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¿Quién perseguirá la violencia contra la mujer?

La Ley de Violencia de Género no contempla ninguna sanción para los responsables de la protección de las mujeres víctimas de maltrato ni a sus hijos e hijas, en el caso de que no adopten las medidas eficaces para impedir la violencia mayor que podía temerse dadas las amenazas anteriores

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análisis

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La ministra Irene Montero nos anuncia un plan contra la violencia de género (para no perder nunca esta calificación) muy imaginativo. Se basa en dos estrategias: una consistente en crear unos puntos violeta (sic) que se ocuparán de apoyar y ayudar a las víctimas, aunque no hayan presentado denuncia contra su pareja; la otra en implicar a toda la sociedad en la detección de una situación de maltrato y que sean las personas que viven o rodean a la pareja las que se alerten y protejan a la mujer.

Esta es una síntesis de la larga explicación con que nos ha obsequiado la ministra –no se olvida nunca de recordar que lo es– de los planes que está urdiendo para parar -se ha atrevido incluso a decir erradicar– la violencia machista que causa más de cien asesinatos de mujeres y de decenas de niños anuales y que deja, además, centenares de huérfanos.

Ante el aumento de víctimas, mujeres y niños, que se ha producido en los meses de mayo y junio, incluyendo a la pobrecita niña Olivia y a la desaparecida Anna bajo las aguas del Atlántico, y cuando en el mes de julio se añaden más agresiones y asesinatos, Montero se ha mostrado muy preocupada por el fenómeno, que durante dos años no pareció interesarla tanto.

En su fluida verborrea aseguró que las mujeres han de ser protegidas  por toda la sociedad. Así, los puntos violetas que se situarán en farmacias, panaderías, tiendas de alimentación, etc. servirán para que la mujer maltratada acuda a explicar su caso y sea atendida. Como se ve no se crean centros específicos de atención a las víctimas sino que se utilizan comercios privados, con los que no se sabe qué clase de acuerdos se establecerán, y que no explicitó que estuvieran dotados por personal especializado. Al mismo tiempo enfatizó que todas las personas que conviven o conocen a la víctima han de ser protectoras de la misma. No se entendió de qué forma habrán de actuar, si afeando su conducta al maltratador, consolando a la víctima o requiriendo la ayuda de otras personas.

Lo que no mencionó siquiera fue el papel de las instituciones en la prevención del delito y la persecución del delincuente. En la cuenta trágica de las víctimas de asesinatos machistas el 30% tenía orden de alejamiento judicial, y ni el juez ni la policía las protegió de la evidente amenaza de su asesino.

En Pollensa (Mallorca), el 15 de julio de 2016, una mujer acudió al cuartel de la Guardia Civil a pedir ayuda porque su marido la maltrataba constantemente y últimamente la había amenazado con matarla. El agente que estaba de guardia le aconsejó que se buscara un abogado y presentara una demanda de divorcio. A las seis de la mañana el marido la asesinaba. Ninguno de los guardias civiles fue sancionado por denegación de auxilio.

Cuando de la resolución de no dictar la orden de alejamiento o de imponer un régimen de visitas a los menores que implica la convivencia o la estancia temporal con un padre maltratador, se deriva el asesinato de éstos, a ningún juez se le ha exigido responsabilidades. Si la indiferencia del fiscal le lleva a no solicitar medidas de protección y por ello se permite que un hombre peligroso acabe con la vida de su pareja, el Ministerio Fiscal nunca tiene responsabilidad en el caso.

Si las asistentes sociales y psicólogas de los gabinetes forenses realizan informes en los que en un procedimiento de divorcio aconsejan que los menores vean o convivan con el padre maltratador o abusador sexual, y en razón de tal informe el juez dicta resolución acorde que permite la entrega inerme de los niños a un hombre que acaba asesinándolos, ninguna de esas profesionales es responsable de las consecuencias de su dictamen.

