En el ámbito sanitario existe un principio, en forma de ley no escrita, pero de general aceptación, que establece que “el que prescribe no vende y el que vende no prescribe”. Semejante aseveración atañe a los médicos, prescriptores de medicamentos y otros productos sanitarios, y a los farmacéuticos, que son quienes los dispensan. Es, en el fondo, y utilizando una terminología ad hoc, una profilaxis en evitación de una corrupción que favoreciera el hecho de expender injustificadamente productos sin paciente.

También en la justicia existen salvedades que procuran evitar la intervención de intereses perniciosos que pudieran alterar el sentido procesal. Intereses económicos convergentes, familiares, profesionales, etc. E, incluso, en los tribunales académicos existen recursos semejantes para que, por ejemplo, un padre no presida el tribunal que examina a su hija.

La norma, la ley, el reglamento están para público cumplimiento con la notable y respetable finalidad de proteger los intereses de todos frente a la acción de aquellos que atentan contra el bien común, la convivencia, la libertad, los derechos y los bienes de las personas.

Es decir, los aprovechados, los “listos”, los que se cuelan, los que venden cosas de las que carecen, los que engañan, esto es aquellos que juegan por su cuenta y obtienen beneficios ilícitos por, precisamente, jugar con la ventaja que da el no cumplimiento de la norma. Otra vez el camino fácil, saltarse el peaje, no pagar en el metro, tener trabajadores sin dar de alta.

En el deporte se dan también estas peculiares circunstancias. Comprar al árbitro o al equipo contrincante son, en el fútbol, algunos de los ejemplos habituales o recurrentes. O ser árbitro y directivo de un club.

Este endemismo nacional, también llamado picaresca en sus expresiones menos dañinas, no se da tan solo entre los ciudadanos digamos “normales” sino también y con profusión entre los autocalificados como relevantes o distinguidos profesionales.

Especial incidencia tiene este hecho entre aquellos profesionales cuya actividad tiene que ver directamente con el dinero o con las personas que lo poseen, especialmente aquellos que lo han obtenido incurriendo en irregularidades e incluso ilícitos penales. Invertir en los mercados de valores con información privilegiada, tener acceso anticipado y exclusivo al pliego de un concurso público, conocer una transformación urbanística antes incluso de que sea expuesto ante el público.

O, por ejemplo, estar presente alternativamente en el órgano sancionador y el sancionado, esto es en aquel cuya función es que vigilar que la ley se cumpla y el que debe cumplirla.

Ser, en definitiva, juez y parte o, como se señaló al principio, prescriptor y vendedor.

Por cierto, ¿quién permite que Carlos Gómez Jara alternar dos espacios incompatibles, cruzar las puertas giratorias con billete e ida y vuelta?

Dos togas, que diría un letrado, una con puñetas y otra sin ellas.

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