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Transparencia obliga a Consumo a entregar los convenios por los que OCU recibe pagos de empresas

La Organización de Consumidores y Usuarios usa una sociedad mercantil para recibir dinero por cada cliente captado para firmas como Repsol, Cepsa y MásMóvil

Eva Maldonado
Eva Maldonado
Redactora en Diario16, Asesora de la Presidencia de la Conferencia Eurocentroamericana.
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análisis

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El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno ha dictado una resolución (ver documento) por la que obliga al Ministerio de Consumo a entregar tanto los convenios de colaboración firmados por la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) y su sociedad instrumental OCU Ediciones SA de los que tenga constancia en los últimos cinco años como la relación de ingresos económicos obtenidos por ambas en el marco de los mismos.

Transparencia ha estimado así una reclamación presentada por el secretario general de FACUA-Consumidores en AcciónRubén Sánchez, tras la negativa de la directora general de Consumo, Bibiana Medialdea, a enviarle dicha información.

El pasado 14 de marzo, Medialdea dictó una resolución donde argumentaba que, aunque la información solicitada tiene carácter público, ésta no estaba sometida a lo previsto en la ley de transparencia por serle de aplicación normativa específica.

Sin embargo, dicha normativa específica era un desarrollo reglamentario que nunca se ha aprobado por el que se establecerían condiciones de acceso a la información depositada en el Registro Estatal de Asociaciones de Consumidores y Usuarios (Reacu). Ante la falta de aprobación de ese reglamento, la directora general de Consumo indicó que, sin que esté plasmada en ninguna norma de rango legal, su organismo tiene establecida como vía de acceso a la información que el solicitante viaje a la sede ministerial en Madrid si quiere leer la documentación solicitada, sin que ello implique además que se le permita fotocopiarla o escanearla.

Resolución de Transparencia

Sánchez reclamó ante Transparencia al entender que la decisión de Consumo era contraria a derecho. Ahora, el Consejo ha resuelto que «en contra de lo indicado por el Ministerio requerido, resulta indudable que el acceso a la información solicitada se rige enteramente por el régimen jurídico establecido en la Ltaibg [Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno] y, en consecuencia, se ha de estimar la presente reclamación, instando al Ministerio a conceder el acceso demandado».

«Sin necesidad de extenderse con prolijas reproducciones de los numerosos pronunciamientos judiciales», señala la resolución de Transparencia, «baste recordar que el Tribunal Supremo ha afirmado en sus sentencias de 19 de noviembre de 2020 y de 20 de diciembre de 2020 que «(…) las previsiones contenidas en la Ley 19/2013, de Transparencia y Buen Gobierno, por lo que respecta al régimen jurídico previsto para el acceso a la información pública, sus límites y el procedimiento que ha de seguirse, tan solo quedan desplazadas, actuando en este caso como supletoria, cuando otra norma legal haya dispuesto un régimen jurídico propio y especifico de acceso a la información en un ámbito determinado…»».

Repsol, Cepsa y MásMóvil, entre los pagadores

OCU forma parte de un grupo de organizaciones y sociedades mercantiles con sedes en España, Italia, Bélgica, Portugal, Brasil, Países Bajos, Luxemburgo y Hong Kong. A través de una de esas sociedades viene recibiendo dinero por cada cliente captado para firmas como Repsol, Cepsa y MásMóvil mediante la contratación de algunas de las ofertas que ganan las denominadas «compras colectivas», celebradas por la entidad desde 2013.

OCU no ha publicado el contenido de ninguno de las decenas de convenios que mantiene con empresas, como tampoco ha dado a conocer cuánto dinero ha recibido de ellas en los casos en que hay contraprestación económica. «Este tipo de acuerdos incluyen cláusulas de confidencialidad para las partes que lo suscriben, por lo que, sintiéndolo mucho, no podemos revelar su contenido», señalaron a Sánchez desde MásMóvil cuando le solicitó los firmados por la compañía de telecomunicaciones en 2014 y 2018 tras ganar sendas «compras colectivas».

En la sección de transparencia de su web, OCU se limita a indicar que «en determinadas compras colectivas», las empresas que las ganan «pueden compensar a OCU Ediciones con una serie de aportaciones con la finalidad de sufragar una parte de los gastos» de las mismas. «Aportaciones» que, según distintas fuentes consultadas, representan una cantidad fija por cada cliente que contrata la oferta ganadora, que es objeto de una gran campaña de promoción por parte de la Organización de Consumidores y Usuarios.

OCU tampoco ha aclarado si alguna de las organizaciones o sociedades de su grupo recibió dinero de Facebook tras el acuerdo que firmó en 2021 con la multinacional por el cuál retiró demandas colectivas presentadas en España, Italia, Portugal y Bélgica donde le reclamaba decenas de miles de millones de euros por irregularidades en el tratamiento de sus datos personales. Se trataba de indemnizaciones de al menos 200 euros por afectado para cientos de miles de usuarios -47.000 en España- que al final en lugar de dinero recibieron una oferta para asociarse de forma gratuita a OCU durante seis meses «como parte de las iniciativas» acordadas con Facebook.

Pero la ley obliga a OCU a depositar sus convenios con empresas en el Ministerio de Consumo y a éste a facilitarlos a cualquier ciudadano que los solicite. En su resolución, firmada el 19 de agosto, el Consejo de Transparencia insta a la Dirección General de Consumo a que, «en el plazo máximo de 10 días hábiles», remita tanto al reclamante como al organismo «los textos de los convenios de colaboración firmados por la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) y su empresa OCU Ediciones SA, depositados en la Aecosan o la Dirección General de Consumo en los últimos 5 años» y «la relación de ingresos económicos obtenidos por OCU o por OCU Ediciones SA en el marco de dichos convenios».

La Aecosan (Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición) era el organismo que tenía parte de las competencias de la actual Dirección General de Consumo después de que la Aesan (Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición), que vuelve a denominarse así en esta legislatura, absorbiese en febrero de 2014 al desaparecido INC (Instituto Nacional del Consumo).

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