sus abogados expertos en penal por denuncia falsa y simulación de delito, contra la que en su día le denunció falsamente, sin conocerle y con el único fin entiende él, de buscar una satisfacción económica.

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