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Una pregunta interesante

Josep Jover
Josep Jover
Abogado especializado en Derechos Humanos de Tercera Generación y gestor de conflictos. Es uno de los juristas más importantes en Derecho de la Unión europea donde ha llevado frente al TJUE novedosos casos
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análisis

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A veces, te hacen con la excusa de que para ellos eres un experto en un tema, preguntas que te desarman.

Miraré de ser lo más fiel al texto que me ha llegado, presenvando la anonimicidad del remitente.

“Me dirijo a usted nuevamente en relacion con la duda que en esta ocasión nos surge motivo de la comunicación de fecha 8 de marzo aparecida en el portal de VIA DENUNCIA en relacion a la Incorporación de la Directiva Whistleblowers a nuestro ordenamiento interno a través de la Ley 2/2023, de 20 de febrero.

A dicho respecto, ya en mi anterior email hacia alusión a las limitaciones que la citada transposición supondría para el «justiciable de a pie» que haya sido víctima de actos de corrupción cometidos por funcionarios de la Administración de Justicia, en la medida que parece que solo serán amparados por dicha normativa aquellas personas que hayan obtenido la información sobre infracciones en un contexto laboral o profesional.

Siendo asi, la duda surge sobre si los abogados y procuradores – en su relacion profesional con la Administración de Justicia – en su labor de defensa legal de un cliente pueden formalizar denuncia al amparo de la citada transposición por presuntas infracciones dentro del procedimiento vinculadas a la corrupción judicial.

Gracias por su amable atencion y quedo a la espera de conocer su inestimable valoración.

Reciba un cordial saludo”

La respuesta es “SI”, pueden hacerlo, y si no se fian de una Agencia presuntamente independiente adscrita al Ministerio de Justicia, tienen la facultad de escoger otro canal externo independiente, del estado español, o de otro. Y además les asiste el derecho de efectuar la denuncia anónima.

De todas maneras, me queda una gran duda.

Ya sabemos que pueden, pero en su responsabilidad como colaboradores privilegiados de la Justicia, ¿DEBEN?.

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