IRPH Nulidad Contrato

Mañana a las 9 de la mañana se hará pública la sentencia sobre el IRPH. Si el TJUE falla a favor de los afectados y en contra de los intereses de la banca se producirá el mayor fracaso social del Estado español por su postura de defensa de los intereses del sector financiero por encima de los del pueblo.

Lo sorprendente en el caso del IRPH es, precisamente, que la Abogacía del Estado se haya posicionado en contra de los afectados por esta cláusula declarada como abusiva por la Comisión Europea y por el Abogado General del TJUE. De primeras, la Abogacía del Estado parte de la base de que el IRPH no puede ser objeto de tutela por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) porque el IRPH está regulado por disposiciones reglamentarias. Es decir, el mismo argumento utilizado por los abogados de la banca. En la vista oral esta postura provocó preguntas insistentes por parte del tribunal. La abogada del Reino de España reconoció que no es obligatorio aplicar IRPH, pero siguió defendiendo la exención prevista para disposiciones legales imperativas. Por otro lado, para la Abogacía del Estado resulta necesario informar cómo se configura el IRPH y cómo ha evolucionado en el pasado, pero no es necesario informar de los demás elementos ni informar sobre cómo podría evolucionar en el futuro ni explicar de manera clara y comprensible su evolución en relación con el Euribor.

Además, la abogada que representaba al Estado afirmó que la falta de información sobre los elementos citados no supone automáticamente falta de transparencia. Un consumidor medio puede conocer de manera sencilla que el IRPH atendía a la media de las operaciones de crédito. Además, aunque la cláusula no fuera transparente puede no ser abusiva; habría que comparar el tipo con otros generalmente aplicados y con el tipo legal del interés. Todo un despropósito.

Por otro lado, defendió que la anulación del IRPH no tuviera efectos retroactivos por el riesgo de repercusiones económicas que esto tendría en la estabilidad financiera del Estado español.

La Comisión Europea sí defendió a los afectados

En contraposición con lo expuesto por la Abogacía del Estado, la Comisión Europea está defendiendo que el IRPH debe someterse al control de abusividad, porque, precisamente, no es obligatorio aplicar dicho índice. Por otro lado, en referencia al artículo 4.2 de la Directiva 93/13, la Comisión indica que el TJUE reconoció que no ha sido traspuesto a la legislación española, y esto es una elección que garantiza un mayor nivel de protección para sus consumidores. Si un tribunal español limitara su análisis de una cláusula esencial del contrato y no realizara un examen global de abusividad estaría actuando en contra de la directiva europea.

En referencia a la transparencia, la Comisión es clara al afirmar que la banca debió explicar al consumidor cómo se configura el IRPH, cuál ha sido la evolución de dicho tipo en el pasado así como su posible evolución futura comparado con otros tipos empleados en el mercado. Por tanto, la omisión de información sobre cómo se configura el IRPH, cuál ha sido la evolución de dicho tipo en el pasado, así como su posible evolución futura debe calificarse de engañosa si hace o puede hacer tomar al consumidor una decisión que de otro modo no hubiera tomado.

En consecuencia, para la Comisión Europea el IRPH es una cláusula abusiva y nula y que la banca tendría que devolver con retroactividad a los afectados el dinero cobrado de más.

3 COMENTARIOS

  1. Mi IRPH me lo lleva la Plataforma Jurídica DenunciasColectivas que me lleva desde Diciembre del 2013 cuando se comenzaron a reclamar y arealizar reclamaciones del IRPH, no entiendo que se le de voz a despachos recien surgidos que no tienen ni experiencia ni trayectoria en este tipo de reclamaciones, cuando empezaran a subirse al carro a partir de mñana, yo estoy muy contenta con DenunciasColectivas que siempre me ha tenido informada en todo momento, los recomiendo ya que lelvamos muchsos años juntos en la lucha

  2. Mi IRPH me lo lleva la Plataforma Jurídica DenunciasColectivas que me lo lleva desde Diciembre del 2013 cuando se comenzaron a reclamar y a realizar reclamaciones del IRPH, durante estos años me han llevado acabo diferentes reclamaciones relacionadas con mi hipoteca todas ellas con resultados favorables. Por ello no entiendo que se le de voz a despachos recien surgidos que no tienen ni experiencia ni trayectoria en este tipo de reclamaciones, muchos empezaran a subirse al carro a partir de mñana, yo estoy muy contenta con DenunciasColectivas que siempre me ha tenido informada en todo momento, los recomiendo ya que llevamos muchos años juntos en la lucha, y saben perfectamente como respiran los tribunales en cada momento

  3. BUENAS TARDES,ESTO YA ES EL COLMO ,POR FAVOR LEER ATENTAMENTE ESTE ARTICULO,QUE TIENEN MIEDO A QUE LA BANCA SE VAYA A LA MIERDA ,PERO POR FAVOR Y LAS FAMILIAS QUE HAN PERDIDO TODO QUE SINVERGUENZAS SEÑORES DEL GOBIERNO Y DE LA BANCA
    Por otro lado, defendió que la anulación del IRPH no tuviera efectos retroactivos por el riesgo de repercusiones económicas que esto tendría en la estabilidad financiera del Estado español.
    ESTE ARTICULO DE LA LETRA PEQUEÑA ES DE RISA,SINVERGUENZAS,SI LA BANCA JAMAS SE VA A LA MIERDA NO OS PRECUPEIS QUE EL GOBIERNO YA INYECTARA DINERO A LA BANCA

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