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RTVE trata de vulnerar el secreto profesional de sus periodistas

El ente público envía a sus trabajadores normas de obligado cumplimiento sobre el manejo de la información

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análisis

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La dirección de Radio Televisión Española emitió ayer, miércoles, un comunicado mediante el cual informa a todos sus trabajadores de las normas que se aplicarán respecto al “uso seguro de los sistemas de información de RTVE”. Aquí puede consultar la circular completa.

El documento consta de 9 artículos donde se establece la regulación sobre las siguientes materias: uso de Equipos, recursos informáticos y dispositivos de comunicación (artículo 3), almacenamiento de la información (artículo 4), uso del correo electrónico corporativo (artículo 5), uso de acceso a internet y otras herramientas de colaboración (artículo 6), comunicación de incidentes de seguridad (artículo 7).

Tras su publicación, la respuesta por parte de Los Consejos de Informativos no se hizo esperar. Y a través de este comunicado, hicieron pública su solicitud respecto de una aclaración a la Presidencia y al Consejo de Administración referente a la citada norma. A través de su comunicado, los profesionales manifiestan su “más profunda preocupación por lo que podría concretarse en un grave atentado contra un derecho reconocido por la Constitución en su artículo 20.1,d. El secreto profesional es uno de los pilares de la libertad y el derecho a la información, salvaguarda de la confidencialidad en las comunicaciones entre los periodistas y sus fuentes.”

En el sistema de trabajo interno, más de 100 periodistas de reputado prestigio de la casa se han manifestado públicamente (en el ámbito de la empresa) en contra de este control.  Gabriel López Vega periodista y miembro del Consejo de Informativos, atiende amablemente a nuestras preguntas al respecto y analizamos el documento junto a él.

Comienza en su artículo primero delimitando el objeto de la circular: “la presente norma tiene por objeto regular el uso de los medios y equipos informáticos propiedad de la Corporación RTVE así como del tratamiento y transmisión de la información que con ellos se realice, para asegurar su uso responsable”. Y a continuación, en el siguiente artículo, determina el ámbito de aplicación“El contenido de esta norma será de aplicación a todos los trabajadores de la Corporación y a los usuarios que excepcionalmente utilicen equipamiento informático y/o dispositivos de comunicación propiedad de RTVE. Quedan excluidos los miembros del Consejo de Administración de RTVE”.  Llama la atención esta exclusión que el propio Consejo hace de sí mismo a la hora de que sus correos puedan ser controlados. López Vega considera que “esto es intolerable. En el punto número 8 se dice que todo esto se hace para controlar que todos trabajamos correctamente. Si realmente esto fuera así, sería lógico que el Consejo de Administración se autoexcluyese. Pero en una nota aclaratoria publicada inmediatamente después, han explicado que esto se hace para prevenir “ataques cibernéticos”, por lo que aquí carece de sentido que se excluyan del control. Demuestran así que esto tiene un carácter vigilante, una especie de censura previa”.

Llama la atención, efectivamente, el celo en el uso interno de la información. Concretamente,  en el artículo 3, dentro del primer apartado, se señala específicamente que “todos los usuarios de RTVE están obligados a hacer uso responsable de las impresoras y cuando se impriman documentos que estén al alcance de otras personas, mostrar diligencia en la recogida de los mismos, no dejando esos documentos en la impresora por periodos de tiempo superiores al necesario”.

Dentro del artículo 3, pero en su apartado segundo, donde específicamente se establecen las prohibiciones, el punto 3: “Está terminantemente prohibido toda transmisión, distribución o almacenamiento de cualquier material obsceno, difamatorio, amenazador o que constituya un atentado contra el derecho al honor, la intimidad personal o familiar, la propia imagen y/ o la dignidad de las personas o el derecho a la protección de datos personales en los equipos o dispositivos de RTVE”.  Teniendo en cuenta que se establece que el correo es fundamental como herramienta de trabajo, cabría pensar que, si bien es posible que esto responda meramente a cuestiones internas, evitar el uso inadecuado del correo corporativo para cuestiones personales y otras totalmente prescindibles, podría generar dudas el hecho de que determinada información sensible estuviera en manos de periodistas.

