El acuerdo firmado esta mañana entre el Gobierno y los autónomo, establece mayor protección para los trabajadores y trabajadoras por cuenta propia, que verán incrementada su cuota en 64 euros el próximo año. A cambio de este subida, cotizarán por contingencias profesionales, incapacidad temporal, cese de actividad y formación, a las que ahora no estaban obligados.
Este colectivo, de más de 3,2 millones de trabajadores y trabajadoras, logran importantes mejoras y mayor protección.
Base mínima de cotización
La base mínima de cotización subirá un 1,25% a partir del 1 de enero de 2019, hasta los 944,35 euros al mes, y el tipo de cotización pasará del 29,8% al 30%. Lo que supone 5,36 euros más al mes (64 euros más al año). En el caso de los autónomos societarios el alza será de 82 euros. Este incremento está por debajo de la media de los últimos quince años.
Prestación por cese de actividad
El acuerdo flexibiliza y amplía la duración de la prestación por cese de actividad, equivalente a la prestación por desempleo, que pasa de 12 meses a 24. Una ayuda que, en el caso de los autónomos, por los requisitos exigidos, era imposible de cumplir.
Bajas laborales
Los autónomos cobrarán la prestación por accidente laboral desde el primer día de baja, tendrán acceso a la formación continua y reciclaje profesional y dejarán de cotizar a la Seguridad Social el segundo mes de baja por enfermedad o incapacitación temporal hasta el momento del alta.
Los autónomos cobrarán la prestación por accidente laboral desde el primer día de baja
La tarifa plana sube a 60 euros
La tarifa plana se mantiene con las mismas condiciones y pasará de los actuales 50 euros a 60 euros. Esta cantidad comprenderá las contingencias comunes y las profesionales. Los trabajadores que se beneficien de esta reducción de cuotas no tendrán que cotizar por cese de actividad. Los requisitos para percibir este tarifa reducida son que el autónomo cause alta inicial o que no hubiera estado en situación de alta en los dos años inmediatamente anteriores, a contar desde la fecha de efectos de alta, en el régimen especial de autónomos. A partir del año que viene se incluirá a los trabajadores agrarios, que en su caso pagarán 50 euros.
Madres trabajadoras autónomas
Para las madres autónomas, el pacto implica que, dentro de los 24 meses posteriores a la prestación por baja de maternidad, puedan contar con una tarifa plana de 60 euros durante un año sin necesidad de cesar previamente de su actividad.
Pluriactividad
El trabajador no tendrá que reclamar la devolución del exceso de cotizaciones pagadas a la Seguridad Social en caso de pluriactividad, (autónomos que también tienen un trabajo por cuenta ajena). Está previsto el reintegro del 50% del exceso en que sus cotizaciones por contingencias comunes cuando superen la cuantía que se fije en los Presupuestos para cada ejercicio. La devolución será de oficio desde mayo.