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Un padre en proceso de separación solicita que un amigo de la madre no se acerque a su hijo de 9 años por su condición de homosexual

La defensa del progenitor alude a la posibilidad de que presente un certificado de delitos sexuales y se empeña en evitar que lo lleve a las fiestas del Orgullo Gay

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Un padre en proceso de separación ha exigido que no se permita a un amigo intimo de su ex mujer acercarse a su hijo de nueve años de edad por el simple hecho de su condición de homosexual. La petición se produjo por sorpresa en los alegatos finales de la defensa del progenitor del menor, durante la vista de medidas urgentes celebrada el pasado 23 de julio de 2019 en el Juzgado de Primera Instancia número 2 de Inca, en Baleares, cuyo titular es el magistrado Salvatore Torrisi Furnari.

El padre pide que se prohíba al amigo de la madre acercarse al niño porque está “casado con otro hombre y no queremos nosotros esta relación para nuestro hijo”

“He tenido un miedo absoluto a todo en todo este proceso, pero sobre todo a no poder ver al niño”, asegura a Diario16 David Alcón, la presunta víctima de homofobia. “Por mi condición sexual nadie ni nada me puede prohibir que pueda acercarme a nadie”, añade.

La reclamación del abogado defensor del progenitor de los menores, Guillermo Batle Alorda, que además es el padrino del padre del niño, se produjo en las alegaciones finales del proceso de medidas urgentes, por lo que el juez consideró en la sentencia que, aunque el artículo 158.4 del Código Civil contempla la medida de prohibir aproximarse al menor por parte de progenitores, tutores, otros parientes o terceras personas, esta petición se produjo en las conclusiones finales, “de forma totalmente sorpresiva para todas las partes y el propio juzgador, quien no pudo formular al testigo o a la propia madre ninguna pregunta sobre la medida interesada”.

Por todo ello, este amigo íntimo de la madre y del menor, que está casado, ha anunciado que presentará una denuncia por presunto delito de odio y por contravenir el artículo 14 de la Constitución Española, relativo a discriminación por razón de sexo.

Durante sus alegaciones finales, la defensa del padre llegó incluso a reclamar a este amigo de la madre del menor que presentara ante el juez un certificado de delitos sexuales, algo que finalmente ha hecho para no interferir en el proceso judicial por la custodia del pequeño, que actualmente está a la espera del juicio definitivo, en el que el padre ha pasado de reclamar la custodia compartida a pedir la completa.

En el alegato final durante el juicio de medidas urgentes, la defensa del progenitor también exigió que sus reclamaciones constaran por escrito, aunque en la sentencia el juez detalla que todas estas peticiones deben formar parte de “una pieza separada del proceso principal y en aras de evitar indefensión de alguna parte o del propio interesado en la medida”. El juez concluye en la sentencia de medidas urgentes de separación que no le corresponde pronunciarse “en este momento procesal sobre ella, dado que el restablecimiento de la custodia compartida por turnos semanales asegura el reequilibrio de las funciones parentales del padre y de la reanudación de la relación paterno filial, sin perjuicio del proceso principal”.

Sin acercarse ni hablar con el niño

El abogado del padre señaló textualmente en la vista: “No queremos que nuestro hijo, que al final es pariente mío también, se acerque más a esta persona y no queremos que lleven al niño a fiestas del Orgullo Gay en Inca, porque esto para nosotros es un despropósito y una vergüenza”. 

La defensa del padre del menor prosiguió en este sentido: “Le pedimos que esta persona no pueda acercarse más al niño, ni siquiera que pueda hablar con él”.  “Por tanto, suplicamos a su señoría que añada a la sentencia la prohibición del tal David de poder acercarse al niño porque no es ningún familiar, está además casado con otro hombre y no queremos nosotros esta relación para nuestro hijo, por tanto solicitamos esta medida con las demás”. 

El alegato de la defensa del progenitor continuó en este sentido asegurando que “desde que este señor ha aparecido en la vida de su amiga está perturbando al menor”. Es por ello por lo que el padre reclamó a este amigo de la madre que presentase un certificado de antecedentes en delitos sexuales remitiéndose a la Ley Orgánica 1/1996 de protección jurídica del menor.

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