 

Uso de correo electrónico 

El artículo 5 detalla la manera de usar el correo electrónico corporativo. En él se dice que “la cuenta de correo corporativa deberá utilizarse, única y exclusivamente, para la realización de las funciones propias del puesto de trabajo del usuario o vinculadas a la relación laboral”, así como que queda prohibido “El envío de correos electrónicos con contenido obsceno, difamatorio, amenazador, inapropiado, discriminatorio o que constituya un atentado contra el derecho al honor, la intimidad personal o familiar, la propia imagen y / o la dignidad de las personas o el derecho a la protección de datos personales o que pudieran infringir la legislación vigente en general”.  También se prohíbe “responder mensajes de los que se tenga sospechas sobre su autenticidad, confiabilidad y contenido, o mensajes que contengan publicidad no deseada”.

 

Uso de internet

En el artículo 6 se delimita el uso de internet, y se prohíbe de manera específica “Acceder, recuperar, visualizar y almacenar textos o gráficos que excedan los límites de la ética”. Falta por detallar, a qué se refieren concretamente, puesto que “la ética” puede suponer un concepto excesivamente interpretable. Es por ello, por lo que se haría necesaria una redacción que detallase específicamente a qué cuestiones concretas se está haciendo referencia.

 

Control del cumplimiento de la Norma 

Es en el artículo 8 donde saltan todas las alertas, puesto que la Dirección de CRTVE se arroga, “en uso de sus facultades organizativas y de dirección, y en aras de revisar el correcto uso de los medios puestos a disposición de los trabajadores (…), el control de si se hace un uso correcto y responsable de dichos medios y recursos incluyendo la supervisión del uso del correo electrónico y el acceso a internet durante la jornada de trabajo”. Para ello, añaden que “la Dirección podrá adoptar medidas específicas de control y prevención del uso incorrecto realizando revisiones periódicas de los equipos e instalando programas de monitorización, estableciendo alertas, revisiones técnicas y del contenido de los equipos y dispositivos”. Lopez Vega señala que “el motivo que se da es “el control del uso correcto”, y no se dice nada de “ciberataques”. Estamos en contra de cualquier tipo de vigilancia a los correos personales de cualquier persona. Es cierto que hay una jurisprudencia del Supremo que avala este tipo de prácticas en el ámbito empresarial, pero hay que señalar que nosotros somos periodistas, trabajamos con información. La herramienta fundamental para nuestro trabajo son nuestras fuentes, y mantener su confidencialidad es clave. Sin la existencia de esta garantía, no habrían salido a la luz casos como “los papeles de Bárcenas” o el “watergate”. Y nadie duda de la importancia de estas cuestiones.  La misma Constitución Española reconoce el secreto profesional, y en todas las democracias avanzadas esto está garantizado. Que se quiera controlar nuestro correo corporativo es un peligro, un atentado contra la libertad de prensa, es intolerable e inasumible.”

Durante el día de ayer fueron muchas las voces que apoyaron a los trabajadores que plantaron cara ante estas medidas. Concretamente, la Asociación de la Prensa de Madrid, Reporteros Sin Fronteras, Los colegios de periodistas de Catalunya y Galicia, han dado su apoyo de manera explícita, así como relevantes profesionales del periodismo como Iñaki Gabilondo, quien manifestó que le parecían bien los planes para vigilar el buen uso de los sistemas informáticos, “pero el correo de un periodista es un límite que no se puede franquear”.

Por su parte, Rafael Medizabal, presidente de la comisión de arbitraje, quejas y deontología del periodismo en la FAPE, magistrado del Tribunal Constitucional, Presidente de Sala del Tribunal Supremo, Presidente de la Audiencia Nacional, juez ad hoc del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y Consejero del Tribunal de Cuentas, ha declarado para “vertele” que “Invadir el correo electrónico es una práctica que choca con el derecho a la intimidad y  ya habido sentencias del Constitucional y del Tribunal de Estrasburgo que ponen límites a esto. Pero además, en el caso de un periodista afectaría al artículo 20 de la Constitución Español, y desde luego se pone en peligro el secreto profesional, ofreciendo la posibilidad de poner al descubierto las fuentes del periodista. Es indefedible en una sociedad democrática porque si se permitiese, la prensa, los medios y el periodista perderían su alimentación. Según el TC la prensa es un pilar más de la democracia. Se trata, en definitiva, de una reacción desorbitada por parte de la Corporación de RTVE, y tiene que haber otros medios para conjurar el peligro”.

La empresa sacó una nota inmediatamente después para aclarar que la finalidad está en evitar ataques cibernéticos y que hay un plazo de 15 días para su aplicación y puesta en marcha. El Consejo de Informativos se ofrece a la Corporación para asesorar y estar presente en la revisión de los correos, garantizando así que no pueda vulnerarse ningún derecho: ni de las fuentes ni de los periodistas.

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