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Predicar en el desierto

Fernando Gómez de Liaño
Fernando Gómez de Liaño
Catedrático de Derecho Procesal.
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análisis

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Una joven profesora Laura Luelmo salió de su casa a hacer deporte y se topó con un peligroso delincuente que no debería estar suelto, con el peor de los resultados posibles. Algo falló porque los antecedentes del autor del crimen, habrían exigido medidas preventivas. Sale a relucir el tema de la discutida prisión permanente revisable, sobre la que algunos de los cerebros que iluminan nuestro Parlamento dicen que la mejor muestra de su improcedencia es que no ha servido para evitar esta desgracia. Buen argumento, porque como el código penal no sirve para evitar delitos, habrá que eliminarlo. Son muy discutibles la adopción de medidas de vigilancia para el que ya ha cumplido su condena. Creo que el problema reside en todo el iter del cumplimiento, Policía, Tribunal sentenciador, Juntas de los Centros Penitenciario y Juzgado de Vigilancia Penitenciaria, determinantes de la duración de las condenas y tratamiento a los reincidentes peligrosos, cuya puesta en libertad debe tratarse con más rigor. El preceptivo estudio de la personalidad del delincuente del caso, con cuatro condenas a su espalda, debería de haberse tenido en cuenta para su puesta libertad, porque las exigencias constitucionales de la reinserción, y la oportunidad de una defensa de la sociedad frente a personajes de un peligro notorio deberían tenerse presentes. Se percibe una crítica social a la importante reducción de condenas que habitualmente tienen lugar y que será posiblemente oportuna a la vista de las circunstancias que puedan ocurrir en cada caso, pero el supuesto como el presente, las puesta en libertad de delincuentes no reinsertados, en presencia de datos que determinen una gran posibilidad de nuevos delitos, deben tratarse con el máximo cuidado.

Mi amigo Juan Luis quiere entrar en la disputa y opina que lo primero en un sistema penal es la protección social, y de ahí las protestas en los pueblos y ciudades cuando no es eficiente aquel sistema, pero el tema es más complicado porque en un orden garantista están también los derechos del penado, a sufrir su pena y nada más. Lo que ocurre es que cada individuo exige un tratamiento particularizado, y este es el que puede haber fallado. En medios penitenciarios se acusa la falta de personal al respecto. En los tribunales la ausencia de especialización- reconocida únicamente en un treinta por ciento- y lo misma en la policía judicial, que, como tal al servicio directo de los tribunales como la Constitución ordena, no existe. Penurias económicas y oficiales en asunto del máximo interés social. Y ausencia de voluntad en lo referente a la policía judicial. Pero las opiniones de los políticos andan por otros lares, cuando surge el problema, lo acusan y prometen, pero poco más. Otros tratan de consolarnos con estadísticas europeas, que lejos de conseguirlo, nos somete en consideraciones sobre la especie humana, y su incapacidad de autocontrolarse.

Y, el día 8 de febrero último se dio la noticia de mil cuarenta y cuatro mujeres asesinadas desde que se comenzó el computo en 2003. Y a la vez las estadísticas de que en el 30% de los casos no recibieron la ayuda precisa ante la denuncia anticipada. Protestas cotidianas, y quiebras del sistema continuas. ¿ Que ocurre con el quebrantamiento de la orden de alejamiento?. ¿Están realmente preparados los organismos oficiales y judiciales encargados de la tutela? ¿Hay una normativa adecuada sobre la prevención? ¿Insistimos suficientemente en la escuela sobre el respeto al prójimo? ¿Y la ley penal está en consonancia con la gravedad del momento? Son preguntas que muchos nos hacemos en una sociedad que si está sensibilizada y preocupada exigiendo soluciones y medidas que no acaban de llegar. Se aprecian brotes machistas y preocupantes en las nuevas generaciones, y si ese machismo no se logra desterrar definitivamente, seguiremos con el problema.

