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El TC sólo admite de forma simbólica el recurso de Podemos contra el 155

El Constitucional no tratará el tema hasta que Cataluña recobre su autonomía cuando se deroge la aplicación del polémico artículo

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análisis

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La admisión a trámite del recurso de una cincuentena de diputados de En Comú Podem por el Tribunal Constitucional (TC), presentado contra la aplicación del artículo 155 de la Constitución Española, tiene trampa, según ha puesto de manifiesto el constitucionalista Joaquín Urías, ex letrado del TC y profesor de Derecho Constitucional en la Universidad de Sevilla.

Si el 155 se aplica de manera indefinida en Cataluña nunca podrá examinar el tribunal si es constitucional

Como subraya este experto a través de la red social Twitter, este recurso “solo puede ser simbólico” ya que la aplicación del artículo 155 de la Carta Magna impide per se tramitar el recurso admitido por el propio TC “hasta que el artículo 155 deje de aplicarse”.

La aplicación de este artículo de la Constitución Española sirvió para disolver el Govern autonómico e inmediatamente después el presidente español, Mariano Rajoy, convocó las elecciones autonómicas del pasado 21-D tras asumir el Gobierno central la gestión del disuelto ejecutivo autonómico.

La admisión a trámite de este recurso de la formación morada no implica ni mucho menos la suspensión de las medidas acordadas por el Gobierno español, puesto que legalmente esta suspensión

eiputados el Estado el que recurreobierno español, puesto que legalmente esta suspensiavucionalista contra la Violencia de Ge gúnicamente únicamente puede ser invocada cuando es el Estado el que recurre.

El Ejecutivo autónomo catalán, al estar intervenido por el central a través de la aplicación del mencionado artículo 155, ha servido de excusa al TC para acordar la suspensión del plazo de presentación de alegaciones mientras el Gobierno catalán no pueda personarse en la causa.

La razón esgrimida por los magistrados del Constitucional es que, de no acordar esta suspensión del plazo de alegaciones, podría surgir un conflicto de intereses puesto que el Gobierno central es quien en la actualidad ejerce las funciones suspendidas del Govern autonómico.

El constitucionalista Joaquín Urías asegura que “con esa lógica, si se aplica el artículo 155 de manera indefinida, el Constitucional nunca va a poder entrar a examinar si esa aplicación es constitucional”. Sentencia este experto que “el Tribunal Constitucional se niega a cumplir su función constitucional”.

En este sentido, este experto subraya que el TC “acaba de cargarse el control de constitucionalidad”, ya que asegura que “la constitucionalidad de las normas con rango de ley que suspenden competencias autonómicas no puede atacarse en tanto la propia norma decida”.

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