Los casos a que me refiero se amontonan. El Comité de Naciones Unidas para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW) ha condenado a España por no proteger a una mujer víctima de violencia de género y a su hija, de siete años, a la que el maltratador asesinó en 2003 en una de las visitas pautadas en el régimen de separación. La mujer, Ángela González, había denunciado a su exmarido en 30 ocasiones por amenazas y agresiones y se había opuesto a que viera sin supervisión a la niña.  La hija de Ángela fue asesinada por su padre, después de que la madre explicara en el Juzgado treinta veces que su marido la había amenazado con matarla. El CEDAW, que se ocupa del cumplimiento del tratado que prohíbe la discriminación de la mujer —que España ha firmado y ratificado—, ha emitido un dictamen vinculante en el que indica que la Administración española debe indemnizar “de manera proporcional” a Ángela y expone que el Estado español actuó de manera negligente: no las protegió ni a ella ni a su hija; tampoco la indemnizaron por el daño irreparable sufrido.

La madre reclamó en España en todas las instancias judiciales y en todas perdió la demanda. Fue entonces cuando la organización feminista Women’s Link recurrió a la ONU.  Nunca se ha pagado la indemnización. Incluso el Presidente del gobierno explicó que no estaba de acuerdo con dicha resolución, y añadió que ese Comité no tenía competencia para entrometerse en las resoluciones judiciales de nuestro país.

Las niñas Olivia y Anna fueron secuestradas por el padre después de llevárselas para pasar la tarde con ellas. Cuando no regresaron la madre le llamó y él  le respondió que “que no volvería a verlas nunca más”. Lo denunció a la policía y no hubo respuesta, a pesar de que personas de su entorno lo calificaron de violento y en la policía tiene prontuario por robos y peleas, así como antecedentes por drogas. 

En todos estos casos intervinieron las fuerzas de seguridad del Estado, en sus variados cuerpos: Guardia Civil, Policía Nacional, policías municipales, policías autonómicas, así como miembros del poder judicial: fiscales, jueces, psicólogos, asistentes y trabajadores sociales y el personal de la Administración de Justicia. Y tantos, y tantos profesionales, funcionarios públicos, se supone que expertos y preparados en sus respectivas disciplinas, fueron incapaces (¿o indiferentes?) de proteger a las víctimas de una muerte anunciada. Según el Consejo General del Poder Judicial, los jueces solo dictaminan la suspensión del régimen de visitas en el 3% de los casos de violencia de género

La ínclita Ley de Violencia de Género no contempla ninguna sanción para los responsables de la protección de las mujeres víctimas de maltrato ni a sus hijos e hijas, en el caso de que no adopten las medidas eficaces para impedir la violencia mayor que podía temerse dadas las amenazas anteriores. Tampoco exige al juez  que  adopte resoluciones contundentes, como el ingreso en prisión de aquellos acusados de los que se pueda temer la comisión de  acciones criminales.

En consecuencia, como es evidente que las instituciones no impiden que el número de casos de víctimas mortales por asesinatos machistas crezca cada año, Irene Montero ha encontrado la solución perfecta: que sean los familiares y amigos y la sociedad civil quienes se ocupen de protegerlas.

Esta nueva ocurrencia de la ministra pienso que nos retrotrae a los tiempos tribales. Las tribus, los clanes, las familias, se organizaban para protegerse de sus enemigos. También en los tiempos de Lynch, en el salvaje oeste americano, los vecinos se tomaban la justicia por su mano, de ahí viene el término linchamiento.

Naturalmente no es de esperar que hoy los familiares  se decidan a pegarle una paliza al cuñado o yerno maltratador, ni mucho menos los vecinos y amigos, pero precisamente porque están excluidas tales acciones delictivas, me pregunto, ¿cuál es el papel que se les encomienda a esas personas? Y, en el caso de los “puntos violeta”, ¿qué podrán hacer el farmacéutico, la panadera, la vendedora del supermercado, que tengan encomendada la misión de ayudar a la mujer en apuros? No tendrán capacitación para proceder a realizar una terapia de apoyo a la atribulada demandante de ayuda ni conocerán las normas jurídicas que nos rigen, ¿entonces? Acabarán por llamar a la policía, ¿no? ¿Y para eso tanto punto violeta, tanta rueda de prensa, tanta publicidad del Ministerio de Igualdad? 

Está visto que en la tragedia de la violencia contra la mujer y los menores se suceden las ocurrencias infantiles por la responsable de su protección. Y de momento tampoco concitan comentarios ni críticas ni repulsas. De estas nuevas medidas no he leído, todavía, las reacciones que debían haberse sucedido en el Movimiento Feminista, más que algún tuit anodino reclamando la intervención de profesionales. Lo que es evidente, si los profesionales hicieran su trabajo con interés y competencia y la ley les exigiera la responsabilidad de ello.

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