Rajoy Congreso Diputados
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El Tribunal Supremo ha dictado hoy el auto en el que se pronuncia sobre la pertinencia de las pruebas propuestas por las acusaciones y defensas en la llamada “causa del procés”. Entre los centenares de testigos que el tribunal acepta figura el ex presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, la ex vicepresidenta Soraya Sáez de Santamaría, el ex ministro de Hacienda Cristóbal Montoro, el ex presidente de la Generalitat Artur Mas, el lehendakari  Iñigo Urkullu, el actual presidente del Parlament de Cataluña, Roger Torrent, diputados como Gabriel Rufián y Joan Tardá, la ex coordinadora general del PDeCAT Marta Pascal, la alcaldesa de Barcelona Ada Colau y el ex delegado de Gobierno en Cataluña, Enric Milló. Además comparecerán también como testigos ciudadanos que resultaron lesionados en los hechos enjuiciados, así como agentes de policía y guardias civiles que también sufrieron heridas.

Por otro lado, la Sala rechaza testificales como la del Rey porque lo prohíbe expresamente el artículo 411 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Tampoco ha admitido el testimonio del jefe de la Casa Real, Raúl Alfonsín, al no admitir nuestro sistema el “testigo por sustitución”. Tampoco ha sido declarada pertinente la declaración propuesta por la acusación popular de Alfredo Pérez Rubalcaba, al venir referido su testimonio a hechos anteriores a la consulta de 2014. También han sido excluidos Carles Puigdemont y algunos de los procesados que están declarados en rebeldía en el mismo proceso. En su auto la Sala razona que la condición de parte pasiva del proceso, declarada en rebeldía y todavía no enjuiciada, es manifiestamente incompatible con el deber de declarar y la obligación de decir verdad que asume todo testigo.

Entre los testigos descartados por el Tribunal Supremo se incluye a Pilar Rahola, al estimar los magistrados que “…son prescindibles las valoraciones de la testigo propuesta”. Se rechaza también la prueba propuesta como testigo de Ignacio Cosidó, actual portavoz del Senado por el PP.  En la resolución se indica que las dudas vertidas sobre la imparcialidad del presidente del tribunal de enjuiciamiento ya fueron hechas valer por las defensas en el incidente de recusación tramitado ante la Sala del 61 del Tribunal Supremo, incidente rechazado por unanimidad de los magistrados que integran esa Sala especial.

No ha sido declarada pertinente la prueba pericial de Derecho Internacional propuesta por Oriol Junqueras y Raül Romeva, encaminada a que un relator internacional y un experto independiente explicaran al Tribunal Supremo “el alcance actual y significado del derecho de autodeterminación”. Los magistrados justifican el rechazo de esa pericial razonando que “la Sala no acepta una prueba encaminada a explicar a sus integrantes el alcance y significado de un derecho cuyo contenido material se obtiene a partir de las declaraciones internacionales suscritas por España y de la dogmática que se ha ocupado de su estudio. Hacer depender de la opinión de dos juristas −cuya neutralidad y preparación no se cuestiona− la conclusión acerca de la legalidad internacional del derecho a decidir, supone quebrar de forma irreparable el significado de la función jurisdiccional”.

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