Ni la Fiscalía Anticorrupción ni la Abogacía del Estado han conseguido evitar que el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, testifique finamente como testigo del caso Gürtel.

La acusación popular de la Asociación de Abogados Demócratas por Europa (ADADE) solicitó la comparecencia del presidente del Ejecutivo español que finalmente el tribunal ha aceptado. Pero adelantándose a esta posible decisión, el Ministerio Público había reiterado, sin éxito, su posición inicial de que la testifical de Mariano Rajoy no es «ni útil ni necesaria».

Para la fiscal, que también ha tenido en cuenta a la hora de tener por acreditados los hechos la negativa del PP a declarar en su calidad de partícipe a título lucrativo, la testifical de Rajoy es por tanto “redundante” y de hecho por ese motivo ha explicado que ya renunció a algún testigo en el juicio como a Calixto Ayesa, quien declaró en instrucción.

El abogado del PP Jesús Santos ha tildado la petición de que declare Rajoy de “diligencia perturbadora” y ha denunciado la actividad “espúrea” de la acusación popular

La Ley de Enjuiciamiento Criminal, en su artículo 412, establece que el presidente del Gobierno, entre otros altos cargos de la nación, está obligado a declarar como testigo cuando lo soliciten los jueces. La ley da la posibilidad de que declare por escrito cuando el testimonio se refiere a hechos conocidos por razón de su cargo de jefe del Ejecutivo. Cuando la declaración, como sucede en este caso, versa sobre hechos que no tienen que ver con su función como presidente, la norma da la opción de que pueda declarar en su domicilio o despacho oficial.

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