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¿Qué es la Ley de Seguridad Nacional?

Manel Mas
Manel Mas
Estudié contabilidad y economía, fui perito y profesor mercantil, ejercí de profesor en Alesco (Altos Estudios Comerciales) en Barcelona dando clases de contabilidad, cálculo y derecho mercantil.
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análisis

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Está siendo tramitada la nueva ley de seguridad nacional y la pregunta que viene a la cabeza es: ¿era necesaria? ¿De verdad hacía falta? ¿Existe un peligro que los ciudadanos desconocemos y que el estado nos esconde? Por las pocas noticias de que disponemos el gobierno podrá, si así lo estima necesario, disponer de los bienes, propiedades y dinero privado de los ciudadanos en casos de emergencia nacional.

En la edad media los señores feudales podían disponer de las personas y bienes de sus vasallos según una serie de usos y costumbres; este hecho generó algunas prácticas que en la misma época se consideraban del todo abusivas. Los estados modernos han heredado la posibilidad de disponer, en ciertas situaciones, de los bienes y las personas de sus súbditos, las levas militares obligatorias, en parte ya eran esto.

Esta disponibilidad se ha recortado, pero se puede mantener en algunos aspectos y se activa en el caso de una grave crisis, cuando el estado dispone a su criterio de vidas y haciendas. Esta semana pasada el estado español lo ha recordado planteando la reforma de la ley de seguridad nacional.

Esto implicará la posible suspensión de derechos fundamentales en casos de grave crisis y poder así disponer el estado de personas y bienes.

No se especifica, al menos hasta ahora, cuáles serán los límites de esta ley ni el tipo de crisis a la cual se tendría que hacer frente que lo justificara. En la actual Constitución ya es tan regulados los estados de alarma, de sitio y de excepción y pareceria que estos tendrían que ser más que suficientes, sea cual sea la crisis en cuestión.

Esta posible suspensión de la libertad y la propiedad individual, es vista como mal uso, casi como un abuso. Cierto que solo pasaría excepcionalmente, pero… ¿quién decide cuando se aplica? El propio estado que es el beneficiario. Aquí probablemente hay la clave del problema. No nos gusta que dispongan de nosotros ni de nuestros bienes. Pero sobre todo no nos fiamos del estado que se otorga el derecho a hacerlo.

¿Qué piensan ustedes, queridos lectores? ¿Hace falta una ley que le permita al estado llegar a este extremo? ¿No son suficientes las actuales prerrogativas para hacer frente a una crisis? ¿Podríamos fiarnos del gobierno de turno que adoptara tan drástica medida? Invito a cada lector  responder a esta pregunta.

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3 COMENTARIOS

  1. Carta blanca para que el gobierno de turno haga lo que le plazca con los ciudadanos. La Inquisición que pensábamos que era cosa del pasado….. ha vuelto!

  2. A la cabeza me viene Allende. También al presidente acompañado de un señor con metralleta… pero, lo peor, es si esto estuviera en manos de Hitler o de sus correligionarios fascistas actuales hoy aquí creando mal estar y haciendo apología del asesino de los “diferentes”. También he visto como ante un incendio, los helicópteros, toman agua de las piscinas particulares. No sé si con consentimiento de sus dueños o no. Y, solo el Pueblo defiende al Pueblo y con un ejército amenazando los ciudadanos democráticos… Más bien sería necesario poner a la OTAN en casa

  3. «Esta posible suspensión de la libertad y la propiedad individual, es vista como mal uso, casi como un abuso. Cierto que solo pasaría excepcionalmente, pero… ¿quién decide cuando se aplica?»

    «quien decide cuando se aplica» es el Congreso de los Diputados, el órgano legitimo y democrático que representa a los españoles.

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