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Procesado el alcalde de Alicante por fraccionar contratos para adjudicarlos a dedo

Gabriel Echábarri fraccionó en contratos menores la campaña de navidad para evitar el control de la oposición

Ángel Zafra
Ángel Zafra
Periodista con amplia trayectoria en varios medios de comunicación, siempre como colaborador. EN las ultimas fechas ha estado vinculado a Radio Nacional de España y a el diario El País.
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La Sección Segunda de la Audiencia de Alicante ha confirmado el auto dictado por el Juzgado de Instrucción 9 de Alicante en noviembre de 2017, por el que se juzgar por un delito de prevaricación al alcalde de Alicante, Gabriel Echávarri, por las supuestas irregularidades en la contratación de servicios para la campaña de Navidad de 2016 por parte de la Concejalía de Comercio, de la que entonces era responsable. El alcalde presento recurso ante la Audiencia Provincial y ahora ésta da la razón al juzgado instructor de la causa.

En su auto, la jueza de Instrucción 9 de Alicante entiende que existen indicios de que entre los meses de noviembre y diciembre de 2016, el alcalde y los dos asesores, en aquel momento en la Concejalía de Comercio, adjudicaron mediante contratos menores, servicios para la campaña de navidad como la producción de trípticos, banderolas o material gráfico, además de servicios de señalización de mercados, elaboración de una página web para promocionar unos premios o la gala de la entrega de dichos galardones, entre otros servicios.

Según el reglamento de entidades locales para que una contratación no tenga que pasar el control del Pleno Municipal, y, por ende, de la oposición, no debe exceder de una cantidad económica. Este tipo de contrato se denomina “menor”, y pueden adjudicarlos los alcaldes directamente sin ningún control. La Magistrada, explica en el Auto de noviembre de 2017 que la Campaña de Navidad se contrató de esta forma en lugar de en contrato único. “Se fraccionó su importe en varias facturas, ajustadas al límite cuantitativo del contrato menor, siempre a favor de profesionales elegidos por propia voluntad del alcalde y de sus asesores, que así resultaron beneficiados respecto a los restantes a quienes finalmente no se contrató”.

Según la instructora, los dos asesores, además de prevaricación, habrían incurrido en un delito de usurpación de funciones, ya que concertaron los contratos, por delegación de Echávarri pese a que “no tienen funciones ejecutivas ni decisorias”. Uno de ellos, el jefe de gabinete llegó a firmar en nombre de Echávarri “con conocimiento previo y consentimiento pleno de todas las actuaciones» por parte de éste.

Tras esta decisión, de la Audiencia informa a la Fiscalía y a la acusación particular de que pueden presentar sus escritos de acusación..

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