Álvaro Nadal aguanta una nevada este invierno durante un minuto de silencio ante la sede del ministerio.

Después de pasados los inclementes meses del invierno, con varios millones de españoles en situación constatada de pobreza energética, el Gobierno ha anunciado ahora en primavera el envío a las comunidades autónomas de los principales aspectos del reglamento que desarrolla el Real Decreto-Ley 7/2016 sobre el bono social, tras haber recibido las aportaciones de los grupos políticos que contribuyeron a su aprobación en las Cortes, es decir, PP, PSOE y Ciudadanos.

El pasado 23 de diciembre el Consejo de Ministros dio luz verde al decreto ley pactado entre populares, socialistas y diputados de Ciudadanos con el que se establecería el nuevo mecanismo de financiación del bono social de la electricidad y el anunciado refuerzo de las medidas de protección para los usuarios vulnerables.

Según asegura el Ministerio de Energía en un comunicado, “el borrador establece un mecanismo más eficiente, basado en criterios de renta de la unidad familiar, para que sea más accesible y refuerce la protección de los consumidores vulnerables y en riesgo de exclusión social”.

De este modo, se establece que las eléctricas sólo estarán obligadas a cofinanciar el bono social (descuento para los usuarios más vulnerables) en el caso de aquellos hogares en los que las autonomías o ayuntamientos sufraguen la mitad del recibo. En el resto de los supuestos no tendrán ninguna obligación al respecto. La cofinanciación del recibo por parte de las eléctricas entraría dentro del perfil denominado “hogar vulnerable severo”, es decir, aquellos hogares en los que el suministro es considerado esencial y en ningún caso podrá cortarse.

El Gobierno ha previsto crear diferentes categorías para los hogares vulnerables de acuerdo a unos umbrales de renta establecidos mediante el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), que se ampliarán para una serie de circunstancias especiales (como el grado de discapacidad, entre otras) basadas en supuestos socioeconómicos.

Como se ha apuntado anteriormente, el Ejecutivo de Mariano Rajoy también decide crear la categoría de hogares vulnerables severos, que “estarán más protegidos y se beneficiarán de un descuento más elevado que los consumidores vulnerables”.

Las comercializadoras eléctricas, por su parte, estarán obligadas a comunicar a los consumidores los impagos de sus facturas, desde el primer momento que suceda. Con posterioridad a esta comunicación, reclamarán fehacientemente el pago, ya sea por correo certificado, por burofax o por medio telemático mediante firma electrónica. En caso de que esta reclamación no pueda ser entregada, se prevé la realización de una segunda reclamación, utilizando vías alternativas de notificación. Por último, y antes de proceder al corte de suministro, deberán realizar una tercera y última reclamación fehaciente de pago.

Con carácter general para los consumidores, si no se ha recibido el pago de la factura en dos meses desde la reclamación fehaciente de pago, las comercializadoras podrán proceder a la suspensión del suministro. Este plazo se ampliará a cuatro meses para los consumidores vulnerables acogidos al bono social.

El borrador del Gobierno contempla que las administraciones competentes en materia de política social tendrán un listado permanentemente actualizado de las suspensiones del suministro eléctrico previstas, “lo que les permitirá identificar los casos de riesgo de exclusión social que puedan verse afectados y adoptar así las acciones necesarias para asegurar la protección de los consumidores con problemas de inserción social, evitando los cortes indeseados”.

Como novedad fundamental, según el Ejecutivo, se crea una tercera categoría constituida por los hogares vulnerables severos en situación de exclusión social. En estos casos, cuando las autoridades competentes aporten ayudas que supongan una financiación del 50% de la factura, el suministro será declarado esencial y se cofinanciará junto con las comercializadoras eléctricas, impidiendo así el corte de suministro para estos hogares.

Las administraciones competentes podrán utilizar la información del listado para gestionar la inclusión de estos consumidores en el bono social y en sus programas de asistencia social, según proceda.

Las empresas eléctricas deberán comunicar a sus clientes la posibilidad de acogerse al Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC) y de solicitar el bono social si se cumplen las condiciones de renta establecidas. Además, se les informará de que la suscripción de contratos en mercado libre implica que no resulte aplicable la percepción del bono social. Por último, las suministradoras de electricidad no podrán aplicar ninguna penalización o coste adicional ante cambios de contratos desde el mercado libre al PVPC, siempre que el consumidor acredite los requisitos para ser considerado vulnerable.

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