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Subir imágenes de mujeres orinando en la calle a webs porno no es delito porque no se quebranta su “resistencia física y moral”, según el juez Pablo Muñoz

Un juzgado de Lugo archiva por segunda vez la denuncia de 80 mujeres grabadas durante unas fiestas locales por cámaras estratégicamente colocadas

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análisis

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El titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Viveiro, en Lugo, Pablo Muñoz Vázquez, se ha ratificado en la decisión de archivar el caso denunciado por la Asociación Mujeres En Igualdad Burela (Bumei), de Lugo, que representan a 80 mujeres que fueron grabadas orinando en la calle durante las fiestas de A Maruxaina, en Cervo (Lugo), en 2019, cuyas imágenes fueron subidas posteriormente a webs pornográficas, algunas de ellas de pago. Ninguna imagen de hombres orinando en el mismo lugar ha visto la luz ni se ha subido a ningún portal pornográfico. Las denunciantes han recurrido el archivo a la Audiencia Provincia de Lugo.

El archivo decretado por segunda vez por el juez Pablo Muñoz Vázquez se basa en que, según el auto judicial, no se ha producido un delito contra la integridad moral, “habida cuenta de que en los hechos denunciados no se aprecia el ánimo tendencial de quebrantar la resistencia física y moral de las recurrentes”.

Las mujeres denunciantes han promovido en las redes sociales una campaña de protesta bajo el lema #XustizaMaruxaina

Las mujeres grabadas con cámara oculta no se enteraron de los hechos hasta pasado un tiempo, cuando pudieron comprobar que sus imágenes íntimas habían sido subidas a páginas porno de pago. Pese a ello, el juez de Viveiro que ha archivado por segunda vez el caso considera que los hechos denunciados no constituyen un delito contra la intimidad o el derecho a la propia imagen porque las imágenes se obtuvieron en la vía pública. Tampoco ve el juez Muñoz Vázquez las grabaciones un delito contra la integridad moral, porque según señala en el auto “no se aprecia ánimo tendencial de quebrantar la resistencia física y moral” de las 80 mujeres grabadas mientras hacían sus necesidades fisiológicas en un lugar donde no existían servicios públicos.

En contra de esta decisión judicial, el Ministerio Público sí observa indicios de un presunto delito contra la integridad moral, o bien de forma alternativa de otro con la intimidad. El juez de Viveiro cita en su auto de archivo jurisprudencia de las Audiencias Provinciales de Jaén, Sevilla y Pontevedra. En estas sentencias se indica que estos hechos sólo pueden considerarse delito cuando se produce “la colocación clandestina de aparatos de filmación o transmisión de la imagen en lugares cerrados y privados” o cuando se emplean “los citados artificios técnicos para grabar a distancia y desde fuera lo que acontece en tales lugares cerrados”.

Las afectadas han promovido en las redes sociales una campaña de protesta bajo el lema #XustizaMaruxaina, para evitar que los autores de estas grabaciones y la posterior comercialización de estas imágenes íntimas no salgan impunes.

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1 COMENTARIO

  1. Otro. Y van…? Todos los días digo que no necesitamos a estos asquerosos y que hace mejor justicia cualquier colectivo.
    Ellos solitos me dan la razón.
    Al SEPE.

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