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Rebaja de nueve años de prisión al principal condenado de la “manada de Sabadell”

El principal condenado cumplirá 22 de los 31 años de cárcel a los que se le condenó en un principio

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análisis

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El principal condenado por violar en grupo a una joven de 18 años, en el año 2019, en una nave ocupada de Sabadell se librará de 9 de los 31 años de prisión a los que fue condenado. De este modo, la condena final será de 22 años de cárcel. Al hombre se le considera igualmente culpable de la agresión sexual, pero cambia la condena de colaborador necesario de las violaciones de sus compañeros por la de cómplice, equiparándose al resto de los procesados.  

La diferencia

La diferencia entre las dos categorías es sustancial, ya que: el colaborador necesario coopera en la ejecución del delito con un acto sin el cual no se habría podido llevar a cabo la agresión, mientras que el cómplice de un delito es aquel que coopera en la ejecución del delito, aunque sin su participación el delito podría haberse llevado a cabo.

Los condenados

De los tres violadores sólo fue juzgado uno, ya que de los otros dos: uno aprovechó al ser puesto en libertad durante la investigación para huir y el tercero no ha sido identificado a día de hoy. Los otros tres procesados ​​fueron juzgados como colaboradores por no hacer nada para evitar la violación de la joven. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha ratificado la sentencia de la Audiencia de Barcelona condenando a dos de los encausados como cómplices para contribuir a generar un clima de terror y, el tercer acusado ha sido absuelto al no poderse acreditar que estuviera en el lugar de los hechos.

Sin sentido

La rebaja de la pena se produce como resultado del recurso presentado por el principal acusado, al considerar que su implicación en los hechos debe ser contemplada de la misma manera que la de los otros condenados. “La lógica del sistema es considerar a los tres acusados ​​o cooperadores necesarios o bien cómplices por los delitos en que han participado, pero lo que no tiene ningún sentido es condenar como cómplices a R. y a J. por los tres delitos de terceros en los que participan y, en cambio, a M. como cooperador necesario en los dos delitos en que participa”, queda reflejado en la sentencia

Los hechos

Los hechos se remontan a la madrugada del 3 de febrero de 2019 cuando la joven, de 18 años, al salir de un local de ocio de Sabadell fue abordada por un hombre que todavía no ha podido ser identificado. El agresor agarró a la víctima por el cuello y la puso contra la pared para agredirla sexualmente. Después del primer ataque, el violador llevó a la joven a una nave ocupada. Una vez allí, el agresor la llevó a una sala donde la violó. La agresión continuó y la joven fue obligada a mantener relaciones sexuales por turnos con dos hombres más, hasta que, una vez fuera de la nave, logró huir con la ayuda de una familia que salía en coche de un garaje cercano.

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