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Ya se puede pedir el voto por correo para las elecciones del 4 de mayo en Madrid

El plazo finaliza el próximo 24 de abril

Agustín Millán
Agustín Millánhttp://pompona22.wixsite.com/agustinmillan
Foto periodista especializado en manifestaciones y actos sindicales. Desde 2011 fotografiando la crisis más dura de la historia moderna. Responsable de redes sociales de la Cumbre Social España. Fotógrafo con 5 campañas electorales entre ellas la de Manuela Carmena y la de Enrique Santiago en IU Madrid.
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análisis

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Ya está disponible la solicitud del voto por correo para las elecciones convocadas por la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, el próximo 4 de mayo:

Plazos para votar. El voto por correo se puede solicitar hasta el día 24 de abril de 2021. El votante recibirá después en su domicilio la documentación electoral. Cuando la tenga podrá ejercer su derecho en ese mismo momento y entregarle directamente al cartero el sobre con su voto. O bien, llevarlo en otro momento a una oficina de Correos.

Solicitud. La solicitud puede hacerse de manera presencial en cualquier oficina de Correos o electrónicamente en la página web habilitada. Para esta segunda modalidad es necesario disponer de un certificado DNI Electrónico (obtener DNI Electrónico) o un certificado digital validado por Correos y tener instalado en su ordenador AutoFirma. Cuando se cumplimente el formulario con los datos y la firma electrónica, la Oficina del Censo Electoral revisará la solicitud. Tras aprobarla, remitirá a la dirección indicada en la solicitud la documentación para poder realizar el voto.

¿Quiénes pueden solicitar el voto por correo? Todos los electores madrileños tienen derecho a hacer la solicitud. Pero si la Oficina del Censo Electoral la admite, el elector ya no podrá votar en la mesa electoral el día de la votación. También podrán solicitar el voto por correo los electores residentes en el extranjero que se encuentren temporalmente en España y tengan derecho de voto en estas elecciones. En cambio, ni los electores residentes en España que se encuentren temporalmente en el extranjero, ni los electores residentes en el extranjero que lo soliciten desde su país de residencia podrán presentar la solicitud.

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