Raro es el día que no se publica noticia sobre nuevos casos. El 27.7.2019, se conoció uno tremendo, tan penoso como significativo, un padre mata a su hijo y después se suicida, durante un tiempo del régimen dispuesto de visita, teniendo como antecedente una condena por acoso a la madre y otra por quebrantar la orden de alejamiento, en los meses inmediatamente anteriores. Y más preguntas ¿Cómo una persona con varias condenas puede disfrutar del derecho de visita? ¿Como un delincuente acreditado en peligrosidad puede andar libremente? ¿Cuándo nos vamos a tomar en serio la efectividad de las órdenes de alejamiento? ¿Y que hace el gobierno, fuera de lamentarnos, y anunciar medidas rigurosas que no llegan, o cuando llegan, no sirven? La Fiscal competente del caso, reconoció que algo ha fallado. Tiene que ocurrir algo tan grave con la concurrencia de circunstancias increíbles para que se reconozca que el sistema ha fallado, pero son muchos más en los que no sirve, no está a la altura de las circunstancias que la sociedad exige constantemente en sus manifestaciones de ¡No más violencia! Nuevas declaraciones inocuas del gobierno, y a esperar a mañana, con la nueva noticia. Y así hemos llegado a ese 8 de febrero de 2020, dos casos nuevos en un solo día en Granada y en Lugo. La reacción social es siempre inmediata : concentraciones, días locales de luto, banderas a media asta, y hasta declaraciones institucionales. ¿ Pero hay soluciones eficaces? Pues luego de hablar y hablar se consiguió un Pacto de Estado tan profuso y confuso como ineficaz, a la vista de sus resultado.

El Ministerio del Interior hizo publico el dato de que entre enero y septiembre de 1919, se presentaron cerca de 1.000 denuncias mensuales, esto es 150.000 al año, con una respuesta penal insuficiente, que solo alcanza a un 30% de condenas, en muchos casos simbólicas, circunstancias que influyen notablemente en el bajo índice de denuncias.

Tampoco han faltado iniciativas a nivel europeo. Disponemos de un Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra mujeres y la violencia doméstica, vigente en Europa desde el 1 de agosto de 2014, aunque no es mas una vuelta mas a una normativa tan conocida como inocua.

El entorno que rodea a esta delincuencia tiene una configuración que alcanza no solo al daño personal valorable, sino que va unido a pesadillas que llevan a las victimas a esconderse, a cambiar de domicilio, a no llevar a sus hijos a la escuela, a perder vida social y a solicitar una ayuda penosa e insuficiente. Los agujeros del derecho son infinitos.

Una nueva Subcomisión en diciembre de 2016, dentro de la Comisión de Igualdad del Congreso de los Diputados, y nueva Ponencia dentro de la Comisión de Igualdad del Senado, llegaron a alcanzar hasta 481 medidas, base del famoso Pacto de Estado contra la Violencia de Genero, que al fin se aprobó en diciembre de 2017, que preveía adoptar una sería de medidas que se están esperando, mientras seguimos muchos predicando en desierto.

Efectivamente, los profesores predicamos en el desierto. Los tribunales hacen lo que pueden, que a veces no es mucho, porque faltan medios y especialistas con la precisa preparación y diligencia, a fin de que no se den casos como los comentado, el gobierno promete medidas que no llegan, la sociedad protesta, y hace manifestaciones constantes que caen en tierras desérticas, y hasta mañana que nos traerá otro caso, con el peligro, para la gran masa de oyentes pasivos, de que llegue a verse normal por lo cotidiano. Todos debemos de hacer un esfuerzo para que las quejas caigan en tierra fértil, con una mentalización profunda y eficaz que tiene que empezar por los de arriba contestando a las preguntas anteriores.

Se me ocurre que al igual que en la carrera de derecho estudiábamos derecho civil, 1,2,3,4, que por su importancia se extendía prácticamente en a todos los cursos, en los estudios medios exista una asignatura de Respeto y Tolerancia 1,2,3,4, porque el problema interesa soluciones de carácter social mas que político. Al menos estas, han se han acreditado inocuas.

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