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Un alcalde del PP de un pequeño municipio de Madrid discrimina a una pequeña adoptada por ser india

El ayuntamiento de Valdemaqueda considera que no queda suficiente acreditada la adopción, regulada por España como el resto de estas iniciativas familiares en países extranjeros

María José Pintor
María José Pintor
Periodista en cuerpo y alma, licenciada en Ciencias de la Información por la Universidad del País Vasco.
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Sólo quien ha adoptado sabe por lo que hay que pasar, y más cuando se trata de adopción internacional. Por eso, es todavía más incomprensible que el Ayuntamiento de Valdemaqueda, gobernado por el PP, se haya negado a empadronar a una menor india al considerar que “no está suficientemente probado que el matrimonio fueran los padres legales de la niña”.

El 29 de septiembre Carmen y su marido llegaron al municipio madrileño de Valdemaqueda con su hija, una pequeña de nueve años a la que habían adoptado semanas antes en provenientes de la India con su hija de nueve años, a la que meses atrás habian adoptado en Jalandhar; una ciudad del estado indio de Punyab, según cuenta la SER.

Dos días después, el uno de octubre, ambos acudieron al Ayuntamiento de este pequeño municipio de la Comunidad de Madrid gobernado por el PP (con menos de ochocientos habitantes) para proceder al empadronamiento de la pequeña; un requisito indispensable para su escolarización y para que la Seguridad Social le adjudique un pediatra. Un procedimiento que los padres querían iniciar lo antes posible para «normalizar cuanto antes», como explica la madre, Carmen Ávila, la nueva vida de la pequeña en el municio, tal y como les habían recomendado los servicios sociales de la Consejería de Políticas Sociales durante el proceso de adopción.

Pero se encontraron con la negativa del Ayuntamiento. La secretaria del alcalde les respondió que que no existían suficientes pruebas que demostraran que el matrimonio eran los padres de la niña, por lo que denegaron su empadronamiento. Los padres acudieron al consistorio con el pasaporte indio de la niña (un pasaporte sin apellidos porque aún no tenía libro de familia pero donde consta que Carmen y su marido son sus padres) y el certificado de nacimiento del hospital en Jalandhar en su versión original en inglés e hindi. Desde el Ayuntamiento consideraron, explica Carmen, que «el certificado de nacimiento no podía acreditar que la niña era su hija», por lo que le requirieron una copia de la sentencia del juzgado de India que acredita la adopción. Dos días después acudieron al Consistorio con dicho documento, pero la respuesta volvió a ser negativa: esta vez el argumento era, según Carmen, «que no tiene validez la sentencia de un tribunal extranjero» y que hasta que la pequeña no esté inscrita en el registro civil no se puede proceder a su empadronamiento, informa la SER.

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